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DIAN - Resolución 688 de 17-02-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 688 de 17-02-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

AS YA _. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600088 (17 feb. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria: Ñ a Petición de Cualquier interesado -ELJEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA Es SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes ea HECHOS Mediante radicado No. 235410000000427 de 05 de agosto de 2022, la señora MARIA AMELIA JIMENEZ MAZUERA, identificada con cédula de ciudadanía No. 30391078, Representante Legal suplente de la AGENCIA DE ADUANAS BLU LOGISTICS SA NIVEL 1, con NIT 830045523-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente "EQUIPO DE INFUSIÓN” y comercialmente “SET DE INFUSIÓN”. La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos, que se relacionan de . acuerdo con los nombres utilizados en la solicitud: catálogo en tres (3) folios, ficha técnica - en tres (3) folios, fotografía en dos (2) folios, mandato en dos (2) folios y comprobante de - Pago en un (1) folio. E o La solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos Mcte ($ 532.000,00)' segúnTransferencia número 1082022 de 01 de agosto. de 2022, de Bancolombia S. A. al Banco :

de Bogotá. . Mediante Requerimiento de Información Adicional-RIA No. . S2022000100165398000437- - del 29 de agosto de 2022, este Despacho solicitó a la usuaria: especificar a qué elemento, aparato o equipo se conectan directamente, tanto el punzón, como el “Luer head”, indicar ' el material de los materiales de construcción de este equipo y señalar la utilidad del puerto - “Y”, Con solicitud realizada en el sistema de fecha 03 de noviembrede 2022, la interesada solicitó — prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio ' No.S2022000100165398000608 del 04 de noviembre de 2022, La usuaria responde . mediante radicado No. E2023000100165398000008 del 04 de enero de 2023, con 6 folios, renunciando al tiempo restante para dar respuesta. - Según to señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a la: señora MARIAAMELIA” JIMENEZ MAZUERA, : a las direcciones - electrónicas: manifestadas por la: RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600088 de 17 feb. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado interesada: maria. jimenezGblulogistics.com - diego.celisWblulogistics.com; o por correo en | la dirección CARRERA 54 H5C-33, en Bogotá, D.C. Ñ FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su

anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y Ñ otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” : Nota 2. u) del Capitulo 39: “Este Capítulo no comprende: (...) u) los artículos del Capítulo 90 (por ejemplo: elementos de óptica, monturas (armazones) - de gafas (anteojos), instrumentos de dibujo);” Partida 90.18: “Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología O veterinaria, incluidos los de : centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas | : visuales.” o Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como,

mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : RESOLUCIÓN NÚMERO Ras de 17 feb, 2023 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasifi icación arancelaria a petición de cualquier interesado. | - CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún llaa información suministrada con los radicados Nos. 23541 0000000427 de 05 de o . - agosto de 2022 y E2023000100165398000008 del 04 de enero de 2023, la mercancía - objeto de clasificación arancelaria, se describe como una manufactura de material plástico . y forma alargada, con las siguientes características: Equipo de venoclisis, utilizado para administrar por gravedad soluciones (anestesia, “infusión de fármacos, sedantes) desde un contenedor hasta el: sistema vascular de un | - paciente a través de una aguja o catéter insertado en la vena, el cual no hace parte de

equipo; se compone de los siguientes elementos, necesarios para el objetivo del producto, - que se nombran de arriba hacia abajo en su posición de trabajo:

1. Tapa del dispositivo de cierre

2. Dispositivo. de cierre y perforación, termina e« n punta; se retira laa tapa y se conecta a la solución que se va a infundir

3. Canal de fluido

4. Tubo de goteo - 5. Cámara de goteo

6. Tubo flexible traslúcido, longitud mínima de 150 cm7. Regulador de flujo con rueda móvil - 8, Puerto en “Y” para aplicación de medicamento

9. Cono Luer head” intravenosa, se conecta al jelco (no incluido) que ingresa. a la vena

10. Tapa protectora de “Luer head”. o Se presenta esterilizado : en empaque individual de papel grado médico y película plástica, en embalaje secundario de bolsa por 25 unidades y embalaje terciario, caja de cartón de 500 unidades; diseñado para un solo uso en instituciones médicas, laboratorios y . ambulancias, para adultos y niños. ll De acuerdo a la: anterior, información, el producto objeto de solicitud correspondeE “arancelariamente aun: instrumento de uso en medicina para la infusión de líquidos, que enaplicación de la Regla General Interpretativa 1 se clasifica en la partida 90.18 de la - | - nomenclatura dei Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa E 6 se clasifica en la Subpartida 9018. 90. 90. 00 del Arancel de Aduanas. o : En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (8) de la Coordinación de Clasificación

Po Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE : ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 9018.90.90.00 del Arancel de Aduanas, como un instrumento de medicina para la infusión de líquidos, no electromédico, en aplicación de la Nota 2. u) del Capítulo 39 y de : acuerdo a las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Debreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600088 de 17 feb. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora MARÍA AMELIA JIMENEZ MAZUERA identificada con cédula de ciudadanía No. 30391078, Representante Legal suplente de la AGENCIA DE ADUANAS BLU LOGISTICS S A NIVEL 1 con NIT 830045523-5, a las direcciones electrónicas | manifestadas por. la interesada: maria.j¡imenezGOblulogistics.comdiego.celisGdblulogistics.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de

2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se ' notificará por. correo a la dirección procesal informada por la usuaria, o de manera - subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas -. Nacionales en la dirección CARRERA 54 H5C-33 en Bogotá, D.C, de conformidad con loestablecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con . lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119. de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto ad ER por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

AAN Conidinación de Notifcacia Ss > PONSAO A de BEA Meat C » Bonots aY ) 7 Ss cerffica que al us aida e e 7 EYZR De conformidad con la resolución No, 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA | - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera . . 2E

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600088 de 17 feb. 2023 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - + Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

Proyecto: LUIS ALBERTO CAMARGO CAMACHO -—

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA -

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