🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 6751 de 29-09-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 6751 de 29-09-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

POR UNA COLOMBIMAÁ S HONESTA (29 SEP 2020) Por la cual se expide una Resolución Anti cipa da de Clasificac ón Arancelaria | -LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL po, _ DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso o de las facultades legales qq ue le confiere el. Artículo 42 de la Resolución 0011 E de 2008 y batir en cuenta loss siguientes, ES Mediante radicado No. ESGTAZ02000198 del 6 de junio de : 2020, el Sr, Edgar € Quecan García, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.401.353 representante legal de la Agencia de Aduanas KN Colombia 8:A:S. Nivel Il: con NIT 830.074. 208-3, presentó una. solicitud de resolución anticipada de clasificación arancelaria para la mercancía. denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL: AUTOMATIZACIÓN DEL FLUJO DE MATERIALES PARA SACOS DE PAPEL”. : El interesado adjuntó. a la solicitud. los siguientes. documentos: formato. de solicitud «e n un (0 folio, oficio. con. descripción. de. la mercancía en. siete m folios, ficha. técnica en nueve (9) folios, catálogos. de la mercancía en cincuenta. y. uno (51) folios, imágenes de la. mercancía en ocho (8) folios y soporte de pago en un M) folio. Ñ El solicitante pagó ochocientos setenta y ocho mil. pesos mícte. e 878. 000, según

comprobante. No. 21259281: 1, del 28 de mayo de 2020 del Banco de Bogotá. E Mediante oficios. Nos. 100227342700 y 100227342701 del 25 de junio de 2020, consultó alas Divisiones de Gestión deF iscalización Aduanera, de Gestión de: Liquidación Aduanera y de Gestión Jurídica, de. las Direcciones Seccionales de Aduanas de. Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena y Medellín, y Seccionales de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, - Buenaventura, Cúcuta, Ipiales, Manizales, Pereira y Santa Marta, y a las Subdirecciones : de Gestión de Recursos Jurídicos y de Gestión de Representación Externa: respectivamente, si. tenían. conocimiento de la. existencia. de procesos. en curso para la: mercancía objeto de solicitud de clasificación arancelaria; no encontrándose: información sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto. Ci : Con oficio No. 100227342687 Radicado Virtual No. 0005202090374 del 4 de agosto de o 2020, se: solicitó al interesado explicar.con. claridad y en orden secuencial el proceso que 0% ñ lar.en.un. cuadro. los. componentes. del. sistema, indicando . para : cada. uno: número exacto. características técnicas, función, nombre. y. cantidad de los : equipos: auxiliares; aclarar la diferencia de. los componentes “Transystem Py “Transystems y 2”, y que función: desempeña la fondeadora, relacionados en la. información suministrada y

anexar plano, diagrama o esquema donde se observe claramente la disposición de los diferentes equipos que: intervienen en el proceso,..con sus. respectivos elementos. de . interconexión. El Usuario. mediante - SOrreo «electrónico: con. radicado virtual. Nor

RESOLUCIÓN NÚMERO 00675 1. de 29 SEP 2020 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria 000E2020913871 del 26 de agosto de 2020, atendió el requerimiento de informaciónadicional y renuncia al término restante legalmente otorgado para dar respuesta. Por medio del formato de solicitud se indicó que se notifique al Sr. Edgar Quecan García, en la Avenida El Dorado 96 J— 90 Piso 5 en Bogotá. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado. de Designación y Codificación deMercancías y su | anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973, Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante el cual se aprobó | el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de | Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por “el cual se adopta el Arancel de Aduanas y Ñ otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Regla, Nota y Texto de partida: Regla: General interpretativa 1: | “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor -:

“indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas -y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sino son contrarias a 2 10S textos de dichas partidas - y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén conótituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una. función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto. se. clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 34. 41: | “Las demás máquinas y apáratos para el trabajo de la pasta de papel del papel 9) cartón, ci == Incluidas las cortadoras de cualquier tipo.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías « en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatisE mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también :s e aplican las Notas de Sección y de

2. Capítulo, salvo disposición en contrario.” E : Decreto No: 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 298 a 301 y 307, mediante e : cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de solicitudes de ResoluciónAnticipada de Clasificación Arancelaria.

A RESOLUCIÓN NN ÚMERO - 0 06 7 5 1 Ede A Em a . o - Clasificación Arancelaria Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, artículos 304", a 306 y: 316, mediante Ja cual sse e reglamenta las solicitudes de resolución anticipada. o - CONSIDERACIONES DEL DESPACHOCon la informaciónn allegada con escritos radicados Nos. ESGTA202000198 del 8 de junio de 2020 y virtual 000E2020913871 del 26 de agosto de 2020, la mercancía objeto de : clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y equipos destinados ala fabricación des sacos de papel, a través del siguiente progeso: E El proceso inicia al instalar los rollos de papel. en la estación de portarrollos debobinadores de la Tubera, colocando hasta tres rollos, con diámetro de 1 2 metros gada uno. Se debobiña el papel necesario para la. fabricación del « saco, luego. se direccióna el papel de la capa externa a la estación de impresión, donde se imprime una cara del papel. por: métodos flexogr os con: tintas a base de agua, . Posteriomente pasa. nueva ente. ala Tubera, el E de: A continuación. el saco ) cerrado léga: ala estación de prensado conformado por un ¡sistema de add donde. se o ES da tempo para que. el adhesivo pegued s Lor medio Los equipos que e realizan el proceso son: A Una (1(1 ) tubera 8115: ancho de tubo min 18 cm y max 75 cm, , largo tubo 1m in 138 com.

y max 150 cm, velocidad máxima 500 und/min, consumo energético aproximado 80. o KVA, medidasls aproximadas largo. 37 m. x ancho 5 m x alto 3 2 m.. 2 Una Mm impresora flexa 820: anichó de ¡ impresión min 660 mm YI max 1320: men, largo de impresión. min 450 mm. y max 1500 mm,. velocidad máxima 350m/min, gramaje - de papel min 40 “g/m? y max 250: g/m?, consumo energético Aproximad 20 KVA, o medidas aproximadas largo 2,5 m.Xx ancho 2, 46 mx alto 3 m. ON 3, Un 0) transystem 4: “ancho de tubo min 280 cm y max x 60 cm, argo. tubo min 44 cm y max 105 cm, velocidad: máxima 30 und/min, consumo. energético aprox mado 20 KVA, medidas aproximadas largo 30 m.x ancho 7, 51 mx alto 5,2 m. 40U nt): sistema de seguridad plataforma E o medidas aproximadas. largo: 31 m.x : ancho 77 8 mx: alto An r RESOLUCIÓN NÚMERO 006751 de 29SEP 2020 HojaNo.4 Ñ Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria

6. Un (1) aparato debobinador para válvula: ancho de faja min 10 cm y max 20 cm, - consumo energético aproximado 20 KVA, medidas aproximadas largo 1 m. x ancho : 1 mxalto 2.5 m.

7. Un (1) transystem 2: ancho de tubo min 18 cm y max 60 cm, largo tubo min 25 cm y

max 118 cm, velocidad máxima 28 und/min, consumo energético aproximado 20 KVA, medidas aproximadas largo 8 m. x ancho 3 m x alto 4,5 m. -8. Un (1) arcomat: ancho de tubo min 18 em y max 60 em, largo tubo min 25 cm y max 118 cm, velocidad máxima 33 und/min, medidas aproximadas largo 10,3 m. x ancho 3.5 m xalto 4,5 m. :

9. Un(1) sistema seguridad de puertas: voltaje 24 Y, medidas aproximadas largo 1 m. xancho 1 xalto 2,5 m.

Es preciso indicar que arancelariamente se tiene una unidad funcional de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI: cuando una máquina o una combinación de máquinas está - constituida por elementos individualizados, diseñados para realizar conjuntamente una función netamente definida, alcanzando solamente a las máquinas o combinación de máquinas necesarias para realizar la función propia del conjunto que constituye la unidad funcional, con exclusión de las máquinas o aparatos que tengan funciones auxiliares y no contribuyan a la función del conjunto. - Así las cosas, teniendo en cuenta el proceso indicado por el peticionario y lo definido en el párrafo anterior, para realizar el proceso de producción de sacos de papel para cemento, se parte del rollo de papel, al cual se le realiza una impresión, para luego ser cortado, . pegado, separado, armado en forma de tubo, pegado y reforzado en sus extremos, para posteriormente formar el saco. Por otra parte, dentrdoe la información suministrada se relaciona un equipo que interviene

después del proceso de impresión, corte, pegado, separado, formado de tuy baromad o del saco de papel, y que corresponde al proceso de apilado, proceso diferente a los mencionados, por lo cual las funciones que realiza este equipo no se encuentran directamente relacionadas con el proceso de fabricación de bolsas de papel, por ello, se - excluye el ítem 8, y por lo tanto deben seguir su propio régimen. De acuerdo con lo anterior, las operaciones descritas son realizadas por las máquinas yo aparatos listados, que interconectados y sincronizados trabajan en la fabricación de sacos de papel, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.41 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las . “disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de la Regla. General .Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8441.20.00.00 del Arancel de Aduanas : En mérito de lo anteriormente expuésto, la Jefe (A) de la Coordi inación del Servicio de - Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, o : RESUELVE | ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, salvo la excepción citada en los Considerandos, en la subpartida 8441.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como máquinas para la fabricación de sacos de papel, en aplicación con la Nota — RESOLUCIÓNNÓMERO 006751 de 29 see 0 Hoja No, 5 Continuación del acto administrativo por el cual se - expide una Resolución Anticipada de

Clasificación Arancelaria E 4 de la Sección xvi y de acuerdo con las Reglas Generales Ihterpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de 201 6 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo O de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web - de la DIAN, al Sr. Edgar Quecan García, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.401.353, representante legal de la Agencia de Aduana KN Colombia S.A.S. Nivel 2, en la Avenida El Dorado 96 J - 90 Piso 5, Bogotá DC., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y Artículo 311 de la Resolución Reglamentaria 0046 de 2019. E ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto entire procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá. interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación ee n el Diario Oficial de la presente en ss, - resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119: de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO €Q UINTO. Remitir úna vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la “Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la - Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión. Técnica Aduanera. para | lo de . su competencia y publiquese en la página web de ¿da DIAN. | 10 | 2 9 SEP 2020

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEo E y S vere Ve) .

MARÍA TRÁNSITO $ ADO GARCÍA Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel Subdirección de Gestión Técnica Aduanera

Proyectó: Caroll Ximena Duque Beltrán - Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata . ul A Nesa l

Central Seotá, DC. pos A] pa) “E eS Se cirios que $: antena: LAT aormerato! E . ] Publicaoc e DIARIO Cabo GS | Mo. 54.542 8467

Consultar sobre este documento ...