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DIAN - Resolución 66 de 04-10-2016

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 66 de 04-10-2016
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2016

3 DIAN MIA Disodión de Impuesy tAdoumsne s Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO pe0000 66 84007 2313 Por medio de la cual se distribuyen funciones en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 5 del artículo 6” del Decreto 4048 de 2008, y: CONSIDERANDO Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece, en el inciso primero que “La Función Administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones... Que el parágrafo único del artículo 1 del Decreto 2242 de 2015 señala que “...las personas de que tratan los numerales 2 y 3 del presente artículo, es decir, aquellas que voluntariamente opten por expedir factura electrónica, podrán hacer ia solicitud a partir de la publicación del presente decreto”. Que el numeral 2 del artículo 10 del Decreto 2242 de 2015, confiere a la DIAN la función de establecer mediante resolución, la fecha a partir de la cual el obligado a facturar, que opte por expedir factura electrónica de manera voluntaria, deberá empezar a facturar electrónicamente, tras haber obtenido el visto bueno del cumplimiento de las condiciones establecidas por la Entidad. Que la Resolución No. 0019 de 24 de febrero de 2016 Reglamentariade l Decreto

2242 de 2015, señala en su artículo 14, numeral 2, el procedimiento que deberán surtir las personas naturales o jurídicas que opten por expedir factura electrónica de manera voluntaria para ser habilitadas por la DIAN. Que el numeral 5 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, al establecer las funciones de la Dirección General, señala de manera expresa la función de ...5. Distribuir entre las diferentes dependencias las funciones y competencias que la ley le otorgue a la DIAN, cuando no estén asignadas expresamente a alguna de ellas...” Que para lograr el eficaz y oportuno desarrollo de las funciones asignadas a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, por el Decreto 2242 de 24 de noviembre de 2015 en materia de habilitación de personas naturales o jurídicas que opten por expedir factura electrónica de manera voluntaria; se hace necesario efectuar la distribución de funciones de que hablael artículo 6 numeral 5 del Decreto 4048 de 2008, al interior de la Entidad.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000056 g de .8%0CT 2815 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se distribuyen funciones en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.” Que examinada la actual estructura de la Unidad Administrativa Especial Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales y la naturaleza de las funciones asignadas a las diferentes dependencias, se estableció que la función de expedir las resoluciones mediante las cuales se indica la fecha a partir de la cual el obligado a facturar, que opte por expedir factura electrónica de manera voluntaria, debe empezar a facturar electrónicamente, puede ser ejecutada con responsabilidad y

celeridad por la Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria. En mérito de lo expuesto, y en ejercicio de sus facultades legales, el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales RESUELVE ARTÍCULO 1: Distribuir en la Subdirección de Gestión de Fiscalización Tributaria la función de expedir los actos administrativos mediante los cuales la DIAN habilita a las personas naturales o jurídicas que opten por expedir factura electrónica de manera voluntaria, estableciendo la fecha a partir de ta cual deberán empezar a facturar electrónicamente. ARTÍCULO 2: Remitir copia de la presente resolución para lo de su competencia a ¡as Direcciones de Gestión de Fiscalización, Recursos y Administración Económica y de Gestión Organizacional; a las Subdirecciones de Gestión de Fiscalización Tributaria, Procesos y Competencias Laborales, y Personal y a las Direcciones Seccionales. ARTÍCULO 3": La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y expedición. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá 2 D.Ca .lo s

(YSANTIAGO ROJAS ARROYO

Director General Proyectó: Herman Andrés Adarme Manosalva / Subdirección de Gestión Fiscalización Tributarias y Luz Helena Liévano Montejo/Coordinadora de Inteligencia y Control para Factura Electrónica Revisó: Luis Bill Céspedes Garcia / Subdirector de Gestión de Fiscalización Tributaria. A Hugo Antonio Alvarez Agudelo / Subdirector de Gestión de Procesos y CompetenciasiLaborales. ¿44H

Revisó y Aprobó: Leonardo Sicard Abad / Director de Gestión de Fiscalizaci po

Natasha Avendaño García! Directora de Gestión Organizacioñal Liliana Andrea Forero Gómez/ Directora de Gestión Juridica. Ss

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