DIAN - Resolución 670 de 03-06-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 670 de 03-06-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
DIAN _ POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600070 - (03 jun. 2022) Por la cual see expide una Resolución de Clasif icación n Arancelaria a Petición de Cualquier interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Ñ En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la e Resolución 070 de 2021 y teniendo € en cuenta los siguientesHECHOSMediante radicado No. 235410000000124 de 19 de marzo de 2022, el (la) Sr. (a) GLORIA: INES CANCHILA PATERNINA, identificado(a ) con Cédula de Ciudadanía 42.207.058, de - la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT. 890.404.190-5 apoderado (a) o mandatario (a) de la Sociedad TECNOAJI S.A.S. con NIT 890.402.506-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier - interesado para la mercancía denominada técnicamente como “MÁQUINA PARA HACER EXTRACCIÓN DE OLEORESINAS” y comercialmente como. “UNIDAD FUNCIONAL: MÁQUINA PARA HACER EXTRACCIÓN DE OLEORESINAS.” o El (la) interesado ((aa ] adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: Ficha técnica en cinco (5) folios; fotocopia del poder y mandato en catorce (14) folios; fotocopia «d el manual ee n tres
(3) folios y copia del soporte de pago en un (1) folio, o El (la) solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos mícte. ($ 1.064.000 00) según | transferencia No. 16032020 de 16 de marzo de 2022 del Banco Itaú al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2022000100165398000078 del 04 de abril de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): Confirmar si la máquina realiza un proceso adicional diferente a la extracción de aceite vegetal; señalar si los equipos conforman un solo cuerpo, es decir si comparten un mismo basamento; aclarar el funcionamiento del equipo scada y definir claramente la función que cumple en el proceso - de extracción de aceite; indicar la función específica del sistema de lavado y su ubicación - “dentrdoe la máquina, aclarar desde donde se habilita para su funcionamiento, entre otro. El o (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. E2022000100165398000054 del 29 de abril de 2022, con 4 folios, renunciando al término restante para dar respuesta. Según lo señalado en y el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) - GLORIA INES: CANCHILA PATERNINA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado(a ) ejimenezGWaduanasgama.com - asesor01(Maduanasgama. com; o por correo en la dirección AV El Arsenal No. 8B-39, en Cartagena - Bolívar. .
FUNDAMENTOS DE DERECHO |
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codif cación. de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. : RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600070 de 03 jun. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y - : otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas : y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 4 de la Sección XV! “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos . individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se .
'clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.79 - “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartidaasí como, - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de - Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” . : - Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria.
- apetición de cualquier interesado. 0% o : CONSIDERACIONES DEL DESPACHÓ Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000124 de 19 de marzo de 2022, y E2022000100165398000054 del 29 de abril de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y equipos destinados
RESOLUCIÓN NÚMERO q03zo9R90c0n07O de 03 jun. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
- y dispuestos para la separación del material oléoso proveniente de productos vegetales o
(extracción de aceites y oleorresinas), mediante el siguiente proceso: : Se carga el material vegeta! seco y se > introduce en las mangas de tela que conducen a - cada cilindro acoplado al sistema de extracción, luego se carga CO2 líquido que ingresa al. “sistema gracias a una bomba de alta presión y lo entrega a un enfriador, en este proceso el COZ líquido se convierte en gas y se activa el sistema de condensación para realizar su recuperación. Por medio de válvulas automáticas de una vía. y doble vía a alta presión y bajas temperaturas, el CO2 empieza su recorrido por los extractores dejando la oleorresina - extraída en los separadores, por el mismo sistema de válvulas el CO2 regresa al sistema - de calefacción que lo convierte de gasa líquido para su recuperación. - Por medio de un calentador see mantienen las paredes de los extractores y separadores en las temperaturas adecuadas para mantener la fluidez del material extraído, al final se descarga el sistema de Cco2 y por las válvulas de los separadores se recoge el producto extraído. NN El sistema está provisto de un panel de control y un software (SCADA) encargados de programar las condiciones de extracción, de ajustar las presión y la temperatura del proceso. y se controla el paso del CO2 por el sistema, regulando el tiempo de permanencia de estas condiciones en el sistema. l Cuenta con un sistema de lavado que desinfecta y elimina residuos presentes en los 0 equipos utilizado en la extracción del aceite durante el proceso. Los equipos. que conforman el sistema de extracción de oleorresinas y aceites son los.
siguientes: % o -1.Tres (3) extractores conformados por tres cilindros elaborados en acero inoxidable de cinco litros cada uno, encargados de recibir la materia prima y el c02 en nel proceso de extracción. l | 2. Dos (2) separadores conformados fp or dos cilindros elaborados en acero inoxidable de 2 9 litros cada uno encargado de recibir el extracto oleoso. - l o -3. Un (1) separador de agua elaborado en acero inoxidable, separa el agua que se genera en el proceso de extracción. - 4. Un (1) condensador y enfriador que. mantiene y recupera los condensados de la : gasificación del c02 utilizado en rel sistema de extracción. : o
5. Un (1) tanque de almacenamiento de co2 elaborado : en acero inoxidable, mantiene y recupera los condenados de la gasif icación del CO2 utilizado en el sistema de extracción.
6. Un (1) super enfriador, , que mantiene > temperaturas bajo 0en la bomba que gasifica el > co2 líquido, o
7. Una (1) bomba de alta presión utilizada en la recuperación del coz que circula por el
- sistema extractor. o : :
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600070 de 03 jun. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado “8. Nueve (9) válvulas de una sola vía y dos (2) válvulas de dos vías regulan el paso y controlan el flujo del CÓ2 en el sistema, estas válvulas están asociados al sistema de
extracción, a los separadores y al sistema de separación de agua
9. Un (1) panel de control del sistema “scada” que maneja de forma automática todas las condiciones de la extracción de flujo, temperatura, presiones, y tiempo de permanencia del .
CO2 en el sistema. |
10. Un (1) sistema de lavado ubicado al extremo derecho donde se acopla al sistema de ingreso de CO2 se habilita desde el panel de control del sistema.
Visto lo anterior se tiene que los equipos listados en los numerales 1 al 10, corresponden a una combinación de máquinas y aparatos destinados a la extracción de oleorresinas y aceites proveniente de materiales vegetales, que en atención a la Nota 4 de la Sección XVI y de conformidad conl o dispuesto en la Regla General interpretativa 1, se encuentra . comprendida en la partida arancelaria 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8479.20.10.00 del Arancel del Aduanas de Colombia. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.20.10.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas y aparatos destinados a la extracción de oleorresinas y aceites provenientes de material vegetal, en aplicación de la Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de del mencionado texto
arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente : Resolución al señor (a) GLORIA INES CANCHILA PATERNINA identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. 42.207.058, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL. 1 con NIT 890.404.190-5a ,l a dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado (a) ejimenezQMaduanasgama.comasesor01(Qaduanasgama.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del. Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas. Nacionales en la dirección AV. EL ARSENAL: No.8B-39 en. Cartagena - Bolívar de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad
- con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
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Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo - -319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119. de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíqueseen la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE IN - Firmado» De conformidad ' cori la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, “esta firma electrónica tiene plena válidez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. . FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDAJefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATAA % ] Pu MN -. Coordinación de Notificaciones ' PoR UNA COLOMBIA MAS vONESA : hiel Central Bogotá BO 0 3: $e certifica que el Acto pe A fueo pybicado.
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