🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 679 de 15-02-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 679 de 15-02-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600079 (15 feb. 2023).

Por la cual se éxpida una Resolución de Clasif icación Arancelaria o a Petición de Cualquier interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA > SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confilee re el numeral 3. 3.1 del artículo 2 de la Resolución Ñ 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS - Mediante radicado No. 235410000000707 de 04 de enero de 2023, la Sra. CLAUDIA PATRICIAVIANA MONTOYA, identificada con cédula de ciudadanía 43.726.577, representante legal de la . - AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S. NIVEL 1, con NIT. 900.081.359-1; mandataria de la Sociedad - . BANCOLOMBÍA S.A. con NIT. 890.903.9388, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para. la: mercancía denominada técnica y comercialmente como "LINEA DE SELECCION Y PALETIZADO PARA AZULEJOS" a La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de soficitud diligenciado en la plataforma SARP en dos (2) folios, documento titulado ficha técnica en un (1) folio, copia deconsignación bancaria en un (1) folio y listado de equipos en archivo Excel en un (1) folio, copia de poder o mandato aduanero en seis > (6) folios. |

La solicitante pagó. un millón ciento ochenta y ocho mil pesos Mcte. (S1. 188.000 00) según | o transferencia PEB_. 97936_ DIAN del 03 de enero de 2023 de Bancolombia al Banco de Bogotá. Con oficio No. 82023000100165398000046. se informa a la usuaria que posiblemente hay. la. existencia. de dos unidades funcionales, para que el usuario realice la selección de una, aquella que desee sea objeto de clasificación arancelaria. La solicitante presenta respuesta mediante fadicado E20230001 00165398000029 del 01 de febrero de 2023. : Según lo señalado en e formato de la solicitud, se indicó que se notifique a la Sra. CLAUDIA _ PATRICIA VIANA MONTOYA, a la dirección electrónica manifestada por la interesada 'dbaenaQOmagnum.com.co - IsanjuanQ0magnum.com.co; o por correo en la dirección Calle 16 No41 - 210 Ed. La Compañía Of 404, en Medellín - Antioquia. FUNDAMENTOS DE DERECHO l Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codifi cación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. l Acuerdo de Cartagena aprobado: por Colombia mediante Ley ga de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual see aprobó el Texto único - de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. o Decreto 1881 de 2021 ys sus modificaciones, Por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. ES RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600079 de 15 feb. 2023 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas Generales interpretativas, Nota y texto : de partida: Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” o - o Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos ' individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables . eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, . comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.22 - “Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatosde capsular botellas, tarros, tubos ycontinentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver mercancías ' (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas”

Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas delmismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” o Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante | el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a ' petición de cualquier interesado. Resolució0n46 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de - cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000707 de 04 de enero de 2023 : y E2023000100165398000029 del 01 de febrero de 2023 la mercancía objeto de clasificación . arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y equipos para la selección, empacado y paletizado de azulejos cerámicos. Ñ El proceso se describe de la siguiente manera: El material cocido que sale del horno y se desplaza a través de una línea de transporte, hasta ingresar al proceso de selección automática, una máquina mediante una serie de sensores ópticos analiza la superficie de las baldosas, que acorde con el patrón de la referencia se determina sucalidad y si tiene o no defectos en su tonalidad u otros defectos superficiales; asignando un códigoa cada pieza el cual será leído por los equipos posteriores en la línea de proceso. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600079 de 15 feb. 2023 Hoja No. 3 Continuación del acto atiministrativo por el cual se$ expide una resolución de Clasif cación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado — o Enseguida otra: máquina se encarga de. medir las dimensiones de la pieza y su planaridad, generando un código para las piezas que será utilizado por la línea de clasifi cación. En el proceso de selección una máquina se encarga de leer los códigos generados ee n los procesos anteriores con la finalidad de orientar y agrupar las baldosas por similaridad de características. Las baldosas clasificadas son empacadas en cajas de cartón, luego codifi cadas y atadas con flejes - plásticos; por último, se realiza el paletizado en estibas. Las máquinas que realizan el proceso son: Una (1) línea de conexión, dimensiones: 6000 x 1400 x 1430, Línea de transporte y para | > piezas de formatos hasta 120 x 120 cm, girador de baldosas. . Un (1) sistema automático de visión con dimensiones: 1214 x 2151 x 2378. Detección en : tiempo real de los defectos superficiales en las baldosas cerámicas. Se encarga de generar un código según la calidad de la pieza el cual será leído por los equipos aguas abajo. o “Una (1) banda transportadora interna con » control de precisión - Una (1) cámara blanco y negro de alta resolución :

  • - Una (1) cámara en color de alta resolución o Un (1) equipo para la transferencia de códigos electrónicos : l E Un (1) equipo de chequeo de dimensiones, con dimensiones: 1837 X 597 Xx2 410, Detección en tiempo real de los defectos de tamaño de las baldosas cerámicas. Se encarga de generar. un código según el tamaño de la pieza el cual será leído por los equipos aguas abajo. . o -- Cinco (5) sensores medición planaridad | - Cuatro (4) sensores medición calibre - = Siete (7) fotoceidas lectura lados A: - Un (1) acondicionador de aire Una 0d) línea de selección, dimensiones: 7180 x 3080 x 1500, Se encargaa de clasifi icar las. - baldosas cerámicas según los códigos asignados previamente. Forma pilas de baldosas con -las mismas características de calidad y tamaño. o - Un (1) sistema de olasificación en línea - Nueve (9) apiladores dobles - Un (1) sistema de transporte para pilas o -- Un (1) panel de mando central + PC Una (1) maquina empaquetadora, dimensiones: 8874 x 3200 x 2035, Divide las pilas en -- Un (e sistema de transporte de pilas oo -- Un (1) divisor de pilas -- Un (1) sistema de alineación y elevación de pilas - Un (1) sistema de recogida de cartón -- Un (1) sistema para cierre de caja - Un (1) sistema de prensado para sellado con cola - Un 4) sistema de transporte de paquete Una (1) paletizador, dimensiones: 19070 x 4000 x 2782, Toma los paquetes con un brazo.

Ñ móvil para conformar las estibas del producto listas pará ser despachadas. Del análisis de la información que precede, se establece que la mercancía, numerales 01 a06,. corresponde a un conjunto de máquinas que trabajan conectadas entre si para realizar un - proceso de selección empacado y paletizado. de azulejos (baldosas); de acuerdo con las- . disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y de la Regla General Interpretativa 1 queda e SS RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600079 de 15 feb. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado | comprendido en la partida 84.22 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado; según la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8422.40.90.90 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida . -8422.40.90.90 del Arancel de Aduanas, como un sistema de empacado de baldosas, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del. mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a :

la señora CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA identificada con cédula de ciudadanía No. 43.726.577, representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S. NIVEL 1 con NIT. 900.081.359-1, a la dirección electrónica manifestada por la interesada dbaena(Qmagnum,com.co - IsanjuanGOmagnum.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se > noti cará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Calle 16 No 41210 Ed. La Compañia Of 404 en Medellín — Antioquia de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede - recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 11685 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente. resolución en el

Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE - 2023-02-15 / 06:45:17 A.M.

A Pacha fecuse de Recibo e EA yy¿ Firmado “ RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600079 de 15 feb. 2023 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resoluciónde Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoDe conformidad con la resolución No, 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y - -. remplaza én todos sus efectos a la firma manuscrita. o - FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria

  • Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: LEONARDO RICO coa : ÓN A Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ 0 E POR A I COLOM A MAR RON Cou Ab rid ai ln a aci tón e d ne tN aol sii cúc Mi Oo no3Segatcacuap a 7 . E [93/2023 pág: ER
Consultar sobre este documento ...