DIAN - Resolución 6733 de 27-08-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6733 de 27-08-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
SYIAN____
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 006733 (27 AGO 2021
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Enu uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 (Régimen de Transición) y teniendo en cuenta los siguientes, hecnos o Mediante radicado No. ESGTA202100294 del 10 de junio de 2021, el Sr. Marcel Querotti Silva, identificado con cédula de extranjería No. 810.646, representante legal de la sociedad Zona Franca Industrial Colmotores S.A.S. con NIT 900.416.386-9 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a peticiónde cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “BASTIDOR VESTIDO NOR 700P 5.2L.
CAMIÓN F.A. EIV ABS”.
El interesado adjuntó copia de los siguientes documentos: formulario de solicitud en cuatro. | (4) folios, información técnica en cincuenta y tres (83) folios, y copia del Comprobante bancario en un (1) folio. El solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cinco mil pesos mcte. (S 455. 000), según comprobante No. 1008043411 del 19 de mayo: de 2021 del Banco de Bogotá. Según lo indicado en el formato de solicitud, se precisó que se notif ¡que al Sr. Marcel
Querotti Silva en la Calle 56 A Surit36 A - 09 en Bogotá D.C. FUNDAMENTOS DDEE DERECHO al Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su. anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Ñ Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 3? de 1973. Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el. Texto único de la Nomériciaturá Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. o Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se > adopta el Arancel de Aduanas y otras AN 77, NN — RESOLUCIÓNNÓMERO — OQ96733 “e 27AGO2021 Molano? , Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, y texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor : indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas - y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” o o Regla General Interpretativa 3'b): “3, Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por . aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:
- b) los productos mezclados, las manufacturas compuestas. de materias diferentes 0 constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos O surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarseaplicando la Regla 3 a), se clasifican según la materia o con el artículo que les confiera sucarácter esencial, si fuera posible determinarlo;” - Partida 87.08: “Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05" Regla General Interpretativa 6: | o “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada "legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas . -del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y deCapítulo; salvo disposición en contrario.” OR oo Decreto 1165d e 2019 del Gobierno Nacional, artículo3s04 a 306, mediante el cual se. «dilasc dtispoasicnion es relacionadacosn la atención de las solicitudes de clasificación . arancelaria a petición de cualquier interesado. : - Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a | petición de cualquier interesado.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información aportada mediante radicadoNo . ESGTA20210029d4e l 10 de junio. - de 2021, la mercancía objeto de clasificación se describe como una única estructura -
- formada por un bastidor de chasis,un eje delantero, un eje trasero y otros elementos, que se ensamblan de acuerdo con el siguiente proceso realizado en distintas estaciones: Estación 1: El bastidorse dispone en la mesa de ensamble para armarlo (largueros y. travesaños) y unirlo mediante remaches; a continuación, se instalan soportes en la parte- . delantera del riel izquierdo y derecho, instalaciones eléctricas y módulo A) FESOLUCIÓNNOMERO 006733“ 27 AGO 2021 HoleNo Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Estación 2: se instalan clips, soportes laterales, tubería, de frenos y de combustible.
Estación 3: en la parte central del bastidor se > asientan los soportes, tubería de frenos y de combustible. El bastidor es marcado con el “VIN” Estaciones 4 y 5: se trasladan el eje trasero y delantero, previamente armados, a la línea principal para unirlos al bastidor, por medio de los soportes delanteros y traseros de las. ballestas. También se conecta el eje propulsor o cardan al eje trasero. Estaciones 6 y 7: en la parte trasera del bastidor, se instalan los soportes laterales para - alojar las tuberías, el malacate, la llanta de repuesto, igualmente, se coloca el enfriador. | Estaciones 8 y 9 se colocan en el bastidor, el depósito de refrigerante, el 1 ltro de -. combustible y el conjunto de caja de dirección y brazo “pitman”.
Estación 10: se une al bastidor el conjunto de tuberías para: sistema hidráulico de dirección y sistema de refrigeración. Estación 1 4: se emplazan enel bastidor, los soportes para el montaje del sistema de escape l (exosto), previamente ensamblado. El producto anteriormente descrito, se constituye en la primera parte del ensamble de un vehículo automóvil, tipo camión, que tiene como objetivo el transporte de carga. De acuerdo cón lo. anterior, la mercancía está cónstituida por la unión de diferentes partes: de un vehículo automotor, que contribuyen cada una, al correcto funcionamiento y. - operación del mismo, en donde, el bastidor es el elemento que aloja todos los demás -. componentes dando solidez al conjunto, para soportar cargas, presiones y movimientos, - permitiendo su adecuado funcionamiento. En cuanto a la clasificación arancelaria, la mercancía descrita corresponde a un conjuntode partes que forman un solo cuerpo y se utiliza para ensamblar un vehículo de la partida” 87.04; por lo tanto, esta mercancía se clasifica en la partida 87,08, en aplicación de la Regla General Interpretativa. 1 de la nomenclatura del Sistema Armonizado. Para determinar la subpartida arancelaria se toma en consideración que el producto se. - obtiene mediante el ensamblaje de varias partes de vehículos automóviles, comprendidas: individualmente en diversas subpartidas de la partida 87.08, siendo el bastidor el elemento que confiere el carácter esencial al conjunto.En consecuencia, el producto se clasifica en la subpartida 8708.99.11.00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla General
Interpretativa 6 (en aplicación, mutatis mutandis, de la Regla General Interpretativa 3. b)). Teniendo en cuenta que para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a medio salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de presentación de la solicitud, esto es, cuatrocientos cincuenta y cuatro mil pesos m/cte. ($ - 454.000), de acuerdo con el comprobante de pago aportado para el trámite, queda un saldo - a favor de mil pesos m/cte. ($ 1.000), que podrá utilizar como saldo a favor para presentar Una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jete (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección Técnica A). : Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolucióne,n lasubpartida 8708.99.11.00 del Arancel de Aduanas, como un bastidor de chasis para un vehículo automóvil de la partida 87.04, en aplicación: de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 (mutatis mutandis, de la Regla General Interpretativa 3.b)) del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo Oo de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sr. Marcel Querotti Silva, identificado con cédula de extranjería No. - 810.646, representante legal de la sociedad Zona Franca Industrial Colmotores S.A.S., en
la Calle 56 A Sur No. 36 A -09, Bogotá D.C., de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 modificado por el - - artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021. ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado que contrae l presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la. Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá : interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notifi cación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por : medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos -. - Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección Técnica Aduanera para. lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. :
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 21 AGO 2021
Js tera DO GARCÍA ADISAS, 73% AE L ; ervicio de Arancel
0 Sairección Fog Aduanera Proyectó: Ricardo Herrera Daza Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata. : | ) 'J AN Coordinaciónc de a Mival Central Bogotá, D.C. 218 DIC A a cenifica que gl antes pacto pstraties tua! e SPA OLSEN DIAro Vil len ts, sele DIE, 2072) Pág de. y