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DIAN - Resolución 658 de 23-05-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 658 de 23-05-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

POR UNA COLÓMBIMAÁ S HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600058 . (23 may. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado : EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DELA - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA : En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3.1 del artículo 2 de la _ Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000044 de 14 de febrero de 2022, el (la) Sr.(a): CLAUDIA : - PATRICIA VIANA MONTOYA, identificado(a) con cédula de ciudadanía 43.726.577; representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S., NIVEL 1, con NIT. 900.081.359-1, apoderado(a) o. mandatario(a) del BANCO BBVA COLOMBIA con NIT. 860. 003.020-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. para la mercancía . o denominada técnica y comercialmente como "LÍNEA DE PASTAS CORTAS". o Pr - El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato diligenciado en la - plataforma SARP en dos (2) folios, documento con descripción de la mercancía en dos (2) folios, -. documento de comprobante de pago en un (4) folio, documento titulado “Contratod e compraventa”

en un (1) folio, documento titulado “descripción técnica detallada” en cuarenta y tres 45) folios Yo : documento titulado. como “Poder o mandato” en diez (10) folios. -El(la) solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos Mete (S 1. 064. 000,00) según transferencia del 04 de febrero de 2022 del Banco Bancolombia al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA 32022000100165398000033 del 02 de: marzo de 2022, este Despacho solicitó al usuario(a): realizar diagrama de flujo del proceso por etapas y la descripción de cada una, realizar una relación de los equipos y especificar los denominados materiales auxiliares. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 28 de abril de 2022 El o (la) interesado(a) solicito prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2022000100165398000169 del 29 de abril de 2022. Elo(la) usuario(a) responde mediante -Fadicado(s) No. E2022000100165398000068 del 12 de mayo de 2022, con 22 folios, renunciando : - al término restante otorgado para dar respuesta. o Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (ebo(la) Sría) CLAUDIA PATRICIA VIANA: MONTOYA, (a la dirección electrónica manifestada por el interesado(a)

  • dbaena(Omagnum.com.co' - ybecerra(Qmagnum.com.co ; O por correo en la dirección Calle 16 No

41210 Ed. La Compañia: Of 405, en Medellín - Antioquia

FUNDAMENTOS DE DERECHO . Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973, Decisión 885 de la Comisión de ta Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto únicode la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena... o RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600058 de 23 may. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación : Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, : ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Nofas deSección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdocon las Reglas siguientes:”. Nota 4 de la Sección XV!: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos | individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cableseléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida.

correspondiente a la función que realice.” - Partida 84.38: o SS - “Máquinas y aparatos, no expresados ni ' comprendidos en otra parte de este Capítulo, para la : preparación o fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos paraextracción o preparación de aceites O grasas, vegetales e) de origen microbiano, fijos o animales.” - Regla General Interpretativa 6: o : “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida: está determinada : legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidadsel - mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, <s alvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modif icacionesartículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasif cación arancelaria a. petición de cualquier interesado. : - Resolución 046 de 2019 y sus modifi caciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición decualquier interesado.

- CONSIDERACIONES DEL DESPACHO.

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000044 de 14 de febrero de 2022 «y E2022000100165398000068 del 12 de mayo de 2022 la mercancía objeto de clasificación .

arancelaria, se describe como un conjuntod e máquinas para la elaboración de pastas alimenticias . para consumo humano. La elaboración de las pastas alimenticias se realiza mediante el siguiente proceso: La harina y/o sémola llega al ciclón pulmón donde se hace la pre-mezcla agregándole agua tratada - para este fin. De allí pasa a la mezcladora, que trabaja con una bomba de vacío para retirar el airede la masa, y esta a su vez la pasa a los tornillos de compresión para formar los diferentes figuras que saldrán al mercado. La pasta formada pasa a pre-secado, donde se retira la mayor cantidad de - . humedad, por medio de intercambiadores de calor, válvulas, sensores, presostatos que están en líneas con la caldera. Este a'su vez le entrega a un elevador que transporta el producto y a su vez lo entrega al secado final o a la fase de estabilización por enfriamiento y luego a los silos dealmacenamiento. Los equipos que hacen parte del sistema se describen así:

1. Un (1) sistema de remolidó, Este equipo se utiliza. para recuperar y remoler la parte 1 final1 de la producción de pasta y evita desperdicios.

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600058 de 23 may. 2022 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado :

2. Una (1) Tolva/Cición/ Pulmón, con agitador, con dimensiones de: diámetro: 60 cm con salida de

15 cm, altura 120 cm, Acero alta resistencia microrallado, , permite de alimentar con harina/sémola : la prensa/amasadora e iniciar la producción.

3. Una (1) prensa - amasadora automática en vacío total, con dimensiones de: 82,6 cm x 65, 6 cm y 226,9 cm, en acero inoxidable y acero al carbono, tina amasadora con ejes de movimiento apta parael completamiento de lá formación del amasado. El vacío total ayuda a conferir al producto color - brillante y para compactar el amasado.

4. Una (1) bomba para el vacío, con dimensiones de: 2050 mm x 850 mm 1 alto 800 mm, para la creación del vacío - : o

5. Un (1) Equipo universal de corte “Aircut - Easy”, conn dimensiones de: diámetro de 520 mn m altura e

140 mm, en acero inoxidable y acero al carbono, sistema para dar forma a la pasta por medio de - un molde y cortarla a la medida requerida. -6. Tres (3) moldes circulares en bronce aluminio para dar forma a la pasta. o - 7. Una (1) máquina trabatto de pre-secado TMU/13/ATR, con dimensiones de: 514, 3 cmx e 170 cm, equipo secador de alta temperatura para bloquear/fijar la forma de la pasta, Equipado con . - ventiladores y radiadores alimentados con agua sobrecalentada a 130 C. : - 8. Dos (2) elevador metálico a “Z”, Por medio de un elevador/transportador de cangilones la pasta l viene entregada a la galería de secado y almacenamiento de la pasta. :

--9, Una (1) galería de Secado, con dimensiones de: longitud 1090 cm, ancho 354,2 cm y alto 568,4 cm. La pasta viene secada automáticamente en un secaderode cinta metálica por medio de - «ventiladores : que utilizan - aire caliente, recalentada con radiadores alimentados con. agua sobrecalentada a 130 C.- o - 10. Un (1) Enfriador de cinta, con dimensiones de: longitud 389 cm, ancho 317,5 cm y alto 334, 4. cm, Sistema con cinta plástica apta para alimentos adecuado para enfriar automáticamente la pasta : a la salida del secador y prepararla para el envasado. : + 11. Dos (2) grupos de regulación térmico, con dimensiones de:. 754 mm x 1300 mm y altura. 1800 : mm. 12.Un(1) descensor para descarga de emergencia, conn dimensiones de: altura de 582 cm x 53 cm, para descargas de emergencia en caso de producto no conforme y/u otros problemas.

13. Un (1) silo — capacidad unitaria 18 m, dispuestos en 1 fila, con dimensiones de: longitud 402,8 : - cm x 201,6 cm y altura de 577,2 cm, sistema de almacenamiento donde la pasta: termina : su:

estabilización. :

14. Una (1) cinta transportadora reversible fij a, de dimensiones de: longitud de 576 cm x 60 cm, se transporta, a través de un tamiz vibrante : a los equipos de envasado (el sistema de envasado esta : excluidos de este suministro).

15. Un (1) tamiz vibrante, de dimensiones de: largo 2715 mm y ancho 175 mm.

|....16. Un (1) tablero eléctrico de control y mando (producción y almacenamiento de las pastas cortas, - con dimensiones de: 4500. mm Xx 600 mm x 2200 mr m, sistema de contro! de la línea por medio de PLCIPC. : - Nota: los accesorios denominados auxiliares tales como cables eléctricos, tubos o similares debenser los propios y adecuados que se suministran junto con las máquinas para la conexión entre ellas. : Del análisis de la información que precede, se establece que las máquinas establecidas en los . numerales 1 a 16 corresponden a un conjunto de máquinas que trabajan conjuntamente y : conectadas entre sí para realizar el proceso de elaboración de pastas alimenticias; que de acuerdocon las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y de la Regla General interpretativa 1 queda : comprendido en la partida 84.38 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado; según la ReglaGeneral interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8438.10.20.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe A de la Coordinación de Clasificación - Arancelaria de ta Subdirección Técnica Aduanera, : RESUELVE - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida | 8438.10.20.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas que trabajan conjuntamente y conectadas entre sí para realizar un proceso de elaboración de pastas alimenticias, acorde con la : RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600058 de 23 may. 2022 Hoja No. 4

  • Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado “Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de' las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modifi caciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la a presente Resolución al -señor(a) CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 43.726.577, Representante Legal de la AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S., NIVEL 1, con NI. 900.081.359-1, a la dirección electrónica manifestada. por (el... o - (la). - interesado(a) dbaena(Qmagnum. com.co - vbecerraQmagnum.com.co de conformidad. con lo : establecido en el artículo 759 del Decreto 11685 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019: modificado por el artículo 114 de la : resolución 039 de 2021, De no ser posible la notificación en forma electrónica, el preserite acto administrativo se notificará : por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso Ñ en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Calle 16 No 41210 Ed. La Compañía Of 405 en Medellín - Antioquia, de conformidad « con lo establecido" en los .

artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. o : o ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo : “procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse . dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en elartículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. “ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución enel Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de ta Ley 44 89 de : 1998. : ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presenté acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de sucompetencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Bos A S Coordinación de No6ficac ones LPORISHA COLOMBIA MÁS HONESTA > Rival Central Bogotá D ¡e Se certifica que el Acto Administrativo fue pubilzado 2022 05- % ¿ 2 F3 e c1 h0 a6 : A5 c0 u: s e4 9 d» e. ReM. c ibo m ER PAARIO OFI1CA a El ES al Sa

Z2.OBZ, PRS.e> > + Firmado + - De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena vav lidez y remplaza en todos sus 5 efectos a la firma manuscrita. o .

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinaciónde Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera . Proyecto: LEONARDO RICO

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ

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