DIAN - Resolución 6595 de 26-12-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6595 de 26-12-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
OA Ca nd RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600595 ] (26 dic. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DELA - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la. Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes. HECHOS Mediante. radicado No. 235410000001180 del 02 de octubre. de 2023, el: señor “RICARDO LÓPEZ GUERRERO, identificado con cédula de ciudadaníNoa. 79. 992. 293, Representante Legal Suplente de la sociedad DENTSPLY FINANCE CO, con NIT 830.050.631-2, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercaricía denominada técnicamente como “PORCELANA DENTAL FELDESPÁTICA CON PIGMENTOS ORGÁNICOS MEZCLADOS EN EL POLVO" y comercialmente "PORCELANA DENTAL CERÁMCO So o : El interesado adjuntó a la solicitud los . siguientes documentos: formulario de solicitud de. clasificación arancelaria en dos (2) folios, ficha técnica del producto en nueve (9) folios, catálogo : del producto en veinticuatro (24) folios, copia de acta de inspección DIAN. No.: 032023000031151 del 23 de agosto de 2023 en dos (2) folios, decisión Sede H008951 del 28
de junio de 2010 en nueve (9) folios, escrito de poder o mandato que contiene la descripcióne información técnica del producto en cuatro 4) folios y comprobante de pago en un (1) folio. El solicitante pagó quinientos noventa. y cuatro mil pesos mícte (S 594. 000 ,00) según transferencias números 33396193 del 28 de febrero de 2023 y del 02 de agosto de 2023 de Bancolombia al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 2023000100165398000596 del - 27 de octubre de 2023 este Despacho solicitó al usuario: precisar si en la solicitud se incluyen varias referencias a clasificar, en caso afirmativo debe seleccionar solamente una y responder - lo requerido en los numerales siguientes; describir en forma resumida el proceso de elaboración ' - del producto; informar el porcentaje en peso de cada uno de los componentes del producto hasta obtener el 100 % (composición total del producto); aportar imágenes de las etiquetas de empaque - del producto. Elusuario responde mediante escrito radicado No.- E2023000100165398000481 del 24 de noviembre de 2023, con un (1) folio, renunciando al: término restante para responder. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor RICARDO LÓPEZ GUERRERO, a: la dirección - electrónica manifestada por. el interesado RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600595 de 26 dic. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ricardo.lopezQdentsplysirona.com - gabriel.munozGOdentsplysirona.com; o por correo en ladirección Carrera 19 B No. 84 - 44, Bogotá D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Comúnde los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor | indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y ' _de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y
- Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes: (. J”. “Partida 38. 24 “Preparaciones aglutinantes para “moldes 19) núcleos de fundición; productos químicos y . preparaciones de la industria química o de las industrias conexas (incluidas las mezclas de. productos naturales), no expresados ni comprendidos ee n otra parte”.
Regla General interpretativa 6:
“La clasificaciónde mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada ' legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, - salvo disposición en contrario”. Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303-a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con 1 las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. l Resolución 046 de. 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000001180 del 02 de octubre - de 2023 y E20230001 00165398000481 del 24 de noviembrede 2023, la mercancía objeto de RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600595 de 26 dic. 2023 Hoja No. 3: - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado clasificación arancelaria, se describe como una preparación en polvo de color amarillo, a base de feldespato mezclado con colorantes, opacificantes. La elaboración del producto se basa en un proceso de fritas de feldespato mezclado «c on 1 dióxido de sílice y colorantes mineralógicos, que se funden y forman una composición vitrificable (el
- feldespato + óxidos forman vidrio) y se muelen repetitivamente, hasta obtener un polvo. Este polvo es la materia prima, sale de una mina en Sur África, India y Caroliná del Norte EEUU. La composición química ee stá determinada de la siguiente forma: SiO2: 498%: AI203: 11,3 % -Na20: 4.0 %
K20:82% - -Li20: 1,2% Ca0: 1,0% - MgO: 0,6 % - SnO2: 10,9% 2102: 4,7% - Ultrax: 4,0% Gris 41166a: 0,01% CN Almendra H2292/Marrón K2401: 0, 2 % l Amarillo 6404:42% ' Para la clasificación de la mercancía en cuestión,s e desestimal a subpartida 32.07 la cual. comprende las composiciones vitrificables, llamadas, según los casos, esmaltes, baños, -vidriados, y a veces, barnices, que dan una superficiee n capa brillante o mate por vitrificación . en caliente. El producto descrito se utiliza en odontología para la fabricación de piezas dentales completas que reemplazan a las extraídas, es un sistema completo de porcelanato de grano fino sobre metal que combina las más altas propiedades estéticas con una gran facilidad de - - modelado y una alta estabilidad térmica, características que lo ubican en la partida arancelaria 38.24. Para su y utilización. se mezcla con agua y un líquido de modelado especial para obtener u una sustancia cremosa. Esta sustancia se coloca sobre el modelo a fabricar, posteriormente es
- llevada a un horno de laboratorio para que, en función del calor, se obtenga la pieza dental. Lamercancía se presenta empacado en un frasco plástico con un contenido de una onza (28, 4 gr).
Considerando lo anterior, se tiene que el producto corresponde a una preparación químicaobtenida de la mezcla de feldespato mezclada con otras. sustancias; comprendida ' arancelariamente en la partida 38.24 de la Nomenciatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con la Regla General Interpretativa 1 del Sistema Armonizado; y se clasifica en la subpartida3824.99.99.00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla General Interpretativa 6. o Teniendo en cuenta q« ue, para el caso en particular, el: servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a catorce (14) Unidades de Valor Tributario — UVT aproximados al múltiplo - de mil más cercano, es decir, el equivalente a QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL - PESOS m/cte. ($ 594.000), de acuerdo con los comprobantes aportados para el trámite queda un saldo a favor de SESENTA Y OCHO PESOS mí/cte ($ 68,00), que podrá utilizar para 2 presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600595 de 26 dic. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la -subpartida 3824.99.99.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación química a base de | feldespato, utilizada en odontología para la elaboración de piezas dentales, en aplicación delas Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el - Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. : . ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución al señor RICARDO LÓPEZ GUERRERO identificado con cédula de ciudadanía No. - 79.992.293, en calidad de Representante Legal Suplente de la sociedad DENTSPLY FINANCE CO con NIT. 830.050.631-2, a las direcciones electrónicas informadas enla solicitud: ricardo.topezODdentsplysirona.com - - . gabriel.munozGOdentsplysirona.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado. pore l artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificadopor el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se
- notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Carrera 19 B No. 84 - 44
en Bogotá D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección deImpuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764
del Decreto 1165 de 2019. : o : ARTÍCULO TERCERO. Informar-al interesadqoue contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo . establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley - 14d3e 7201 1. a : o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 048 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ÓN : ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por - medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Eb mn) Ya pa P E E | A ad Coorainación de Notficagiónes e 7 2% | A , Poma Ms novtI7A : Wiyel Contra! Bogota B6 | AMA: E -2023/+2:26 03:31:03 tios que sl Acto Administrativg tun pupllcaco
Mas o F pr irmadoA 2A%s Enano CEICIAL EOL Ds, | COL GAL, PACAL: LS CIP EA LUGTOMO yr¿e aaa lar . De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica | tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. | RESOLUCIÓN NámeRO 2o2m000DR0R00sa de 26 dio. 2023 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif cación - 2 Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado: SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL -- Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria o Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RAUL VARGAS. :