DIAN - Resolución 656 de 07-02-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 656 de 07-02-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
ANN RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600056 (07 feb. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3, 1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS.
Mediante radicado No. 2354100000061 de 11 de noviembre de 2022, el (a) Sr. (a) ABEL GERARDO CASTRO NIÑO, identificado (a) con cédula de ciudadanía 79.041.415, Representante Legal de la sociedad INVERFARMA S.A.S, con NIT 800238041 -7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente KIT DE NEBULIZACIÓN | PEDIÁTRICO” o El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud en cuatro (4) folios; ficha técnica del producto en dos (2) folios; fotografía en dos (2) folios; certificado de análisis en un (1) folio y comprobante de pago | en un (1) folio. El (la) solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos M/cte. ($ 532. 000 00) « según Transferencia número 111122 de 11 de noviembre de 2022 del Banco BBVA Colombia al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RÍA No. S2022000100165398000631del 17 de noviembre de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): describird e manera independiente cada uno de los elementos que componen el producto a clasificar, indicandosus características, material constitutivo, función, etc., e informar la forma de uso del : producto. El o (la). usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. -: E2022000100165398000463 del 12 de diciembre de 2022, con 1 folios, Tenunciando a - término legal restante para dar respuesta, 8 : Según lo señalado enn el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) ABEL GERARDO CASTRO NIÑO, a la dirección electrónica manifestada por el interesado | (a) direccioncomexQinverfarma.com.co - jcastroQinverfarma.com.co; o por correo en la : dirección ZONA FRANCA INTEXZONA BODEGA 23, en Cota - Cundinamarca hab
FUNDAMENTOS DE DERECHO
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600056 de 07 feb. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y
otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 90.19 : “Aparatos de mecanoterapia-, aparatos para masajes; aparatos de psicotecnia; aparatos de ozonoterapia, oxigenoterapia o aerosolterapía, aparatos respiratorios de reanimación y . demás aparatos de terapia respiratoria.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse -subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también see aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado. . Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con radicados Nos. 235410000000611 de 11 de
noviembre de 2022 y E2022000100165398000463 del 12 de diciembre de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un aparto dotado de una máscara anatómica de ayuda respiratoria en pacientes pediátricos, elaborada en PVC : transparente y verde. DESCRIPCIÓN MATERIAL Características técnicas Mascara anatómica. Materiales de composición | Máscara: PVC Transparente y verde RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600056 de 07 feb, 2023 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
Micronebulizador: Poliestireno, Policarbonato y manguera
Conector: Poliestireno.
(Tubo): PVC Transparente Verde Piezas - : Micronebulizador Máscara Manguera . Conector Tubo
Dimensiones: KIT NEBULIZACIÓN PEDIÁTRICO Piezas - |. Largo - Ancho |; Espesor Micronebulizado 10.5 cm 3.3 cm 2 mm Máscara .16.2cm 5.5 cm 2 mm Manguera | 208cm8 mm 2mm_ Conector -1:3cm -1422cm: | 3mm Tubo o |47cnm: 17 cm 2 mm Uso: dispositivo utilizado para transportar oxigeno O vapor al paciente conectado aun: sistema respiratorio, para nebulizar los medicamentos líquidos a mediciones solubles y suministrarlas a los pacientes adultos y pediátricos.
De acuerdo con lo anterior, arancelariamente el producto corresponde aun aparato de -. terapia respiratoria (aerosolterapía y oxigenoterapia) para pacientes pediátricos; que en
aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la partida 90.19 de la Nomenciatura del Sistema Armonizado, y acorde con la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 9019.20. 00. 90 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación : Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descritaen la presente resolución en la subpartida 9019.20.00,90 del Arancel de Aduanas, como un aparato de terapia respiratoria, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor (a) ABEL GERARDO CASTRO NINO identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 79.041.415, Representante Legal de la Sociedad INVERFARMA S A S con NIT 800238041, a la dirección. electrónica manifestada por (el)o (la) interesado ' (a) direccioncomexQinverfarma; ¿com'co - ¡castroQinverfarma.com.co de conformidad conto establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado Por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De nr o ser. posible. la hotifici:c ación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la: dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas : Nacionales en la dirección ZONA FRANCA INTEXZONA BODEGA 23 en Cota - “RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600056 de 07 feb. 2023 Hoja No. 4 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Cundinamarca de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cualdeberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por
medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2023-02-07 1 04:45:02 P.M. . Es Fecha Acuse de Mecibo 2 o, mes Firmado De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera