DIAN - Resolución 683 de 16-02-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 683 de 16-02-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
qe — — D I A N - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600083 - (16 feb. 2023) Por la cual se expide una. Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA: SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la ¿Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS | Mediante radicado No. 235410000000609 de 10 de noviembre de 2022, el señor CARLOS ALBERTO ROA VARGAS, identificado con Cédula de Ciudadanía 79.269.607, Representante Legal de la sociedad SUPER AUDIO S.A.S., con NIT: 830.115.570-2, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a peticiónde cualquier - interesado para la mercancía denominada técnicamencotmoe “PROYECTOR DE LUZ : LED” y comercialmente “LUZ PAR DE ESCENARIO PROYECTOR LUZ LED”. El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud de clasificación arancelaria en dos (2) folios, ficha técnica de la mercancía en un (1) folio, - manual del usuario en un (1) folio y soporte de pago mediante consignación en dos (2) folios. El solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos mícte ($ 532. 000,00) según. consignaciones números 65121000-0 del 04 de noviembre de 2022 y 97513901-2 del 10
de noviembre de 2022 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional « RIA No. $2025000100166398000682 del 16 de diciembre de 2022 este Despacho solicitó al usuario: explicar cómo se produce el flujo o haz de luz; informar si el proyector en su parte interna cuenta con espejo reflector y/o lente; confirmar si la mercancía está diseñada para ser instalada únicamente en techos -O paredes; aportar imágenes legibles de la etiqueta del empaque de la mercancia. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000022 del 24 de enero de 2023, con 1 cinco (5) folios. o Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique al señor CARLOS - ¿ALBERTO ROA VARGAS, a la. dirección. electrónica manifestada por el interesadoimportacionesOsuperaudio.com.co - contadorOsuperaudio.com.co; o por correo en la dirección Transversal 93 No. 31= -98, Bodega 77 3 B, Parque Empresarial PP uerta del Sol, en
- Bogotá D.C. .
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600083 de 16 feb. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Comúnde los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. - Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” (...) Partida 94.05: “Luminarias y aparatos de alumbrado (incluidos los proyectores) y sus partes, no. expresados ni comprendidos en otra parte; anuncios, letreros y placas indicadoras, luminosos y artículos similares, con fuente de luz inseparable, y sus partes no expresadas - ni comprendidas en otra parte.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada : legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” : Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,
mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. . Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes. de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000000609 del 10 de . noviembre de 2022 y E2023000100165398000022 del 24 de enero de 2023 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un proyector de luz LED para ser instalado en techos o paredes y utilizado para iluminación de interiores durante la realización de eventos. - RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600083 de 16 feb. 2023 Hoja No: 33 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación _ Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado La mercancía se presenta totalmente ensamblada lista para su instalación, en su interior posee un semiconductor que, al ser atravesado por una tensión continua, emite luz, proceso conocido como electroluminiscencia. Un diodo emisor de luz se conecta eléctricamente - para que los conductores negativos y positivos produzcan fotones (luz) en lugar de calor, con la cantidad de energía perdida y acompañada de un proceso químico previo por el que pasan los semiconductores, se genera y define el color de la luz producida. | El proyector posee 54 lentes planoconvexos con un ángulo de 42 grados que permiten la :
- dispersión uniforme de la luz, generando un tipo de luz wash. El producto: corresponde a un : proyector de luz LED, (con LEDS rojos, verdes, azules, blancos, ambar), contiene los accesorios respectivos para ser instalada en techos o paredes (manijas tomillos Y cable de poder). .
Se utiliza principalmente. en la. iluminación de interiores con fines. especiales de - entretenimiento de eventos, discotecas, eventos recreativos, etc. Admite salto de color, pulso de color, degradado de color y luces estroboscópicas. Cada led con color puro, con. | alto brillo, permite modo de contro! múltiple como reproducción automática de sonido, DMX,-: etc. Especifi caciones técnicas de la mercancía: FUENTE DE LUZ: 54 x 3 WLED (R12, 612, B12, W12, AS) -- POTENCIA NOMINAL: 180 W - FUENTE DE ALIMENTACIÓN: AC 100 — 240 V / 50 Hz-60 Hz --CANALES DMX:9 - VIDA ÚTIL: 50.000 h - UNIDAD DEL EMPAQUE: 2x CAJA - TAMAÑO DEL EMPAQUE: 22 x 22 x 29 cm -PESO:3.-6k Ñ O - MODO DE OPERACIÓN: AUTOMÁTICO / AUDIORITMICO / MÁSTER - ESCLAVO De acuerdo con la anterior información, se establece que la mercancía arancelariaiiente consiste en una luminaria eléctrica para colgar o fijar al techo o la pared del tipo proyector de luz LED, que en aplicación de la regla general interpretativa 1, está comprendida en la partida 94.05 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y de acuerdo con la Regla
- General nea 6, se ¿Cispifica en la subpartida 9405.11 20. 00 del Arancel de Adi uanas..
En mérito: de lo: anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación
Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, -RESU ELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la: subpartida 9405.11.20 del Arancel de Aduanas, como una luminaria eléctrica para colgar o fijar al techo o la pared del tipo proyector de luz, en aplicación de las Reglas Generales . - Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de - 2021 y sus modifi icaciones.. ARTÍCULO SEGUNDO. “Notificar de manera electrónica, el contenido de la bresente' Resolución al señor CARLOS ALBERTO ROA VARGAS identificado con Cédula de CiudadaníNao . 79.269.607, Representante Legal de la sociedad SUPER AUDIO NO RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600083 de 16 feb. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado “SAS con NIT 830.115.570-2, a la dirección electrónica manifestada por el interesado importacionesfOsuperaudio.com.co - contadorOsuperaudio.com.co, de conformidad con lo - establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo
114 de la resolución 039 de 2021. : o De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera “subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Transversal 93 No. 51 - 98, Bodega 73 B, Parque Empresarial . Puerta del Sol, en Bogotá D.C., de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. o - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 : de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2 ANS Coordinación de Notificación: POR UNA COLOMBIA MÁS NOVFTTA Mist Carral Donció ministrativfoue publicadp AR ÍO N-52.439 LX . Le tLalal e za A - De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600083 de 16 feb. 2023 Hoja No. 5 . Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resoluciódne Clasificación. Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoProyecto: RAUL VARGAS >
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ
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