DIAN - Resolución 696 de 21-02-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 696 de 21-02-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
- RESOLUCIÓN NÚMERO 20240039806000968 (21 feb. 2024) Por la cual s« e expide una Resolución de Clasificación Arancelaria o a Petición dee Cualquier Interesado - - EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA 2 SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA | En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3. 1 del artículo 2 de lla a o Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes. o HECHOS Con. radicado No. 235410000001144. de 19 de septiembre « de 2023, la Sra, ELIANA NE GIRALDO SUAREZ, identificada con cédula de ciudadanía 1.037. 071.500, actuando en - calidad de Representante Legal de la AGENCIA DE ADUANAS MARIO LONDOÑO S.A. a NIVEL 1, con NIT 890.902.266-2, presentó una solicitud de resolución de clasificación - l| arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente
PARED CELULAR PC-3111EM y comercialmente PARED CELULAR PC-3111-FM PLUS - WALL 20 AN PWD. Ñ Para el efecto, la interesada adjuntó, los siguientes documentos: | Lo Formulario de solicitud en una 4) página. -- Comprobante de pago en una (1) página. A o - Etiqueta del producto Yeast Cell Wall / Pared celular de levadura Plus Wal 20 AN ll PWD en una (1) página. o Flujograma pared celular de levadura €e n una a página.
cd | -F icha técnica del producto Pluz Wal 20 AN PWD Biolev Xx 25 Kg ee n siete m páginas. La solicitante. pagó quinientos noventa: y cuatro mil pesos mícte (Ss: 594, 000 00) según á So mprobante de Pago No. 1046218305 de 15 de septiembre de 2023 del Banco de [| Bogotá. A o . AS o de Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA 82023000100165398000613 del 3 ide noviembre de 2023, este despacho solicitó a la usuaria describir la finalidad o principio - 4 científico del producto, remitir la composición química del: producto totalizada al 100%, de detallar el proceso de obtención del producto. e indicar la dosificación y el procedimiento de o aplicación del producto. - : OS LI Con solicitud realizada « en el sistema de fecha 5 de enero. de 2024. la interesada solicitó : prórroga para. dar. respuesta, la cual fue autorizada “con oficio No. 52024000100165398000004 del 16 de enero de 2024, E RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600096 de 21 feb. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación . Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Mediante oficio No. 1001653980205 del 12 de febrero se remite a la solicitante recordatori: 2] del vencimiento del término para dar respuesta al requerimiento mencionado. Con radicado No. E2024000100165398000077 del 14 de febrero de 2024, la interesada da
respuesta al requerimiento mencionado en documento de cuatro (4) páginas y renuncia al término restante para dar respuesta. o En el formato de solicitud se indicó que el acto administrativo se notifique a la Sra. ELIAN, x GIRALDO SUAREZ, a las siguientes direcciones electrónicas: egiraldos(Mtcc.com.co; Igomezz(Otcc.com.co; o por correo en la dirección Avenida El Dorado No. 97-51 Oficina
- 201, en Sogotá, D. C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y s4 anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. - Decreto 1881 de 2021: y sus modificaciones, porel cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partida: y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes... : : Texto 21 06: “Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte. > Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también s: e aplican las Notas de - Sección y de Capítulos, salvo disposición en contrario.” : Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación, arancelaria a petición de cualquier interesado. _ RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600096de 21 feb. 2024 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación ¿Arancelaria ae Petición de Cualquier Interesado “Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones s de la: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO | Según la información suministrada en solicitud radicada con No. 235410000001144 de 19 - de septiembre de 2023 y en radicado No. E2024000100165398000077 del 14 de febrero de 2024, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe comio pared celular de levadura en polvo, extraída del proceso enzimático de levadura primaria (saccharomyces -cerevisiae) secada en spray con contenido. de proteína, betaglucanos y mananos . oligosacáridos generados naturalmente, con las siguientes características fi isicoquímicas:
o Forma: polvo fluido
Color: Amarillo claro
-= Humedad: Máx 8.0% :
Proteína: Mín 50.0%. 2 B-GlucanM:ín 13.0% o OS Mananos- -Oligosacaridos: Mín 9. 5% | El producto s« e > obtiene a partir de cepas. de Saccharomyces cee revisiae; las levaduras see - producen en tanques de fermentación donde se agrega miel esterilizada y nutrientes y se : alimenta durante 14 horas de aire y miel continuamente. Al finalizar la fermentación se hace Un proceso de centrifugación y lavado de la. levadura con agua. Luego. se almacéña la e levadura refrigerada en tanques de almacenamiento.
De los tanqués de almacenamiento s« e envía la levadura auna 2 planta de proteínas (tanques autolizadores) donde se somete la levadura a un aumento de temperatura a 90? C, luego se refrigera, se ajusta el PH agregando agua y ácido sulfúrico o soda caústica. Luego se - agrega a la levadura enzimas que hidrolizan las. proteínas de la: levadura. Posteriormente |. se adelanta un proceso de inactivación a alta temperatura (85 - 90%), luego se centrifuga . para separar la pared celular del extracto líquido: Finalmente, se somete la pared celular a | un proceso de secado spray. op Este producto se presenta en bolsas deo polipapel krafioc on bolsa interna de polistleno. por o 1. 25kg.: PS - Este producto se . utiliza para uso directo, en premezclas de piensos, fabricación de. - alimentos peletizados, completos, suplementos, coadyuvantes líquidos o sólidos para
animales como aves, cerdos, rumiantes, peces y otros animales acuáticos, así comomascotas. que se encuentren en cualquier etapa de vida, peso y condición corporal. Con base en lo anterior. este despacho determina que la: mercancía descrita anteriormente. corresponde a paredes celulares de levaduras obtenidas por autolizado, centrifugado ysecado, que de conformidad con lo establecido en la Regla General interpretativa 1, se encuentra comprendida en la partida arancelaria 21.06 de la nomenclatura del Sistema - Armonizado y en aplicación de la Regla General Interpretativa O: se clasifica en la subpartida Ñ arancelaria 21 06. 90. 40. 00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (a de la. Coordinación de Clasifi cación P Arancelaria de ta Subdirección Técnica Aduanera, RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600096 de 21 feb. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO . Clasificar la mercancía descrita en la presente resolucióenn la' subpartida 2106.90.40.00 del Arancel de Aduanas, como un autolizado de levadura en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidos en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la preseníz Resolución a la señora ELIANA GIRALDO SUAREZ identificada con cédula de ciudadanía
No. 1.037.071.500, Representante Legal de la AGENCIA DE ADUANAS MARIO LONDOÑO S.A. NIVEL 1 con NIT 890.902.266-2, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: egiraldosfMtcc.com.co; lgomezzWtcc.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 de: Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por e: artículo 114 de la resolución 039 de 2021, De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal: Avenida El Dorado No. 97-51 Oficina 201 en la cuidad de Bogotá, D.C,. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los. artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. : E ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo
- 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 d: - 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el rtículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, per medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQY UCEÚMSPLEAS E De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez Y remplaza en todos sus efectos a lá firma manuscrita, F ae RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600096 de 21 feb. 2024 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
| HECTOR ARTURO GARAY LEAL |
Jefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica Aduanera
- Proyectó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIO Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ sonq emiannF >
A o RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600096 de 21 feb. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación :
Arancelaria a Petición de Cualquier |I nteresado RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO . Clasificar la mercancía descrita. en la presónte resolución en > la subpartida 2106.90.40.00 del Arancel de Aduanas, como un autolizado de levadura en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidos en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el donténido de la presente. Resolución a la señora ELIANA GIRALDO SUAREZ identificada con cédula de ciudadanía No. 1.037. 071, .500, Representante Legal. de la AGENCIA [DE ADUANAS MARIO LONDOÑO S.A. NIVEL 1 con NIT 890.902.266-2, a las direcciones electrónicas informadas - en la solicitud: egiraldosÚtec. com.co; lgomezzúWtec.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de: 2021 y el artículo 319 de la: Fesolución 046 de 2019 modificado por. el artículo 114 de. la resolución 039 de 2021. De rn o ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativose notificará por correo a la dirección procesal: Avenida El Dorado No. 97-51 Oficina 201 en la cuidad de Bogotá, D.C,. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los :
artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1 165 de 2019 y los artículos 74 yy siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución . en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el rtículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica . Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE — - De conformidad con la. resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta íni rma > electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. . 0% RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600096 de 21 feb. 2024 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cuals e expide una resolución de Clasificación : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado :
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyectó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIO
"Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ ño - Coordinación de Notificaciones. POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - Niyal Central Bogotá DC0> 70 WAR 202% Ss certifica que el Acto Administrativo fue