DIAN - Resolución 6809 de 30-08-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6809 de 30-08-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
_— DIAN ZA POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO. 006809 30 AGO 2021 ( ) Por la cual se expide una Resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 2%
LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL.
DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Ñ En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 % (Régimen de Transición), y teniendo en cuenta los siguientes, HECHO Mediante radicados Nos. ESGTA202100391 y 000E2021905608 del 05 de agosto de 2021, la Sra. Blanca Nidia Santa Quintero, identificada con cédula de ciudadanía No. 24.726. 995, representante lega! de la Agencia de Aduanas Siaco S.A.S Nivel 1 con NIT 800.251.957-1,. presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como "FIBRA CORTA DE TRIGO (MICRAGE MESH 90). : La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud de resolución de clasificación arancelaria en cinco (5) folios, formato descripción de la mercancía en dos (2) folios, soporte de pago en un (1) folio, especificación del producto en | un (1) folio, certificado de análisis en un (1) folio, flujo de producción: en cuatro (4) folios y
. mandato aduanero en nueve (9) folios. o El solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cuatro mil pesos m/cte. (Ss 454 4,000) con referencia de pago No. 2144218 del 04 de agosto de 2021 del Banco ltaú. La Dirección de Impuestos y Aduanas mediante resoluciones 040 y 043 del 10 y 18 de mayo de 2021 respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de competencia de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN. - Por medio del formato de solicitud, la interesada indicó que se notifique a la Sra. Blanca : Nidia Santa Quintero, en la dirección Av Cra 97 No 24C 80 en Bogotá. o unbamenros DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de. Mercancias y su : anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. l Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8” de 1978) ResoLUCIÓNNimERo 006809 de30AGO2021 _ Mojo? Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación3% Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante el cual se aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y
Lo o o otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerañ las siguientes Reglas y Texto de partida: - Regla General Interpretativa 1- | | | Ñ - “Los títulos de las Secciones, de los Capitulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor :
- yi nd di ec at lai sv o, N oty aa s qu dee Sla e cc cl ia ós ni fi oc a dc ei ón C ape ís ttá u lod e yt , e sr i mi non ad soa n cl oe ng ta rl am re in at se a po lor s l to es x tt ose x dt e os dd ie c hl aa ss p pa ar rt ti id da as sy Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Partida 47.03: - d“P ea ms át sa d me a tefi rb ir aa ss o fib bt re on si ad sa s c eld ue lóp sa ip ce asl ” .o cartón reciclado (desperdi .c ios y desechos) 1 o de las : Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas d Ce al p ítm ui ls o,m o san li vv oe l. d isA poe sf ie cc it óo ns end e coe ns tt ra a riR oe .g ”l a, también o se aplican las No Atas d Ne Sec ción y de “Decreto No. 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 304 a 306, mediante el cual se.
“dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación . - arancelaria a petición de cualquier interesado. o “Resolución 046 de 2019 y resolución 039 de 2021, de la Dirección de Impuestos y Aduanas “Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria. : o a petición de cualquier interesado.
- CONSIDERADCELI ODENSPEACSHO Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudaron a partir de 9 de junio, - fecha en la que empezaron a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al im no clm ue in dt oso ad qe u els lu os sp en ess ti aó bn l
ech ia dc oí sa n enf al mta e sepa sr a 0 c au ñm op sl .i r con las eo bligacion | es co Errespo Nndient es, En la información suministrada mediante radicado ESGTA202100391 del 05 de agosto de 2021, la mercancía a clasificar se describe como fibra corta de trigo (micrage mesh 90)” el - cual presenta las siguientes características: .. o Tipo de producto: fibra de trigo W-90 es una fibra natural derivada del trigo, cuyo. componente principal y mayoritario es fibra celulósica (min 96% en base seca).
Color: blanca» o - RESOLUCIÓN NÚMERO 006809 pa de 30 AGO 2021 HojaNo.3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoSabor: Neutro Olor: Neutro Presentación: polvo blanco o blanco pálido en bolsas de 20kg, el tamaño medio de las - partículas es 90 um.
Uso: fibra insoluble usada como aditivo alimentario en aplicaciones como panificación, Ñ bebidas, cárnicos, lácteos, pescados y congelados.
Proceso de obtención: Por medio de la molienda de partes de la planta de trigo, y posterior: separación de componentes estructurales con adición de ácidos y bases en algunas etapas de producción (procesos físicos y químicos). Hay extracción de lignina y posterior molienda. de la pulpa de celulosa.
De acuerdo con lo anterior, el producto corresponde una fibra natural derivada del trigo para Uso de como aditivo alimentario; la cuale n aplicación de la Regla General Interpretativa 1, o está comprendido en la partida 47.03 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y de. acuerdo con la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida arancelaria 4706.93.00.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, | RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la. subpartida 4706.93d.el0 0Ara.nc0el0 de Aduanas, como FIBRA CORTA DE TRIGO (MICRAGE MESH 90) para uso como aditivo alimentario, y en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto
2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la señora Blanca Nidia Santa Quintero, identificada con cédula de. ciudadanía No. 24.726.995, en calidadde representante legal de la Agencia de Aduanas Siaco S.A.S Nivel 1 con NIT 800.251.957-1, en la Av Cra 97 No 24C 80 en Bogotá D.C. - Colombia, de conformidad con los artículos 763 y 764 del decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039. de 2021. - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo. procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la - presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1980 o
RESOLUCIÓN NÚMERO 006809 de 30 AGO 2021 — HojáNo.4 | Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por - - medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica - Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. -30 AGO 2021
- NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE MARÍA TRÁ NS Jefe (a) de la ct
c Subdirección de Sen écnica Aduanera: | Proyectó: Luz Mery Segura Escobar Revisó: Fidel Raúl Minotta Benitez Funcionarios de la Coordinación del Servicio Arancel. E lA NE Coordinación de dotifcaciones. a e pen West Boga, 0c. Se Gertitos Pan. eL