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DIAN - Resolución 6559 de 13-12-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6559 de 13-12-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600559 (13 dic. 2023) o Por la cual ses expide una Resolución de: Clasif icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE = LA E _ SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o a E En uso , de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3. 1 del artículo 2 de la e - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000001 132 de 14 de septiembre dd e 2023, la Sra. JULIANA l SARMIENTO MARTÍNEZ, - identificada con cédula de ciudadanía 52.868.443, Representante Legal de la sociedad BIOCULTIVOS S A, con NIT 830.098.1111, presentó - una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como "PENICILLIUM: JANTHINELLUM” y: comercialmente como “FOSFOBIOL sc”. A La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: copia de resolución de : clasificación arancelaria No. 9934 de 2010 proferida por la DIAN en dos (2) folios; certificadode análisis en dos (2) folios; ficha técnica en un (1) folio; hoja de seguridad en cuatro (4) folios y copia del comprobante de pago ene un Mm folio. : : La solicitante pagó quinientos noventa y “cuatro. mil pesos Mícte. Ss 594. 000 00)y

transferencia número 11491 244 de 12 de septiembre de 2023 del Banco de Bogotá. Mediante Reduerimiento de Información Adicional - RIA No. S2023000100165398000571 Ñ del 19 de octubre de 2023 este Despacho solicitó a la usuaria: Indicar la composición porcentual del producto sobre una base del 100% indicando la función que cumple cada uno de sus componentes y señalar cuál o cuáles de los componentes presentes en el producto le proporciona los nutrientes al “Penicillium janthinellum” necesario para su. - crecimiento. La usuaria responde con escrito radicado No. E2023000100165398000467 del 16 de noviembre de 2023 en cuatro (4) folios, renunciando al término restante para responder. o Por medio del formato de la. solicitud se indicó que se' notifique. a la Sra. JULIANASARMIENTO MARTÍNEZ, a la dirección electrónica. manifestada por: la interesada biocultivos safBgmail. com - gerenciafObiocultivos.com.co; o por correo en la dirección : Carrera 16 Sur No. 67406 Bodega 8 ZONA INDUSTRIAL EL PAPAYO, en Ibagué - Tolima RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600559 de 13 dic. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su | anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973, Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y ( otras disposiciones. o : Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: - Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas . - partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Partida 30.02 “Sangre. humana; sangre animal preparada para usos terapéuticos, profilácticos o de - «diagnóstico; antisuero (sueros con anticuerpos), demás fracciones de la sangre y productos : inmunológicos, incluso modificados, u obtenidos por procesos biotecnológicos; vacunas, ' toxinas, cultivos de microorganismos (excepto las levaduras) y productos similares; cultivos - de células, incluso modificadas.” | o Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así-como, + --mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse

subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 306, : mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación - arancelaria a petición de cualquier interesado. . . ... S o Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado. . - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO 2 e RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600559 de 13 dic, 2023 Hoja No. 3 E “Continuación del acto administrativo por el cual se: expide una resolución de Clasifi ¡cación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Segúnl a información suministrada con los radicados Nos. 235410000001132 de 14 de | septiembre de 2023 y E2023000100165398000467. del 16 de noviembre de 2023, la _ mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe cómo una suspensión: concentrada líquida, de color verde oscua rcaofé , a base de 'Penicilium janthinellura” grupo de microorganismos, que presenta las siguientes características: “Composición: Agua, Penicillum jantinellum, Glucosa, yy ácido ascórbico. odon - Punto de fusión/ Punto de congelación: 000: ES ti Punto de ebullición: 100%C.a 760mm Hg: e Temperatura de descomposición: Mayor a 42 C.

PH: Ent5,r5 ey 6 .5 Viscosidad (25C): 0.8937 cps.

Solubilidad: 90% soluble en agua : - Presión de vapor (25C): 23. 8 torr . A Densidad: 0.95 a 1 g/mL o Caracteristicas de lass partículas: Inferior a 150 pm o : La preparación que contiene el. “Penicillium janthinellum” como ingrediente activo, está “mezclado entre otros con coadyudantes como la glucosa que actúa como fuente de carbono, necesario para el crecimiento del hongo durante el proceso de fermentación.

El producto: se utiliza como un “biofertilizante” en cultivos de ANTOZz, tomate, papa: y lechuga o y se aplica al suelo con el fin de lograr solubilizar los fosfatos insolubles presentes en el mismo, logrando aumentar la eficiencia de los fertilizantes químicos fosfóricos aplicados en o forma posterior; se presenta en envases de 201, Sl, Al 500m!, 200mi y 100ml.

En virtud de lo anterior es importante anotar, “que los: biofertilizantes son. insumos formulados con uno o varios microorganismos benéficos - (hongos. y bacterias principalmente), los cuales aumentan la disponibilidad de nutrientes para las plantas, asi las cosas, se tiene que arancelariamente el producto corresponde a una preparación a base - de cultivos de microorganismos, comprendido en la partida 30.02 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1; y se clasifica en la subpartida: 3002.49.10.00. del ¿Arancel de Aduanas, conforme a da Regla ¿Generalinterpretativa 6. En mérito de lo anteriormieñteo expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación ol : Arancelaria de la Subdirécción Técnica Aduanera, RESUE ELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía , descrita en la presenté yr esolución en la subpartida 3002.49.10.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación a base de cultivos de microorganismos, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1y6. del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. a e ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar. de manera “electrónica; el contenido: de la. presente: Resolución. a la: señora JULIANA SARMIENTO MARTÍNEZ identificada con cédula de ciudadanía No. 52.868.443 - calidad. de - Representante Legal de la sociedad BIOCULTIVOS SA con NIT 830.098.111-1, a la dirección electrónica informada en la SOlIcnua! biocultivos. sa(Qgmail. com ;- Serencia(biocultivos. com.co de conformidad 1 RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600559 de 13 dic. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado “con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por

: el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, Carrera 16 Sur No 67406 Bodega 8 ZONA INDUSTRIAL EL PAPAYO en Ibagué - Tolima o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución: : en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo. 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119. de la Ley 489 de 1998. i o - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por .. medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica

Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. :

| CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

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