DIAN - Resolución 68 de 16-01-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 68 de 16-01-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600008 (16 ene. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS.
Mediante radicado No. 235410000001194 de 10 de octubre de -2023, el Sr. JOHN EDUARDO MANRIQUE GARZÓN, identificado con cédula de ciudadanía 80.244.247, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS KN COLOMBIA S.A.S. NIVEL 2, con NIT 830.074.208-3, mandataria de la Sociedad ABB COLOMBIA LTDA con -NIT 901.283.882-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a l petición de cualquier interesado para la mercancia denominada “ARRANCADOR SUAVE”. El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: copia del mandato aduanero en doce (12) folios; ficha técnica en ochenta (80) folios; copia de declaración de importación No. 0320230011325048ee n dos (2) folios y copia de comprobante de pago en dos e J folios. El solicitante pagó quinientos noventa y cuatro ini pesos MCTE ($ 594. 000 00) según A . transferencias números 549cb8f565004161 del 13 de septiembre y ¿9cc8ce62dac4686 del
14 de septiembre de 2023, del Banco BBVA Colombia al Banco de Bogotá. r Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 52023000100165398000614 . del 07 de noviembre de 2023 este Despacho solicitó al usuario: de manera clara describir el producto objeto de estudio indicando todas las características físicas y técnicas; adjuntar |” ficha técnica en idioma español; explicare l funcionamiento básico del arrancador; señalar el uso específico y la forma exacta como se emplea, en caso de ser usado para el arranque de motores, confirmar si es para motores de chispa o compresióennt;re otros. El usuario | responde mediante escrito radicado Nos. E2023000100165398000498 del 30 de noviembre || de 2023, en setenta y tres (73) folios, renunciando al término restante para responder. - .. Este despacho revisó de manera integral la información contenida en los radicados antes mencionados, e identificó . varias mercancías. Por. lo tanto, con oficio. No. || - S2023000100165398000736 del 18 de diciembre de 2023, se solicitó al interesado elegir - una mercancía a clasificar con la presente solicitud, para lo cual, contaba con 5 días de acuerdo a lo establecido en el artículo 314 de la Resolución 046 de 2019. Se recibe respuesta con escrito radicado No. E2023000100165398000543 del 21 de diciembre de o eJ a RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600008 de 16 ene. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 2023, en once (11) folios, y se escogió la referencia PSTX. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. JOHN EDUARDO. MANRIQUE GARZÓN, a la dirección electrónica manifestada por el interesado john.manriqueWVkuehnenagel.com - manrique.johnnG2gmail.com; o por correo en la dirección Calle 24A No. 59-42, Oficina 701, T3 Centro Empresarial Sarmiento Angulo, en Bogotá, D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codíf icación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta e« l Arancel de Aduanas yy otras disposiciones. - i Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” - Partida 85.04
“Transformadores eléctricos, convertidores eléctricos estáticos (por ejemplo, rectificadores) y bobinas de reactancia (autoinducción).” : - Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidasd e una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario, Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de irebestos y Aduanas - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, :
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
NXx S RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600008 de 16 ene. 2024 Hoja No. 33 o- - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Según la información suministrada con el radicado No. 235410000001194 de 10 de octubre de 2023, y E2023000100165398000498 . del 30 de noviembre de 2023 y E2023000100165398000543 y 21 de diciembre de 2023, la mercancia objeto de
clasificación arancelaria, se describe como un dispositivo electrónico dispuesto con entradas y salidas digitales, conexiones en línea, un par de “tiristor”, salidas análogas, tarjeta de control, conexiones RJ45 para el panel de control, puerto ¿anybus”, By-pass y Modbus RTU integrados, que presenta las siguientes características técnicas: Tensión nominal de aislamiento Ui: 690. Tensión nominal de empleo Ue 208...600 V, 208.. 690V +10% 1 15%, 50/60Hz 110% - Tensión nominal de alimentación de control Us 100...250 V +10% / -15%, 50/60Hz 110% . Tensión nominal de circuito de control Uc 124 V CC interna o externa capacidad de arranque Nk a le 4 x le durante 10 s, corriente hasta 2160 A Número de arranques por hora. 10 para. PSTAO . . PSTX370 1) 6 para PSTX470 ... PSTX1250 1) NE Ñ > o Capacidad de sobrecarga clase de sobrecarga 10 Temperatura ambiente durante el funcionamiento -25.. +60 eC, € 13.. +140 E) 2), durante el - almacenamiento -40...+70 C, (-40...+158 F) Altitud máxima 4000 m (13123 ft) 3) Grado de protección circuito de alimentación y control IP20 - Circuito principal contactor de by-pass integrado Sí HMI para ajustes Pantalla Tipo LCD, gráfica Relés de señalización número de relés de señalización programables 3 (cada relé se puede programar para: Nada, Marcha, Tope de rampa, Grupo de. eventos 06, Marcha de
secuencia 1-3, Tope de rampa de secuencia 1-3 o Marcha inversa). - - Salida analógica Referencia de señal de salida 0...10 V, 0...10 mA, O.. 20 mA, 4.. .20 mA Teclado externo desmontable, con pantalla tipo LCD, gráfica. Conforme a lo indicado por el usuario la tecnología de un arrancador suave se basa en “tiristores, funciona solo durante la maniobra de arranque y parada del motor eléctrico de : corriente alterna, que luego pasa a un by pass (puente) y está diseñado para reducir corriente inicial y el par del motor cuando arranca, y puede bajar la velocidad en rampa, frenarlo rápidamente o dejarlo que frene por inercia, permitiéndole optimizar las corrientes de arranque. - Seutiliza en el arranque del motor de bombas ya que ayudan a eliminar el golpe de ariete | y prolongar la vida útil del sistema, además de reducir el tiempo improductivode ta bomba; en el arranque del motor de ventiladores ya que la tensión aumenta gradualmente durante el arranque, lo que reduce la intensidad y elimina el pico de corriente de inserción; en el arranque de los motores de cintas transportadoras, compresores, entre otros. ES Visto lo anterior se tiene que el producto en estudio corresponde áa un dispositivo que tiene . como objetivo administrar el voltaje optimizando la corriente de arranque y controlando el par evitando así los picos generados en la corriente de arranque, eliminando los problemas asociados al arranque y ta parada de motores, tales como las sobretensiones eléctricas, los picos y las corrientes de i inserción.
Acorde con lo anterior y en virtud de lo señalado,el equipo en estudio corresponde arancelariamente a un arrancador electrónico que de conformidad con la Regla General interpretativa 1 está comprendido en la partida 85.04 de la Nomenclatura del SistemaArmonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica por la subpartida 8504.40. 20. 00 del Arancel de Aduanas. y RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600008 de 16 ene. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8504.40.20.00 del Arancel de Aduanas, como un arrancador electrónico en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor JOHN EDUARDO MANRIQUE GARZON identificado con Cédula de Ciudadanía No. 80.244.247en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS KN COLOMBIA SAS NIVEL 2 con NIT 830.074.208-3, a la dirección
electrónica informada en la solicitud john.manriquefMkuenne-nagel.commanrique.j¡ohnnfdgmail.com de conformidad con lo establecido en el. artículo 7/59 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CALLE 24 A 59 42, OFICINA 701, T3Centro Empresarial Sarmiento Angulo en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con - lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. o. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución - en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto mitra por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. - NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600008 de 16 ene. 2024 Hoja No.» 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 2024-01-16 / 08:56:02 A. M, De conformidad con lá resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y. remplaza en todos sus electos a la firma manuscrita, - CASTIBLANCO BORBON ERIKA XIMENAJefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria ' Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTET e
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ - => (
NS Coordinación de Notfiéacianós POR UNA COLOMEIA MÁS 4Nw “et Central Bogotá D.C. e aS