DIAN - Resolución 6564 de 14-12-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6564 de 14-12-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
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LA JEFE (A) DELA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DPEE LA .
N SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la A Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes cos Mediante radicado No. 235410000001179 de 02 de octubre de 2023, el Sr. BREINER - MAURICIO GUERRERO PUENTES, identificado con cédula de ciudadanía 80.169.984, : representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, mandatario de la sociedad BANCO DE OCCIDENTE con NIT. -890.300.279-4, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición - de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente “PLANTA GRANULADORA DE FERTILIZANTE NPK DE 10T/H” El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos (2) folios, descripción de la mercancía en dos (2) folios, fi cha técnica en tres (3) folios, plano -en dos (2) folios, mandato aduanero en cinco 6) folios y comprobante, de pago en un 0) folio. IE solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos Mete (S 4. 188.000 ,00) según :
transferencia No. 231F0422326800E9 del. 25 de septiembre de 2023 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá. | Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. BREINER MAURICIOGUERRERO PUENTES, a la dirección electrónica manifestada por el interesado fsterlingOroldanlogistica.com - drubiosMbancodeoccidente. com. .CO; e) por correo en la
- dirección Carrera 100 No. 25b - 40, en Bogotá, D.C. Ñ FUNDAMENTOS DE DERECHO | Ml Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias. y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600564 de 14 dic. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas
partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.79: “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en . otra parte de este Capítulo.” | Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, Ñ 'mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse . subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado, Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi cación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001179 de 02 de octubre
de 2023, la mercancia objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas, aparatos y dispositivos, que trabajan conjuntamente para la granulación de fertilizantes, mediante el siguiente procedimiento: RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600564 de 14 dic. 2023 Hoja No. 3. 1 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - : Los materiales tales como sulfato de amonio, fosfato, cloruro de potasio y otros materiales “presentados en polvo son suministrados por la dosificadora automática al mezclador de doble eje para conseguir la consistencia homogénea de nutrientes. A continuación, la. mezcla se envía a la máquina granuladora de doble rodillo y “se somete a alta presión entre - - dos rodillos y se comprime formando gránulos compactos del tamaño y forma deseados”, - que enseguida llegan al cribador de tambor giratorio para separar los gránulos que no se: ajustan al tamaño requerido. - El producto deseado consistente én gránulos de fertilizante compuesto, se conduce a la. -empacadora automáticcaon rendimiento de 200 bolsas / hora. Durante el recorridode losmateriales y del producto obtenido, éstos pasan a los diferentes equipos a través de cintas transportadoras y el funcionamiento: de las. máquinas lo. realiza el gabinete «d e control. eléctrico. Los componentes listados en la solicitud, se detallan a continuación:
1. Una (1) máquina dosificadora dinámica con las siguientes especiici caciones: capacidad:
10 t/h, tamaño: 1,5 x 1,5 m, sistema de alarma, panel de control PLC, motores inversoresy cintas transportadoras, conjunto de celda de carga y conjunto de codificador. F unción: . procesar por lotes varios tipos de material con precisión.
2. Un (1) sistema de recolección de polvo por impulsos para dosificadora, incluye: cubierta EN - antipolvo de silo de 4 fotos, tubería y colector de polvo de bolsa de pulso, ventilador de - - identificación: 7 ¿5 kW, volumen de aire: 53609870 m3/h, presión de aire: 15492265
Pa. Función: recoger el polvo de la máquina dosificadora. - 3. Nueve (9) cintas transportadoras con las siguientes características: “ancho: 650 mm. material del cinturón: caucho, canal de acero, incluyendo todos los estabilizadores de acero, longitudes: 6, 7,8, 10, 13 y 14 m., respectivamente. Función: transportar material.
4. Un (1) mezclador de doble eje con cubierta antipolvo con las - siguientesespecificaciones: capacidad: 10t/h, velocidad de mezcla: 35 r/min, Reductor, dimensión: o 6.2 x 1.3 x1.2 m, peso: 4.050 kg, con sistema de lubricación automática y juego « de cuchillas mezcladoras. Función: mezclar varios materiales uniformemente,
5. Un (1) distribuidor de tres pasos para grandes líneas de producción,
6. Dos (2) jj uegos de alimentador de discos con las siguientes características: capacidad:
3% 6 th, velocidad de mezcla: 16 r/min, diámetro de la bandeja: 2,2 m, grosor de la placa : principal: 5 mm, grosor de la placa del suelo: 8 mm, dimensión: 2,2 x 2,5 x 1,8 m, peso: - 1,050 kg, con sistema de lubricación automática y un juego de cuchillas mezcladoras. : -- Función: alimentar el material al compactador. 7 Ocho (8) compactadores de rodillos (granulador de doble rodillo) con las “siguientes o especificaciones: capacidad: 1,5 t/h, material del rodillo: acero inoxidable, tamaño del o rodillo: 150 x 300 mm, "material del marco: acero al carbono, material de la pieza de contacto: acero inoxidable, dimensión: 1 145 x 0,85 x 1,5 m, peso: 960 kg, con 8 rodillos - extra. Función: fabricación de gránulos, tamaño de los gránulos: 6 mm, humedad del. - material de alimentación: 5% -10%.
8. Una (1) máquina de criba con cubierta. 'antipolvo' con lás' siguientes caracteristicas: : capacidad: 10 t/h, velocidad: 16 rpm, reductor, tamaño del tamiz: W41.8 x-7 m, material del tamiz: acero inoxidable, dispositivo de bateo y un juego de tamiz, Función: filtrar - gránulos calificados. |
9. Un (1) gabinete de contro! eléctrico. Función: controlar todas las máquinas. -10.Una (1) envasadora (empacadadora) automática de 10 toneladas por hora. con las
siguientes especificaciones: rango de peso del embalaje: 20: - 50 kg/bolsa, error - permitido: +0,1%, velocidad de embalaje: 4 - 5 síbolsa, incluyendo piezas: embalaje : RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600564 de 14 dic. 2023 Hoja No, 4 “Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado máquina y máquina de coser bolsas, transportador de bolsas, caja de control y compresor de aire. Función: embalaje de gránulos de fertilizante con un sistema de preponderación. : 2% l Analizada la anterior información, es preciso aclarar que, la “envasadora (empacadadora) automática” listada en el numeral 10 queda excluida del presente acto administrativo por . tratarse de una máquina que cumple una función auxiliar, la cual, no contribuye directamente con el conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos enunciados en los numerales 1 a 9, que se utilizan para formar los gránulos de material fertilizante; por consiguiente, debe seguir su propio régimen de clasificación arancelaria. En virtud de lo expuesto, el conjunto de equipos que lleva a cabo el proceso en mención : - arancelariamente se ubica en el Capitulo 84 del Sistema Armonizado, en donde, al revisarlas diferentes partidas arancelarias, se puede observar que la función previamente definida no se encuentra de manera específica en alguna de las industrias allí citadas; por consiguiente, le corresponde clasificarse como una combinación de máquinas con función propia.
En consecuencia, al conjunto de máquinas de los numerales 1 a 9 le corresponde clasificarse en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, en atención a la Nota 4 de la Sección XVI, de conformidad con lo dispuesto en la Regla General - Interpretativa 1, y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se ubica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas de Colombia. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución salvo la excepción indicadaen las Consideraciones; en la subpartida 8479.89,90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas parala fabricación de fertilizante granulado, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generalesinterpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. E ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente - Resolución al Sr. BREINER MAURICIO GUERRERO PUENTES identificado con cédula de ciudadanía No. 80.169.984, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811001259-7, a la dirección electrónica informada en la solicitud fsterlingOHroldanlogistica.com -: - drubiosMbancodeoccidente.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 |
del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. E De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la Carrera 100 N. 25b - 40 en Bogotá, D.C..o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600564 de 14 dio. 2023 Hoja No. 5. Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo - procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artícutos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119
- de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. - NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE á s. > Firmado 4 - De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y Z remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA Jefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera o HO “ Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA Mu > Coordinación de Notificaciones-
- Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA. ON ” Port Central Bogotá DC 2 2 ENE 2 IN Se certiica ¿ue et Acto Administrativo fue p En DIARIO DELCIAACL se IES No. oo PS £4o, PAS: Md. ua A o