🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 675 de 14-02-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 675 de 14-02-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600075 (14 feb. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria o a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes + HECHOS - Mediante radicado No. 235410000000638 de 05 de diciembre de 2022, el sr, JUAN E ELIPE HOYOS Ss BOTERO, identificado con cédula de ciudadanía 71.714.123, representante legal suplente de la: sociedad PRODUCTOS FAMILIA S.A., con NIT 890.900.161-9, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada tecnica y comercialmente como “COPA MENSTRUAL”. : : : El interesádo adjuntó a la solicitud copía de los siguientes documentos: “formato SIE SARP en unn (1) folio, descripción de la mercancía en un (1) folio, ficha técnica en dos s(2 folio, fotografía enun (1) folio y comprobante, de pago en un ) folio. o El solicitante pagó quinientos treinta. y tres mil pesos Mcte. (S 533. 000 00) según consignación No. : 1041556692 del 30 de noviembre de 2022 del banco de Bogotá. - : Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que sé “notifique al Sr, JUAN. FELIPE >

HOYOS. BOTERO, a. la - dirección electrónica manifestada por el. interesado

  • nader.samih. naufalQessity. com - grupoaduanasQessity. com; o por correo en la dirección Carrera 50 $8 Sur - 117, en Medellín -- Antioquía l l l OS FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación. yy Codificación de. Mercancías y su anexo, - aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley: 8" de 1973. Decisión 8es de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se > aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus s modif icaciones, por el cual se “adopta el Arancel de Aduanas y) otras disposiciones. % : “Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida: RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600075 de 14 feb. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Regla General interpretativa 1: “4 Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Partida 39.24: “Vajilla y artículos de uso doméstico y artículos de higiene o tocador, de plástico” Regla General interpretativa 6: “6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del. mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvodisposición en contrario,” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a. -. petición de cualquier interesado. >: SS Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. l o CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000638 de 05 de diciembre de 2022, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una manufactura plástica que se utiliza para lá higiene femenina, con las siguientes características: : Recipiente plástico de grado médico y reutilizable, en forma de copa con marcas de volumen y orificios para liberar la succión de fluidos, con capacidad para 21 y 26 ml en tamaños S (largo: 58,9 + 1,0 mm; diámetro: 42,0 + 0,5 mm) y L (largo: 63,4 + 1,0 mm; diámetro: 46,0 + 1,0 mm), -

respectivamente, que se emplea insertándolo en la vagina de manera temporal, para la recolección de fluidos menstruales. Se presenta para su comercialización en tubo metálico por unidad. ' Según lo anterior, arancelariamente la mercancía consiste en articulo plástico de higiene : comprendido en la partida 39.24, de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de conformidad con lo dispuesto en la Regla General interpretativa 1 y con fundamento en la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 3924,90.00.00 del Arancel de Aduanas. : Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a catorce (14) Unidades de Valor Tributario - UVT, aproximado al múltiplo de mil más cercano, es decir, QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL PESOS Mcte. ($532.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite quedaun saldo a favor de MIL PESOS, ($1.000), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600075 de 14 feb. 2023 Hoja No. 3' Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación

Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE - ARTÍCULO PRÍMERO., Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 3924.90.00.00 del Arancel de Aduanas, como una copa menstrual plástica, en aplicación de las :

Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor JUAN HOYOS BOTERO identificado. con cédula de ciudadanía No. 71.714.123, - representante legal suplente de la sociedad PRODUCTOS FAMILIA S.A. con NIT 890.900.161-9, a. la dirección electrónica manifestada por. el interesado nader.samih.naufaldessity.com - —grupoaduanas(essity.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046. de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. : De ho ser posible la notificaciónen forma electrónica, el presente acto camisa se notificará : - por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso

  • en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Carrera 50 4 8

Sur - 117 en Medellín - Antioquia, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado e contra el resenis acto omicistaio procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de. los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la ey 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, cin del presente acto administrativo, por mem dio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su. competencia y pubiiquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE : Cuormáción de. Notificacion 3 POR UNA EOLOMFIA RAS HAMtAra pias famtral Dará NS De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene ¿plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jete (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera . RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600075 de 14 feb. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ :

Consultar sobre este documento ...