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DIAN - Resolución 688 de 13-06-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 688 de 13-06-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

| Ñ POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA | _ RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600088 (13 jun. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasif icación Arancelaria - a Petición de Cualquier interesado EL (LA) JEFE de DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA: En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de ta Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes oo ¿HECHOS : Mediante radicado No.. 235410000000025 de 07 de febrero de 2022, el (la) Sr. (a) JUAN. PABLO : -MOLINA ECHEVERRI, identificado(a) con cédula de ciudadanía 16.860.647, Representante Legal. de la sociedad CARVAJAL PULPA Y PAPEL S.A., con NIT. 890.301.960-7, presentó una solicitud . de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como "TURBO GENERADOR? o El(la) interesado(a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de - solicitud - diligenciado en la plataforma SARP en tres (3) folios, documento con descripción de la mercancíaen doce (12) folios, copia de constancia de consignación en dos (2) folios, "documento titulado “fotografía” en siete (7) folios y documento titulado “Plano” en un (1) folio. : Ella) solicitante pagó un millón doscientos sesenta y seis mil doscientos noventa y tres pesos Mcte -

($ 1.266.293) según transferencias del 19 de enero de 2022 y del 02 de febrero de 2022 desde el. Banco Bancolombia al Banco de Bogotá. o - Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA 82022000100165398000015 del 28 de: febrero de 2022, este Despacho solicitó al usuario (a): realizar un diagrama de flujo donde se divida el proceso que realiza la unidad funcional en etapas, describir las actividades que se realiza en cada una y relacionar las máquinas grosso modo que se utilizan y como están conectadas entre sí, de igual forma realizar un listado general de máquinas de la unidad funcional donde se indique la - cantidad, nombre de la máquina, marca, referencia, dimensiones características técnicas (potencia, : voltaje, capacidad, entre otras), función que realiza y relacionar los equipos auxiliares. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 21 de abril de 2022 Ela) interesado(a) solicito prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No, S2022000100165398000149 del. 227 de. abril de 2022, Ella) usuario(a) responde mediante — radicado(s) No.- E2022000100165398000104 del 06 dej junio de 2022, con 8 folios, renunciando al término restante. - Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifi ique a (enla) Sr(a) ADRIANA ' MARÍA RIVERA YEPES, a la dirección electrónica manifestada por -el interesado(a) : adrianamaría.riverayepesOcarvajal.com - jesus.orozco(Mcarvaja!.com; o por correo en la dirección

Kb 6 ANTIGUA CARRETERA CALI - YUMBO, en Yumbo - Valle del Cauca. FUNDAMENTOS DE DERECHO . Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codifi cación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. l Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley ge de 1973. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600088 de 13 jun. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de ta Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. : Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichás partidas y Notas, de acuerdo : con las Reglas siguientes.” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, “comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida

correspondiente a la función que realice.” : e Partida 85.02: - "Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos” - | Regla General interpretativa 6: | “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada . legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas delmismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” | Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, mediante : el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a - petición de cualquier interesado, o Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionalesmediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. o ON o -— CONSIDERACIONEDSEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000025 de 07 de febrero de 2022 : y E2022000100165398000104 del 06 de junio de 2022 la mercancía objeto de clasificaciónarancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y equipos que convierten la energía cinéticaproveniente de las calderas en energía eléctrica. El proceso se lleva a cabo en los siguientes pasos: en la turbina se convierte la energía térmica del...

vapor de alta presión en energía cinética, con los cuales se hacen girar los engranajes que a la vez accionan el generador para convertir la energía cinética en energía eléctrica. Para la realizaciódnel anterior proceso; se presentan los siguientes elementos, necesarios para la instalación, montaje y puesta en funcionamiento de la turbina-generador:

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600088 de 13 jun. 2022 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual s: e expide una resolución de Clasificación .. - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

1. Una (1) Turbina de vapor. Función: Convertir energía térmica del vapor en energía cinética. : - Dimensiones: Capacidad de 18,2MW, 4,8m (ancho) x 3,0m (largo) x 3,3m (alto). Características - técnicas: Turbina de vapor horizontal multi-etapas (17 etapas) de flujo axial a contrapresión de 18,225 MW con extracción controlada, velocidad de giro 7.448 RPM. Flujo de vapor de admisión; 140 Toníh a 65 barg y 450"C. Flujo de extracción; 35 Ton/h a 11.5 bar. Flujo de escape; 110 Tonm a 4.0 bar. Componentes: Condensador de sellos (Gland Vent Condenser), panel de control de la turbina e instrumentación (sensores de velocidad, transmisores de presión, temperatura, entre otros) y central de lubricación.

2. Un 70) Reductor de engranajes. Función: Reducir velocidad y aumentar toque, acople entre la: turbina y el generador. Dimensiones: Capacidad de 19,100 kWe, F.S 1.5. Características técnicas:

  • Reductor horizontal de reducción simple con doble engranajes helicoidales. Relación de reducción: 1/4,137. Velocidad de entrada 7.448 RPM. Velocidad de salida 1.800 RPM. Factor de servicio: 1.5. Componentes: Dispositivo de giro lento (Barring gear), instrumentación. - -3, Un (Mm Generador. Función: Convertir energía cinética en energía eléctrica. Dimensiones: Capacidad de 22.78 MVA (18.22MW). Características técnicas: Generador : sincrónico de 22.781.

MVA, 13,2 KV, 60 Hz, 1800 rpm, 4 polos, factor de potencia 0.8, brushless, IP 54. Componentes: - interruptor del generador, Celda de pararrayos, Relé de protección, Panel AVR, panel de medición y sincronismo, , Panel de punto neutro, Baterías y cargador de baterías. ' Del análisis de la información que precede, se establece que las. máquinas establecidas en los numerales 1 a 3 corresponden a un conjunto de máquinas que trabajan conjuntamente y conectadas . - entre sí para la obtención de energía eléctrica alterna a partir de energía térmica del vapor de agua; que de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XV! y de la Regla General interpretativa 1 queda comprendido en la partida 85.02 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y acorde con la Regla General interpretativa 6 se clasifi ica en la subpartida 8502.39. 10. 00 del Arancel de Aduanas. : l - Teniendo en cuenta que, para el caso enh particular el servicio de clasificación arancelaria tiene un

. valor equivalente a un millón sesenta y dos mil pesos Mcte. ($1.064.000), de acuerdo con los. comprobantes aportados para el trámite queda un saldo a favor de dos cientos dos mil doscientos noventa y tres pesos Mcte ($202.293), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, oen. su defecto solicitar la devolución. . : En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación : Arancelaria de la Subdirección +éenica Aduanera, . RESU ELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida -8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, como un grupo electrógeno de corriente alterna en aplicación de la Nota 4 de la 4 de la Sección XV! y acorde con las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido dee la presente Resolución al señor(a) ADRIANA MARÍA RIVERA YEPES identificado(a) con cédula de ciudadanía No.: 66.952.975, Representante Legal suplente de la sociedad CARVAJAL PULPA Y PAPEL. - S.A. con NIT. - 890.301.960-7, a la dirección electrónica manifestada por — (ella) interesado(a) adrianamaria. riverayepesOcarvajal.com - — jesus.orozcoOcarvajal.com de conformidad con lo establecido: en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el

artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021, o De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notifi icará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso . en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección KM 6 ANTIGUA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600088 de 13 jun. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado CARRETERA CALI - YUMBO en Yumbo - Valle del Cauca de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado(a) que contra el presente acto administrativo - procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el. Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de -

. 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por mediode la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su. competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE - (2 LAN 2022-08-13 /07:30:14 A.M. qa Ácueede Recibo ¿5

Ez De conformidad: con la. resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tienee plena validez y - remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: LEONARDO RICÓ ON : " Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ - cd POR UNA COLOMBIA AR ms cordinación de Notificaciones loe! Contral Bogotá DO Sec e que ala Ao E vo fueZ ea

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