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DIAN - Resolución 676 de 06-06-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 676 de 06-06-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

DIAN, POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600076 (06 jun. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria: - a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la - Resolució0n70 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000123. de 17 de marzo de 2022, el Sr. HECTOR BONILLA DIAZ, identificado con Cédula de Ciudadanía 93.335.498, en calidad: de . Representante Legal de la sociedad ORBO'S QUALITY S.A.S, con NIT 900.621.159-1,- presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada comercialmente “SELISSEO 2%” y técnicamente

como “FUENTE ORGANICA DE SELENIO QUE CONTINE SELENO-METIONINA

HIDROXI-ANÁLOGA”.

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud de clasificación arancelaria en dos (2) folios, ficha técnica en dos (2) folios, ficha técnica con información del producto en dos (2) folios, ticencia de venta en un (1) folio, :Somprobante de consignación bancaria un (1) folio. - ' pa El solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos cero cincuenta y seis centavos m/cte

($ 532.056,00) según Transferencia número 36371770 de 17 de marzo de 2022 del banco . Davivienda S. A. al Banco de Bogotá. OS Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique al Sr HECTOR BONILLA DIAZ, a la. dirección . electrónica : manifestada por el interesado. orbosqualityQgmail. com; hectorfernando.bonilla(9gmail.com; o por correo en la dirección calle 12c 4 71b - 400 apartamento 213, en Bogotá, D.C. -B ogotá. D. O. | UNDAMENTOS DE LEE Convenio del Sistema. Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias Y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o o Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. ES RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600076 de 06 jun. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida: Regla General interpretativa 1: | «Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas :

y de las Notas de Sección, Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Partida 2309 “ Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación e los animales” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada . legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida asi como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario”. Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, | - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación . arancelaria a petición de cualquier interesado. l Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas N Nacionales, artículos 313, 314 y 316 mediante los cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : Resolución 039 de 2021 e la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, artículos 112. y 113, mediante los cuales se modifican los artículos 314 y 316 de la Resolución 046 de 2019.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO.

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000123 de 17 de marzo de 2022, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe comercialmente como -

“SELISSEO 2%” y técnicamente como “FUENTE ORGANICA DE SELENIO QUE CONTINE -

- SELENO-METIONINA HIDROXI-ANÁLOGA”.

El producto en mención es una fuente orgánica pura de selenio que contiene selenometionina hidroxi-análoga, diluida en un vehículo a base de sílice; se presenta en formalíquida, soluble y en un medio acuoso, para ser utilizado en la elaboración de alimentos . para animales (premezcias).

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600076 de 06 jun, 2022 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual see expide una resolución de Clasif icación : Arancelaria a Petición de Cualquier IIr nteresado Composición química del producto: | Cada presentación de 184. 4% contiene: o

Silice: 79% Selenio: 5% Vainillina: 0.4% — Excipientes (agua) -Cantidad suficiente para 100% Se presenta comercialmente en empaques por 10kg, 12 kg y 20 ko.

Según la información allegada por el solicitante, el Selenio es el componente clave de la - -selenocisteína, presente en selenoproteínas antioxidantes como. glutatión peroxidasa,- - tiorredoxina reductasa, metionina suifóxido redutasay otras. Responde a los efectos negativos del estrés oxidativo y la producción de radicales libres y es estable en todos los: tipos de preparaciones de alimentos balanceados. Igualmente, es fuente de seleno-metionina hidroxi- -análoga, que constituye el compuesto

ideal para garantizar Selenio al animal, aportando antioxidantes que permite mejorar la. calidad de los Productos como carne, huevos y leche. e Dentro del estudio. que realiza este despacho, se tiene que, debido a que el producto - consiste en una preparación química, utilizada como aditivo en alimentos destinados a la - nutrición de animales, con la finalidad de suplir los requerimientos de selenio, a través de - una - preparación que. contiene un componente: órgano-inorgánico - de mayor biodisponibilidad, se desempeña con una mejor asimilación en el organismo animal. De acuerdo a lo anterior, arancelariamente, teniendo en cuenta la composición química, el - producto selenio, corresponde a una preparación de los tipos utilizados para la alimentaciónde los animales, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 de la Nomenclatura . del Sistema Armonizado se clasifica en la partida 2309 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y conforme a la Regla General Interpretativa 6 se clasifi ica en la subpartida 2309. 90.90.00 del Arancel de Aduanas. De otra parte, teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a medio salario minimo mensual vigente acercado almúltiplo de mil más cercano, es decir, QUINIENTOS TREINTA Y.DOS MIL PESOS pesos - mí/cte. ($532000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo. a favor de CINCUENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($56.00), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, o RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 2309.90.90.00 del Arancel de Aduanas, como una de las demás preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600078 de 06 jun. 2022 Hoja No.4 | Continuaciódnel acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor HECTOR BONILLA DIAZ identificado con Cédula de Ciudadanía No. ' 93335498, Representante Legal de la sociedad ORBO'S QUALITY SAS con NIT 900621159-1, a la dirección electrónica manifestada por el interesado orbosaualitvQgmailcom: hectorfernando.bonilla(Qgmail.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se

notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera “subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección calle 12c 4 71b - 40 apartamento 218 en Bogotá, D.C. - Bogotá D.C, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. o Ñ ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019,e l artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por : medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. -

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE | oa

AE Coordinación de Notificaciones LA MÁS Meme . ib Contral Bogotá nc apueeepitersa a 7 dyda A Ye Mo, : Flemado / 7 De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y | remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

  • FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria SubdirTeécncicca iAdóuanner a -.

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600076 de 06 jun. 2022 Hoja No.5. Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resoluciónde Clasificación o - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

- Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN

“Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ

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