DIAN - Resolución 6565 de 14-12-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6565 de 14-12-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600565
[14dic, 2 023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado NN EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE Cas LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Ñ En uso > de lás facultades iégales que le confiere el numeral 3. 3. 1 del artículo 2 de la Az Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes 0% - HECHOS o Mediante radicado ! No. 235410000000956 de 14 dej junio de 2023, el Sr. JUAN CARLOS y | - FORERO JOJOA, identificado con cédula de ciudadanía 79.519. 746, agente de aduanas “de la sociedad AGENCIA.D E ADUANAS INTERLOGISTICA S.A. NIVEL 1, con NIT -830.098.132-6, mandatario de la Sociedad COMPAÑIA DE INVERSIONES Y LOGISTICA S.A. con NIT 900.047.436-5, presentó una. solicitud de resolución de clasificación “arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como Sistema de Punto de Venta Al in One ÍS Mava Generación PTE0211” l : o : Le Interesado adjuntó a la solicituldos siguientes documentos: mandato en seis (6) folios, E A. ficha técnica en tres (3) folios, descripción del producto ene 1 tres (3) folios y comprobante de Ñ pago en un (1 folio. A El solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos m/cte ($ 594. 000 ,00) según o
: transferencia número 43994578 de 19 de mayo de 2023 del Banco de. Bogotá, e Mediante Requerimiento de Información Adicional-RIA 52023000100165398000321 del 10 | de julio de 2023, este Despacho solicitó al usuario: explicar el ciclo de operación de la mercancía denominada “Sistema de Punto de Venta All in One ¡5 11ava Generación PTE0211”, presentar el listado de componentes de la mercancía, bajo los siguientes parámetros: Ítem consecutivo, nombre equipo y/o sistema, cantidad, especificación técnica principal y su función principal; Determinar si la mercancía viene con una pantalla y un monitor, o si el monitor es solo un equipo opcional o segunda opción. de operación. Aclarando también si las funciones que realiza la pantalla táctil se diferencian de las realizadas por el monitor o si se complementan, entre otras preguntas. Con solicitudrealizada en el sistema de fecha 05 de septiembre de 2023, El interesado solicitó prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2023000100165398000463 del07 de septiembre - de 2023, El usuario. responde - mediante radicado No. - E2023000100165398000420 del 17 de octubre de: 2023, -con 3 folios, renunciando. al término restante para responder. : RESOLUCIÓN NÚMERO 20230032980600565 de 14 dic. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Por medio del formato de la solicitud se indicó quese notifique a la Sra. INGRID CUELLARPIÑA, a la dirección electrónica manifestada por el interesada ingridcuellarpGHhotmall.com
- grupotecnicaQinterlogisticazf.com; o por correo en la dirección CRA 106 1525MZ5BG32 33, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su: - anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. | Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Textos de partida: | Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor - indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas - . y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 6 A) de Capitulo 84 “En la partida 84.71, se entiende por máquinas automáticas para tratamiento" o procesamiento de datos las máquinas capaces de: 1 > registrar el programa O los programas de proceso y, por lo menos, los datos Ñ inmediatamente necesarios para la ejecución de ese o esos programas;
2?) ser programadas libremente de acuerdo con las necesidades del usuario; o 3%) realizar cálculos aritméticos definidos por el usuario; y - 4%) ejecutar, sin intervención humana, un programa de proceso. en el que puedan, por decisión lógica, modificar su ejecución durante el mismo.” o Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada : legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatíis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse : RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600565 de 14 dic. 2023 Hoja No. 3. o o Continuación del acto administrativo por el cual se expide: una resolución de Clasificaciónco Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Ml subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, tt ambién se aplican las Notas de Sección y de. Capítulo, salvo: disposición en contrario ñ Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - articulos 303 a2 308, Lo mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación É arancelaria a petición de cualquier interesado. a Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos. y Aduanas - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria La petición de cualquier interesado. - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000956 de 14 de junió : de 2023 y E2023000100165398000420 del 17 de octubre de 2023 la mercancía objeto de :
clasificación arancelaria, se describe como un dispositivo. de tipo electrónico, con las : siguientes características: Pantalla táctil de 15% multitoque Capacitiva: Provee una imagen con más brillo y unñ toque más sensible. Tarjeta madre industrial con procesador Intel Core i5 11ava Generación: Estable, ef ciente. y confiable. 8GB de memoria RAM expandible hasta 32GB. o - Disco duro de 240GB en estado solido expandible hasta 4 18. : Conectividad de doble banda Wi 802.11ac, alb/g, n: la más rápida conectividad sis in y cables. . Bluetooth. 4.0: Fácil de asociar. con dispositivos (Lectores. BT, Impresoras portátiles, Teclados) | Conectividad a gran cantidad de periféricos 7 puertos USB, 2 puertos RS232, 1 puerto VGA - y 1 puerto HDMI o Opción de un segundo monitor LCD 9, 7" para una mejor: atención al cliente - Soporta PXE (Preboot Execution Environment) el cual permite al administrador de la red la | : configuración y el encendido remoto del equipo. Compatible con la mayoría de las versiones de Windows y Linux
Rendimiento: o : Sistema Operativo (Opcional) Windows y Liriusc: Procesador Intel Core i5 11ava generación Memoria RAM 8GB' DDR4 expandible hasta
92GB almacenamiento 240GB SSD expandible a 1TB (mSATA) Conectividad: AS O Wi-Fl doble banda 802. 1ac, alla, n - Bluetooth 4.0... Ethernet 10/100/1 000M RIAS US7 Bpuert os. Serial RS232 2 puertos DB9 A o
Salida de Video 2 puertos, A VGA, 4 nom Resolución 1024 768 Tamaño del punto O. 297(V)x0. 297 em Brillo 400 cd/m?. Contraste 800: Típico) 454 0:0 :1(Min) RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600565 de 14 dic. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Los equipos PTE0211, denominados comercialmente sistema de punto de venta All in one o computadores todo en uno, viene compuesto por el monitor de 15” con pantalla táctil y ensu interior se encuentra la CPU, tarjeta madre industrial con procesador Intel ¡5 de 11ava generación, memoria RAM de 5GB expandible hasta 32 Gb, disco duro de 240Gb en estado sólido expandible hasta 1TB, en los lados laterales del monitor tiene conexión del puerto de ethernet, 7 puertos USB para la conexión de periféricos, 2 puertos RS232, 1 puerto VGA y 1 puerto HDMI. De acuerdo con lo anterior, se tiene que arancelariamente el producto corresponde a una máquina automática para el tratamiento y procesamiento de datos, que incluye en la misma envoltura, una unidad de proceso, una unidad de entrada y salida, que de conformidad con . lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1, se encuentra comprendido en la partida arancelaria 84.71 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8471.41.00.00 del Arancel de Aduanas. o
En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8471.41.00.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina automática para el tratamiento y procesamientode datos, que incluye en la misma envoltura, unidad central de proceso, una unidad de entrada y una de salida, que en aplicación de las Notas 6 A) del Capítulo 84 y las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, - contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente resolución a la señora INGRID CUELLAR PIÑA identificada con cédula de ciudadanía No. 35.426.230,en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS INTERLOGISTICA S.A. NIVEL 1con NIT 830.098.132-6 y al señor JUAN CARLOS FORERO JOJOA identificado con cédula de ciudadanía No 79.519.746 de Bogotá, en calidad de agente de aduanas, a la dirección electrónica informada en la solicitudicuellarO interlogisticazf com:notificacionesGinterlogisticazf com;fcastiblancoOinterlogistic - azf.com; de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 . modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319de la resolución
046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, CRA 106 15 - 25 MZ 5 BG 32 33 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la . Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo - procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes dela Ley 1437 de 2011. 10 RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600565 de 14 dic. 2023 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado "ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1185 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 ei de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO, Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por |
. medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con ta resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, ésta firma electrónica tiene plena validez y : remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. . /
CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria. Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: DIANA MARCELA GARAVITO AREVALO —— : AN Csordinación de Notficaciones POR UNA EDEMA dev aña j “el Central Bogotá D.C .
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA 2 2 ENE 202% Ba certifica que el Acio Admi inistrati a ES. Slap > eat 4 do A