DIAN - Resolución 6550 de 06-12-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6550 de 06-12-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
Fa - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600550 (06 dic. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3, 3.1 del artículo 2 de la - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000975 de 28 de junio de 2023, el Sr. JUAN CAMILO ORTEGA CONVERS, identificado con Cédula de Ciudadanía 79.945.711, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS COLMAS SAS NIVEL 1, con NIT: 830.003.960-0, mandatario de la Sociedad C | GRAMALUZ S C A con NIT 804. 017.7451 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía. denominada técnica y comercialmente “SISTEMA DE.
APLICACIÓN DE SOLUCIÓN PARA PROCESO APEEL”.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos formato solicitud clasificaciónarancelaria en dos (2) folios, ficha técnica del producto en treinta y ocho (38) folios, Ñ diagrama de flujo en un (1) folio; > copia del mandato en seis 3) folios y comprobante de | Pago en un (1) folio... El solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos mícte (s 1.188.000, .00) según
consignación número 898233829 de 27 de junio de 2023 del Banco de Bogotá. N Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA 820230001 00165398000333 del12 - de julio de 2023, este Despacho solicitó al usuario: explicar secuencialmente el proceso, - abarcando desde el primero hasta el último componente de la unidad; aclarar si la mezcla y la dispersión se hace en un solo equipo; precisar cómo se da la operación de mezcia y homogenización del producto en el equipo; señalar cuánto tiempo hay entre cada una de las etapas, e indicar su capacidad; indicar cómo se programa y cómo controla la unidad para que realice el proceso; indicar cómo se interconectan entre sí; adjuntar imágenes donde se observen las máquinas con los diferentes componentes; indicar los componentes del sistema, señalando para cada uno: cantidad exacta, caracteristicas técnicas, (ampliar información), función de los equipos (ampliar información) y aparatos que conforman cada etapa. Con solicitud realizada en el sistema de fecha07 de septiembre de 2023, el interesado ol solicito prórroga _para dar respuesta, la cual fue . autorizada con oficio No. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600550 de 06 dic. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 32023000100165398000481 del 11 de septiembre de 2023; el usuario responde mediante radicado No. E2023000100165398000390 del 02 de octubre de 2023, con siete (7) folios, renunciando al tiempo restante para dar respuesta.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr JUAN CAMILO -: ORTEGA CONVERS, a la dirección electrónica manifestada por el interesado . olga.mosquerafWcolmas.com.co - astrid.montanez(Wcolmas.com.co; O por correo en ladirección Carrera 98 $ 25G-10 Interior 18, en 1 Bogotá, D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercanciasy suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdode Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Comúnde los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. - Decreto 1881 de 2021 y sus modificacionesp,or el cual se adoptae l Arancel de Aduanas yotras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota Y Texto de partida. | Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulososlo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias. a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” | Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, .
cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto seclasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.24 | “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo, extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena O de vapor y aparatos de chorro similares”. Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, - - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600550 de 06 dic. 2023 Hoja No. 3 - Continuacdeil óanct o administrativo pore l cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado -. - subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican. las Notas de Ñ Sección y de Capítulo, salvo disposición en Contrario. o Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, . mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación : arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos yy Aduanas
Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de > cualquier interesado. E
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO.
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000975 de 28 de junio o de 2023 y E2023000100165398000390 del 02 de octubre de 2023 la mercancía objeto de ' clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos que : trabajan de manera coordinada para dispersar una solución líquida sobre frutas. | -El proceso comienza al ingresar agua en los tanques del sistema gamma, aquí se calienta | _€l agua y se le aplica un producto químico en polvo, estos se mezclan convirtiendose en: Una solución líquida llamada Edipee!”. Este sistema prepara 280 litros de solución. Posteriormente, esta solución es bombeada por tubería de acero al sistema de aplicación denominado “sistema CDA”, donde se aplica la solución líquida sobre la fruta por dispersión de gotas. Para la aplicación de la solución, el sistema de control FruitPut registra la cantidad de fruta - que ingresa a una cama de cepillos a través de una cámara, con dicha cámara el sistema regula llaa velocidad del flujo de la solución que sale por los aplicadores del sistema. | Una vez que la fruta ha sido cubierta c con la solución “Edipeel”, la cual alarga la vida útil de la fruta, esta continúa con el proceso normal dentro de la empacadora (equipos existentes). Ñ El proceso descrito, está conformado por los siguientes equipos: | 1. Un(1 ) sistema de mezcla gamma; características: dimensiones. 1m de largo Xx 11 m de
- ancho X 2.5 m de alto; peso 900 kg; 480V, 204; frecuencia potencia trifásica; consumo eléctrico total 16.6 kVA; compuesto por: dos (2) motores eléctricos de 2hp, dos (2) tanques de acero inoxidable de 200 L, dos (2) calentadores de agua sin tanque - - funcionan con gas natural; una (1) bomba de diafragma, un (1) panel eléctrico, un (1) transformador eléctrico, estructura de soporte en acero inoxidable, incluye tuberías y - válvulas de acero. inoxidable. Función: mezcla y calienta el agua purificada y el polvo - Edipeel para crear la soluciónn Apeel: El sistemta también bombea la solución 1 Apeel al. | sistema de aplicación. CDA.
2. Un (1) sistemá de aplicación CDA; características: dimensiones: 0.5 m de largo Xx> 21 mde ancho x 0.5 m de largo; peso 100 kg; 110V, 10A; frecuencia monofásica; consumo - “eléctrico total 1.2 KVA; potencia de motor: incluye: dos (2) paneles de control eléctrico, - dos motores eléctricos de 24 VDC cada uno bomba peristáltica de 90 VDC, dos (2) aspersores aplicadores, estructura de soporte de acero inoxidable y mangueras.
Función: aplica la solución Apeel sobre el producto por dispersión de gotas.
Ñ RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600550 de 06 dic. 2023 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 3 Un (1) sistema de control FruitPut; características: dimensiones 0.5 m de largo x0.5mde ancho x 2 m de alto; peso 50 kg; 110V, 10A; incluye: dos (2) paneles eléctricos, un 2) PLC/HMI, una (1) cámara con cables de datos y eléctricos. Función: controla y regula la cantidad de solución que se dispersa en el producto constantemente. En virtud de lo anterior, se concluye que los equipos listados en-los numerales 1 al 3, corresponden a un conjunto de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para dispersar una solución líquida sobre frutas; que de conformidad con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 están comprendidos en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en : aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifican por la subpartida 8424.89.00.90 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUÉLVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolucióenn : la subpartida 8424.89.00.90 del Arancel de Aduanas, como una máquina para dispersar una. solución líquida; de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de de las Reglas.
Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la présente Resolución al señor JUAN CAMILO ORTEGA CONVERS identificado con Cédula de - Ciudadanía No. 79.945.711,en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA - -DE ADUANAS COLMAS SAS NIVEL 1 con NIT 830,003.960-0, a la dirección electrónica - informada en la. solicitud. - olga.mosqueraMWcolmas.com.co - -astrid.montanezWcolmas.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
- De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Carrera 98 4 25G-10
| Interior 18 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de laDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. o ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra. el presente actoo administrativo - procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con
- lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en , firme, la publicación de la oresente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la ey 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600550 de 06 dic. 2023 Hoja No. 5 E Continuación del acto administrativo por el cuál se expide una resolución de> Clasificación Ñ Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado |. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una veze n firme, copia del presente acto administrativo, por : .medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica .
Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE -202312.06 /02:17: 21P.M. 5 pa) Fecha Acuse de Meciba De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma' electrónica tiene plena validez yo remplaza €e n todos sus 5 efectos a la firma manuscrita.
CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: CAROL XIMENA DUQUE BELTRÁN o Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA DIAN cel o . 0 Cante Bogotá NC h Le certifica que al Acto Acro