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DIAN - Resolución 687 de 17-02-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 687 de 17-02-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

IAN -. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600087 (17 feb, 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelariaa Petición de Cualquier Interesado - o —EL(LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales gue le confiere el numeral 3. 3. 1 del:a rtículo 2 de la E Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000598 de 02 de noviembre. de 2022, la Sra. ANAELVIRA BARRAZA PÉREZ, identificada con Cédula de Ciudadanía 55.230.351, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SIA. TRADE S.A. NIVEL 1, con NIT 802.016.658-5, mandataria de la Sociedad RAFAEL DEL CASTILLO 8 CIA. S.A.- con NIT 890.400.372-0 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria apetición de cualquier interesado para la mercancia denominada técnica y comercialmente . - cOmO "LÍNEA DE EMBAJALE DE PASTA LARGA. Ñ : La interesada adjuntó a , la solicitud los siguientes: documentos: “poder y mandato. en cinco : (5) folios; copia de confirmación del pedido No. C-060-21 en diez (10) folios; listado de componentes en un (1) folio; manual del producto en veintiocho folios (28); descripción del -

  • proceso y lista de equipos en cuatro (4) folios; copia del piano en un (1) folio; catálogo con : ciclo operativo del dosificador-empacadora en dos (2) folios; flujograma en un M folio y copia de comprobante de pago en un A) folio.

La solicitante pagó un millón" sesenta y cuatro “mil pesos s mícte. (S 1, 064. 000 00) a comprobante número 100155593-6 de 26 de octubre de 2022 del Banco de Bogotá. - Mediante Requerimiento de Información Adicional-RIA 82022000100165398000654 del 06 de diciembre de 2022, este Despacho solicitó a la usuaria: indicar el rendimiento por minuto - de la máquina empacadora. Con solicitud realizada en el sistema el 27 de enero de 2023 la interesada solicitó prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. 520230001 00165398000047 del 31 de enero de 2023. Finalmente, la usuaria responde mediante radicado No. E2023000100165398000040 O del Ñ 08 de febrero de 2023, en un (1) folio, renunciando al término restante para responder.. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a la Sra. ANA . ELVIRA BARRAZA PÉREZ, a la dirección electrónica manifestada por la interesadaoe RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600087 de 17 feb. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

abarrza(Osiatrade.com.co - siatrade(Osiatrade.com.co; o por correo en la dirección Carrera 61 No. 66 - 75, en Barranquilla - Atlántico FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su ' anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. : Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Notas, Regla y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor - indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas . partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” e Nota 4 de la Sección XV “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” :

Partida 84.22 “Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás | - recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para . empaquetar o envolver mercancías (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada ' legalmente por los textosd e estas subpartidas y de las Notasd e subpartida así como, -. mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse | subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600087 de 17 feb. 2023 Hoja No, 3. “Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación l Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decreto 1165 de 2019 del Gobiemo Nacional y sus modificaciones - aítículos 303 a2 307, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación o arancelaria a petición de cualquier interesado. l e : Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas :

“Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi icación arancelaria a petición de cualquier interesado.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO : Según la' información 'suministrada' con “el radicado No. 235410000000598 de 02E S EN “noviembre de 2022 y E2023000100165398000040 del 08 de febrero de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como una combinación de máquinas y |. . - dispositivos que trabajan juntos en el transporte, pesaje y envasado de pasta larga mediante el siguiente. proceso: La pasta llega de la línea de producción y se transporta por el sistema de alimentación que : la conduce hacia el elevador de tazas para ser movida por cadenas, por medio del |. dispositivo vira-tazas se realiza la transferencia del producto al elevador que la conduce : hacia el dosificador. o : Unav vez el producto es s dosificado, pasa a través de un tobogán en zigZag el cual garantiza y una correcta caída del producto para ser entregado ¿ a la envasadora encargada de pesar yo formar el paquete. : La línea de embalaje está dotada de los siguientes equipos: 4, Un a) elevador de 3. 000 mm de largo provisto de electroválvula, cilindro FESTO ESNU- | -20-25-P-A con presión max de 10 BAR. S, encargado de transportat la pasta desde el.

elevador hasta el dosifi cador.. :

2. Un (1) tobogán: en zig-zag elaborado en acero inoxidable que recibe la pasta: del elevador _ de tazas.

3. Una a) máquina envasadora de movimiento intermitente. con estructura en acero, apta :

para el envasado y empaque de pasta larga en paquete partiendo de un film termo sellable, e - con rendimiento de 55 a 60 paquetes por minuto, dotada de: : o : Una (1) ) Unidad de pesaje con canal horizontal de alimentación dotada de un dispositivo de : -dosifi icación de volumen, tolva de pesaje y tolva refasadora de acción neumática conapertura doble que permite la descarga del producto pesado, se controla mediante unequipo electrónico completo para visualización de las pesadas efectuadas y tarjeta de: Ñ control de ejes accionados por servomotores. : Una (0) unidad de envasado constituida por unn conjunto presionadoriformador. que > permite recoger el producto proveniente de las tolvas de pesaje y encausarlo hacia el conjunto . formador adyacente pará el envasado de paquetes en dimensiones de 125 g:250g;5009, cuenta con una unidad desbobinadora ubicada en la parte inferior del conjunto presionador- «formador con regulación para el centrado del file, mediante volantín y cuchillas a expansión - para el bloqueo de la bobina. o l o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600087 de 17 feb. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Tres (3) tubos formadoresde sección redonda, apto para obtener paquetes en almohada, completo de corbata, flangia y columnas de soporte y bigotes dilatadores, apto para film mono y bisoldante, equipado con embudo superior para la conexión a la pesadora.

La máquina envasadora está provista de un tablero eléctrico alojado en la parte lateral delógica programable y un panel de comando y control situado en la parte delantera, incluye pantalla touch-screen que permite al operador introducir y visualizar los parámetros de funcionamiento de equipo. Visto lo anterior, se tiene que los equipos listados en los numerales 1 al 3 corresponden a - arancelariamente a una combinación de máquinas y equipos que trabajan juntos en el empaque de productos alimenticios, que en atención a la Nota 4 de la Sección XVI y de - - conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1 se clasifica en la partida 84.22 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8422.40.90.90 del Arancel de Aduanas deColombia. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación - Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8422.40.90.90 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas y aparatos utilizados en el empaque de productos alimenticios, en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y de conformidad con las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica,e l contenido de la presenteResolución a la señora ANA ELVIRA BARRAZA PÉREZ identificada con Cédula de

Ciudadanía No. 55.230.351, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SIA TRADE S.A. NIVEL 1 con NIT 802.016.065-8, a la dirección electrónica manifestada por la interesada abarrzaOsiatrade.com.co - siatrade(Osiatrade.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por elartículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Carrera 61 No. 66 - 75 en Barranquilla - Atlántico de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar a la interesada que contra el presente acto administrativo . procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 201 9y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicaciónde la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo

ES RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600087 de 17 feb. 2023 3 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119. - de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publiquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE - De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta fi rma electrónica tiene plena validez y sl remplaza en todos sus 5 efectos a la firma manuscrita.

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera “Proyecto: SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL - Revisó: FÍDEL RAUL MINOTTA BENITEZ DD J A Nr Coordinación de Noti s o . AURA pro cra a ss ones e críiica que a o inis; e apo spE der 201.Al . publicado LF103 12027 ma E) 77 SS pe

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