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DIAN - Resolución 69 de 28-10-2019

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 69 de 28-10-2019
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2019

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 (2 8 O C T 20 1 9 ) Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria EL DIRECTOR GENERA( L D E I M P U E S T O S Y A ) DUANAS NACIONALES ( ) En uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en el numeral 5º del artículo 9º del Decreto Ley 2245 de 2011; los numerales 7 y 12 del artículo 6º del Decreto 4048 de 2008, y en desarrollo del numeral 6º del artículo 9º y el inciso segundo del artículo 90º de la Resolución Externa No. 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, y

CONSIDERANDO:

1. Que conforme al artículo 88º de la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, la declaración de cambio es la información de los datos mínimos de las operaciones de cambio canalizadas por conducto del mercado cambiario, suministrada por los residentes y no residentes que realizan operaciones de cambio.

2. Que de acuerdo con el artículo 90º de la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República y el punto 1.2.1, literal b) de su Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 de 2018, los residentes que efectúen operaciones de cambio están obligados a conservar los documentos que acrediten el monto, características y demás condiciones de la operación y el

origen o destino de los recursos, según el caso, por un período igual al de caducidad o prescripción de la acción sancionatoria por infracciones al régimen cambiario, previendo que tales documentos deberán presentarse a las entidades encargadas del control y vigilancia del cumplimiento del régimen cambiario que los requieran o dentro de las actuaciones administrativas que se inicien para determinar la comisión de infracciones cambiarias.

3. Que el numeral 6º del artículo 9º de la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República establece que los intermediarios del mercado cambiario están obligados a suministrar la información y la colaboración que requieran las autoridades competentes, entre ellas la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para sus propósitos de control cambiario o cualquier otro de su competencia.

4. Que el Banco de la República en el Capítulo 12.2 de la Circular Reglamentaria

Externa DCIN 83 de mayo 25 de 2018, incorporó el Anexo No. 3 a la citada

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 2

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ Circular con el listado de numerales o códigos asignados para identificar las operaciones de cambio de ingreso y egreso que afectan la Balanza Cambiaria, los cuales deben ser utilizados por los residentes y no residentes al presentar las declaraciones de cambio.

5. Que mediante el punto Vigésimo Cuarto de la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 del 28 de noviembre de 2017; el Anexo 3 de la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 del 25 de mayo de 2018; los puntos Cuarto, Octavo, Décimo Noveno y Vigésimo Segundo de la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 de septiembre 24 de 2018, Quinto de la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 de noviembre 28 de 2018 y Segundo de la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 de junio 18 de 2019 del Banco de la República, se modificó el nombre de los numerales cambiarios 1061, 1815, 2903, 4505 y 4506; y se adicionaron y modificaron, entre otros, los numerales cambiarios 1645, 2619, 4018, 4525, 5457, 5458, 5806 y 5807, los cuales describen operaciones sujetas al control y vigilancia de la DIAN, en virtud de la competencia señalada por los numerales 4º y 5º del artículo 3º del Decreto 4048 de 2008.

6. Que los numerales adicionados y modificados conforme a la normatividad señalada en el punto 5 precedente, forman parte y se encuentran incluidos en el Anexo 3 de la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 del Banco de la República, actualizada a marzo 29 de 2019.

7. Que el artículo 17º de la Ley 9ª de 1991 autorizó a los residentes en el país la libre tenencia y posesión de activos en el exterior, siempre y cuando hayan sido

adquiridos o se adquieran con divisas que no deban ser transferidas o negociadas por medio del mercado cambiario, las que no estarán sujetas al régimen general de la inversión de capitales del exterior en el país y de las inversiones colombianas en el exterior.

8. Que el artículo 2.17.2.7.1 del Decreto Único Reglamentario 1068 de 2015, adicionado por el artículo 2º del Decreto 119 de 2017, señaló que no estarán sujetas al régimen general de inversiones de capital del exterior en Colombia y de capital colombiano en el exterior, las inversiones y activos en el exterior de que trata el artículo 17 de la Ley 9ª de 1991; la tenencia de divisas por residentes en el país en los términos del artículo 7º de la misma ley; las inversiones temporales realizadas en el exterior por residentes en el país, ni la tenencia y posesión en el exterior, por residentes en el país, de las divisas que deban ser transferidas o negociadas por medio del mercado cambiario.

9. Que el numeral 5º del artículo 2.17.1.4 del Decreto Único Reglamentario 1068 de 2015, en concordancia con el numeral 5º del artículo 41 de la Resolución Externa 1 de 2018 de la Junta Directiva del Banco de la República, señaló que las inversiones financieras en títulos emitidos y en activos radicados en el exterior, así como los rendimientos asociados a las mismas, deberán canalizarse a través del mercado cambiario, salvo cuando dichas inversiones se efectúen con divisas

provenientes de operaciones que no deban canalizarse a través de dicho mercado.

10. Que la Junta Directiva del Banco de la República en los artículos 60º y 82º de la Resolución Externa 1 de 2018 y el Banco de la República, en el capítulo 7.4 de la

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 3

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 de 2018, regularon las modalidades de inversiones financieras y en activos en el exterior obligadas a ser canalizadas a través del mercado cambiario por parte de los residentes, señalando que tal canalización no se exigirá si las inversiones se efectúan en el exterior con divisas que se reciban por concepto de operaciones que no deban canalizarse a través de dicho mercado.

11. Que de acuerdo con el numeral 11º del artículo 7º del Decreto 1023 de 2012, corresponde a la Superintendencia de Sociedades “ejercer las funciones relacionadas con el cumplimiento del régimen cambiario en materia de inversión extranjera en Colombia, inversión colombiana en el exterior por parte de personas naturales y jurídicas, así como sobre las operaciones de endeudamiento externo efectuadas por empresas o sociedades públicas o privadas.”

12. Que, conforme al considerando anterior, se desprende que las operaciones de inversiones financieras y en activos en el exterior no son objeto de las funciones

de vigilancia que le competen ejercer a la Superintendencia de Sociedades, siendo, en consecuencia, operaciones que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales debe controlar y vigilar de conformidad con lo señalado por el numeral 5º del artículo 3º del Decreto 4048 de 2008, para lo cual es necesario incluir los numerales cambiarios relacionados con estas operaciones dentro del listado de numerales que deben reportar información a esta entidad de control.

13. Que el Banco de la República mediante los puntos Trigésimo Primero de la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 de septiembre 24 de 2018 y Séptimo de la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 de junio 18 de 2019, modificó algunos de los propósitos de los préstamos externos que se diligencian en la Sección V

“Descripción del Préstamo” del Formulario No. 6 “Información de endeudamiento externo otorgado a residentes”, que describen operaciones controladas por la DIAN en virtud de la competencia señalada por los numerales 4º y 5º del artículo 3º del Decreto 4048 de 2008.

14. Que, asimismo, el Banco de la República mediante el punto 12.1, literal a), de la Circular Reglamentaria Externa DCIN 83 de mayo 25 de 2018 incorporó el

Formulario No. 7 “Información de endeudamiento externo otorgado a no residentes”, e incluyó nuevos códigos y propósitos de préstamos externos descritos en la Sección V “Descripción del Préstamo” del instructivo del citado formulario, modificados, a su vez, por el punto Trigésimo Tercero de la Circular

Reglamentaria Externa DCIN 83 de septiembre 24 de 2018, en operaciones asignadas al control y vigilancia de la DIAN en virtud de la competencia señalada por el numeral 5º del artículo 3º del Decreto 4048 de 2008.

15. Que, en consecuencia, deben incluirse las modificaciones del régimen cambiario efectuadas por las Circulares Reglamentarias Externas DCIN 83 de noviembre 28 de 2017; mayo 25 de 2018; septiembre 24 de 2018, noviembre 28 de 2018 y junio 18 de 2019, todas del Banco de la República, relacionadas con la obligación de presentar la información de las operaciones de cambio de competencia de la DIAN a través de los servicios informáticos electrónicos, actualizando para el efecto el contenido del artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y el contenido de las tablas de códigos de propósito de préstamos externos que forman parte de los anexos 5 y 6 de la Resolución 09147 de 2006 de la DIAN.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 4

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________

16. Que de acuerdo con los numerales 4º y 5º del artículo 3º del Decreto 4048 de 2008, corresponde a la DIAN ejercer, entre otras, las funciones de dirigir, administrar, controlar y vigilar el cumplimiento de las obligaciones cambiarias por

importación y exportación de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiación en moneda extranjera de importaciones y exportaciones y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones a nivel nacional; así como controlar y vigilar las operaciones derivadas del régimen cambiario que no sean competencia de otra entidad. 17 Que el numeral 5º del artículo 9º del Decreto Ley 2245 de 2011 faculta al Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para solicitar a los intermediarios del mercado cambiario, a los demás agentes autorizados para realizar operaciones de cambio, a los titulares de cuentas de compensación registradas en el Banco de la República, así como a terceros, la información relacionada con dichas operaciones que se realicen con o a través de estas entidades y cuentas, en la forma y términos que para el efecto se determine mediante resolución de carácter general.

18. Que para el cumplimiento de los propósitos señalados por el numeral 8º del artículo 8º de la Ley 1437 de 2011, la presente resolución fue publicada en la etapa previa a su expedición en la página de Internet de la DIAN.

RESUELVE: ARTÍCULO 1º. Modifíquese el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999, el cual quedará así: “Artículo 1. Información a suministrar. Los intermediarios del mercado cambiario autorizados para canalizar operaciones pertenecientes a dicho mercado, los titulares de cuentas de compensación y los concesionarios de servicios de correos que presten servicios financieros de correos deberán presentar a la Unidad Administrativa Especial - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en la forma y en los

términos establecidos por la Resolución 09147 de 2006 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, o sus posteriores modificaciones o adiciones adoptadas por esta Entidad, la información relacionada con las operaciones de cambio realizadas por conducto de tales organismos o a través de dichas cuentas, respecto de los siguientes numerales cambiarios: IMPORTACIONES DE BIENES 2014 Importaciones de bienes pagados con tarjeta de crédito emitida en Colombia cobrada en moneda legal colombiana.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 5

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ 2015 Giro por importaciones de bienes ya embarcados en un plazo igual o inferior a un (1) mes y por importaciones de bienes pagadas con divisas o con tarjeta de crédito emitida en el exterior o en Colombia cobrada en divisas. 2016 Gastos de importación de bienes incluidos en la factura de los proveedores de los bienes y/o contrato de compraventa de bienes. Gastos de exportación. 2017 Pago anticipado de futuras importaciones de bienes, efectuado con recursos propios de los importadores residentes en Colombia o compra de mercancías por usuarios de zona franca. 2060 Pago de importación de bienes en moneda legal colombiana. 2022 Giro por importaciones de bienes ya embarcados en un plazo superior a un (1) mes e inferior o igual a doce (12) meses, financiadas por proveedores u

otros no residentes, o pagadas con tarjeta de crédito emitida en el exterior cobrada en divisas. 2023 Giro por importaciones de bienes ya embarcados en un plazo superior a un (1) mes e inferior o igual a doce (12) meses, financiadas por Intermediarios del Mercado Cambiario, o pagadas con tarjeta de crédito emitida en Colombia cobrada en divisas. 2024 Giro por importaciones de bienes ya embarcados en un plazo superior a los doce (12) meses, financiadas por proveedores u otros no residentes, o pagadas con tarjeta de crédito emitida en el exterior cobrada en divisas. 2025 Giro por importaciones de bienes ya embarcados en un plazo superior a los doce (12) meses, financiadas por Intermediarios del Mercado Cambiario, o pagadas con tarjeta de crédito emitida en Colombia cobrada en divisas. 2026 Dación en pago de importaciones de bienes. EXPORTACIONES DE BIENES 1000 Reintegro por exportaciones de café. 1010 Reintegro por exportaciones de carbón incluidos los anticipos. 1020 Reintegro por exportaciones de ferroníquel incluidos los anticipos. 1030 Reintegro por exportaciones de petróleo y sus derivados, incluidos los anticipos. 1040 Reintegro por exportaciones de bienes diferentes de café, carbón, ferroníquel, petróleo y sus derivados y por exportaciones de bienes pagados con divisas o con tarjeta de crédito. 1043 Reintegro por exportaciones de bienes en un plazo superior a los doce (12) meses, financiados por el exportador.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 6

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ 1044 Dación en pago de exportaciones de bienes. 1045 Anticipos por exportaciones de café. 1050 Anticipos por exportaciones de bienes diferentes de café, carbón, ferroníquel, petróleo y sus derivados. 1060 Pago de exportaciones de bienes en moneda legal colombiana. 1061 Pago de exportaciones de bienes en moneda legal colombiana con tarjeta de crédito. 1510 Gastos de exportación de bienes incluidos en la declaración de exportación definitiva.

ENDEUDAMIENTO EXTERNO Y AVALES Y GARANTÍAS – INGRESOS 1063 Pago de exportaciones de bienes en moneda legal colombiana (financiadas a más de doce (12) meses). 1630 Intereses y comisiones por créditos otorgados por residentes en el país a no residentes. 1642 Ejecución de avales y garantías en moneda extranjera otorgados por no residentes 1643 Ejecución de avales y garantías en moneda extranjera emitidos por los intermediarios del mercado cambiario pagaderos en divisas, para respaldar la seriedad de la oferta y cumplimiento de empresas extranjeras y colombianas (Art. 59, numeral 1, literal e) inciso i de la R.E. 8/2000 J.D.) 1644 Ejecución de avales y garantías en moneda extranjera emitidos por los intermediarios del mercado cambiario pagaderos en divisas, para respaldar el

cumplimiento de las obligaciones de empresas nacionales y con capital del exterior que realicen actividades de exploración y explotación de petróleo y gas natural (Art. 59, numeral 1, literal e) inciso iv de la R.E. 8/2000 J.D.) 1645 Ingreso de divisas por ejecución de avales o garantías a favor del beneficiario residente. 4000 Desembolso de créditos – deuda privadaotorgados por IMC o entidades públicas de redescuento a residentes en el país. 4005 Desembolso de créditos - deuda privadaotorgados por no residentes a residentes. 4018 Desembolso de créditos de prefinanciación de exportaciones. 4020 Amortización de créditos otorgados por residentes en el país a no residentes. 4021 Pagos de créditos externos activos desembolsados en moneda legal. 4022 Desembolso de créditos – prefinanciación de exportaciones de café- otorgados por IMC o no residentes a residentes.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 7

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ 4024 Desembolso de créditos – prefinanciación de exportaciones de bienes diferentes de café otorgados por IMC o no residente a residentes.

ENDEUDAMIENTO EXTERNO Y AVALES Y GARANTÍAS – EGRESOS 2063 Pago de importaciones de bienes en moneda legal colombiana (financiadas a

más de seis (6) meses). 2125 Intereses de créditos –deuda privadaotorgados por IMC o entidades públicas de redescuento a residentes en el país. 2135 Intereses de créditos –deuda privadaotorgados por proveedores u otros no residentes a residentes. 2230 Comisiones y otros gastos por créditos – deuda privadaotorgados por IMC o entidades públicas de redescuento a residentes. 2240 Comisiones y otros gastos de créditos - deuda privadaotorgados por no residentes a residentes. 2612 Restitución de avales y garantías en moneda extranjera emitidos por los intermediarios del mercado cambiario pagaderos en divisas, que respaldan la seriedad de la oferta y cumplimiento de empresas extranjeras y colombianas (Art. 59, numeral 1, literal e) inciso i de la R.E. 8/2000 J.D.) 2613 Restitución de avales y garantías en moneda extranjera emitidos por los intermediarios del mercado cambiario pagaderos en divisas, que respaldan el cumplimiento de obligaciones contraídas por residentes en el país derivadas de contratos de exportación de bienes o prestación de servicios no financieros en el exterior (Art. 59, numeral 1, literal e) inciso ii de la R.E. 8/2000 J.D.) 2614 Restitución de avales y garantías en moneda extranjera emitidos por los intermediarios del mercado cambiario pagaderos en divisas, que respaldan obligaciones de no residentes (Art. 59, numeral 1, literal e) inciso iii de la R.E. 8/2000 J.D.) 2615 Restitución de avales y garantías en moneda extranjera emitidos por los

intermediarios del mercado cambiario pagaderos en divisas, que respaldan obligaciones de residentes correspondientes a la compra de petróleo crudo y gas natural de producción nacional a las empresas con capital del exterior que realicen actividades de exploración y explotación de petróleo y gas natural (Art. 59, numeral 1, literal e) inciso iv de la R.E. 8/2000 J.D.) 2616 Restitución de avales y garantías en moneda extranjera. 2619 Egreso de divisas por la ejecución de avales o garantías. 2620 Intereses y comisiones por avales y garantías en moneda extranjera otorgados por no residentes.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 8

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ 4500 Amortización de créditos – deuda privadaotorgados por IMC o entidades públicas de redescuento a residentes en el país. 4501 Prepago de créditos –deuda privadaotorgados por IMC o entidades públicas de redescuento a residentes. 4505 Amortización de créditos - deuda privadaotorgados por proveedores u otros no residentes a residentes. 4506 Prepago de créditos –deuda privadaotorgados por proveedores u otros no residentes a residentes. 4520 Desembolso de créditos otorgados por residentes en el país a no residentes. 4522 Amortización de créditos –prefinanciación de exportaciones de café -

otorgados por IMC o no residentes a residentes. 4524 Amortización de créditos -prefinanciación de exportaciones de bienes diferentes de café – otorgados por IMC o no residentes a residentes. 4525 Amortización de créditos de prefinanciación de exportaciones. SERVICIOS, TRANSFERENCIAS Y OTROS CONCEPTOS - INGRESOS 1070 Venta de petróleo crudo y gas natural de producción nacional. 1510 Gastos de exportación de bienes no incluidos en la declaración de exportación definitiva. 1520 Servicios portuarios y de aeropuerto. 1530 Turismo 1535 Servicio de transporte por tubería de petróleo crudo y gas natural. 1536 Contratos de Asociación – Ingresos 1595 Rendimientos o dividendos de inversión financiera en títulos emitidos en el exterior. 1598 Rendimientos de la inversión financiera en activos fijos en el exterior. 1599 Rendimientos de la inversión financiera especial. 1600 Compra a residentes que compran y venden divisas de manera profesional. 1601 Otros conceptos. 1695 Servicios culturales, artísticos y deportivos. 1696 Pasajes 1703 Servicios de comunicaciones.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 9

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ 1704 Comisiones no financieras. 1706 Viajes de negocios, gastos educativos, pagos laborales a residentes,

seguridad social. 1707 Servicios diplomáticos, consulares y organismos internacionales. 1708 Comercialización de mercancías de usuarios de zona franca. 1710 Servicios médicos, quirúrgicos y hospitalarios. 1711 Suscripciones, cuotas de afiliación y aportes periódicos. 1712 Venta de mercancías no consideradas exportación. 1713 Arrendamiento operativo. 1714 Servicios de publicidad. 1716 Construcción, remodelación y ampliación de vivienda. 1809 Remesas de trabajadores. 1810 Donaciones y transferencias que no generan contraprestación. 1812 Remesas de trabajadores para la adquisición de vivienda. 1813 Remesas de personas naturales colombianas no residentes con destino a cuentas de ahorro de trámite simplificado. 1815 Marcas, patentes, regalías y compensaciones. 1840 Servicios empresariales, profesionales y técnicos 1980 Seguros y reaseguros. 1990 Remesas pagadas en moneda legal colombiana a través de concesionarios de servicios de correos. 1991 Ingreso de divisas en cuentas de compensación por servicios financieros de correos. 4058 Redención o liquidación de la inversión financiera en títulos emitidos en el exterior. 4065 Redención o liquidación de la inversión financiera en activos fijos radicados en el exterior. 4066 Redención o liquidación de la inversión financiera especial. 5366 Compra de saldos de cuentas de compensación de Ecopetrol. 5375 Operaciones de derivados o por el pago de margen o prima. 5378 Traslados entre cuentas de compensación de un mismo titular. Ingresos.

5379 Compra de saldos de cuentas de compensación del - sector privado -.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 10

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ 5381 Compra de saldos de cuentas en moneda extranjera en intermediarios del mercado cambiario – sector privado -. 5382 Compra de saldos de cuentas en el exterior – Sector Privado. 5385 Errores Bancarios de cuenta de compensación. 5386 Traslado de recursos líquidos entre administradores de activos en el exterior – ingreso. 5387 Ingresos por traslados desde la cuenta del mercado no regulado del mismo titular. 5395 Compra de saldos de cuentas de compensación de la Federación Nacional de Cafeteros. 5451 Ingreso de divisas por liquidación en cuentas de compensación de contratos de derivados peso-divisa o divisa-divisa a través de cuentas de compensación, celebrados entre Ecopetrol e IMC o agentes del exterior autorizados. 5452 Ingreso de divisas por liquidación de contratos de derivados peso-divisa o divisa-divisa a través de cuentas de compensación, celebrados entre la Federación Nacional de Cafeteros e Intermediarios del Mercado Cambiario o agentes del exterior autorizados. 5453 Ingreso de divisas por liquidación de contratos de derivados peso-divisa o divisa-divisa a través de cuentas de compensación, celebrados entre entidades del sector privado e Intermediarios del Mercado Cambiario o

agentes del exterior autorizados. 5455 Compra de divisas a agentes del exterior proveedores de cobertura por liquidación de contratos de derivados. 5457 Compra de divisas para acreditar cuentas de no residentes de uso exclusivo para operaciones de crédito externo en moneda legal. 5458 Venta en moneda extranjera a no residentes de cartera o instrumentos de pago de operaciones internas. SERVICIOS, TRANSFERENCIAS Y OTROS CONCEPTOS - EGRESOS 2016 Gastos de importación y/o exportación de bienes no incluidos en la factura de los proveedores de los bienes y/o contrato de compraventa de bienes o en la declaración de exportación. 2018 Compra de petróleo crudo y gas natural de producción nacional. 2030 Servicios portuarios y de aeropuerto. 2040 Turismo.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 11

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ 2126 Intereses por financiación de importaciones – deuda privada – otorgadas por IMC. 2136 Intereses por financiación de importaciones – deuda privada – otorgadas por proveedores u otros no residentes. 2621 Contratos de Asociación – Egreso 2800 Servicios de comunicaciones. 2850 Comisiones no financieras 2895 Servicios culturales, artísticos y deportivos. 2896 Pasajes. 2900 Viajes de negocios, gastos educativos, pagos laborales a no residentes,

seguridad social. 2903 Marcas, patentes, regalías y compensaciones. 2904 Otros conceptos. 2905 Venta a residentes que compran y venden divisas de manera profesional. 2906 Servicios empresariales, profesionales y técnicos. 2907 Servicios diplomáticos y consulares y de organismos internacionales. 2908 Comercialización de mercancías de usuarios de zona franca. 2909 Servicio de transporte por tubería de petróleo crudo y gas natural. 2910 Donaciones, transferencias y remesas de trabajadores no residentes que no generan contraprestación. 2913 Servicios médicos quirúrgicos y hospitalarios. 2914 Suscripciones, cuotas de afiliación y aportes periódicos. 2915 Compra de mercancías no consideradas importación. 2916 Arrendamiento operativo. 2917 Servicios de publicidad. 2950 Seguros y reaseguros. 2990 Remesas entregadas en moneda legal colombiana a través de concesionarios de servicios de correos. 2991 Egreso de divisas en cuentas de compensación por servicios financieros de correos. 2992 Reembolso de remesas desde cuentas de ahorro de trámite simplificado de personas naturales colombianas no residentes.

RESOLUCIÓN NÚMERO 000069 de 28 OCT 2019 Hoja No. 12

Continuación de la Resolución: “Por medio de la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 4083 de 1999 y se actualizan las tablas de los códigos de propósito de los préstamos externos sujetos a la obligación de presentar información exógena cambiaria” __________________________________________________________________________________ 4570 Inversión financiera especial. 4573 Inversión financiera en activos fijos radicados en el exterior.

4585 Inversión financiera en títulos emitidos en el exterior. 4590 Inversión financiera por compra de obligaciones en el exterior (artículo 60 de la R.E. 1/18 J.D.) 4650 Pago de afiliación y cuotas a organismos internacionales. 5801 Egreso de divisas por liquidación de contratos de derivados peso-divisa o divisa-divisa a través de cuentas de compensación, celebrados entre Ecopetrol e Intermediarios del Mercado Cambiario o agentes del exterior autorizados. 5802 Egreso de divisas po

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