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DIAN - Resolución 6960 de 06-09-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6960 de 06-09-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

— POR UNA COLOMBIA MÁs HONESTA o RESOLUCIÓN NÚMERO 006960 (06 SEP 2021) ] Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DEL A COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del Artículo 2 de la Resolución 000070 de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS | Mediante radicados Nos. ESGTA202100323 del 30 de junio de 2021, el Sr. Santiago Arango. - Arroyave, identificado con cédula de ciudadanía 9.104.108, representante legalde la Agencia de Aduanas Hubemar S.A.S. Nivel 1, mandatardie ol a sociedad Yara Colombia S.A. con NIT: 860.006.333-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como como “UNIDA - FUNCIONAL DE ENSACADO SEMIAUTOMÁTICO PRODUCTO FERTILIZANTE”. o - El interesado adjuntó copia de los siguientes documentos: formato de solicitud en once (11) folios, mandato en siete (7) folios, características generales del equipo en doce (12) folios, mandato en

seis (6) folios, certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio de - “rC ea gr it sa trg oe n ea n e gn r ud pi oe ci puo ec rh to o ( d1 e8 ) Cf aol ri to as, g er ne ag ist enr o trú en si co (3 ) tr fi ob lu it oa sr ,i o r eh so oj la u cipr ói nn ci Dp Ia Al N en 00un 2 01( 21) f do el li o, 27s ol di ec it mu ad rzd oede 2017 en cinco (5) folios y comprobantede transferencia en un (1) folio. “El solicitante pagó novecientos nueve mil. pesos m/cte. ($ 909.000), con comprobante de transferencia No. 250621 del 25 de junio de 2021, del Bancolombia al Banco de Bogotá: — - Mediante oficio No. 100227342-1637, radicado No. 00052021906968 del 14 de julio de 2021, esta - Coordinación solicitó explicar el proceso que se desarrollean la línea de producción; anexar un diagrama de flujo del proceso; presentar un cuadro resumen que incluya cada uno de los: componentes principales de la mercancía a clásificar; señalar la forma en que los distintos equipos - “se conectan fisicamente entre sí; y describir las características del producto final y sus Usos industriales y comerciales e informars i dentro de la mercancía objeto de la clasificación arancelariaexisten gabinetes de control y sus características. El requerimiento fue atendido con escrito radicado - No. 000E2021905737 del 9 de agosto de 2021, en el que no renuncian al tiempo restante para da or

_ respuesta. AI La Dirección de Impuestos y Aduanas mediante resoluciones 040 y 043 del 10 y 18 de mayo de 2021, respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de competencia de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN. Por medio del formato de solicitud el usuario indicó que se notifique al Sr. Santiago Arango Arroyave,

  • enla Calle 26 No.9 6 J - 66 Oficina 212, Edificio Optimus, en Bogotá D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO | Convenio del Sistema Armonizádo de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, - aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. NN Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. RESOLUCIÓN NÚMERO 006960 de 06 SEP 2021 “Hoja No. 2 o Continuación del acto administrativo pore l cual por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena, Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras . disposiciones. - o l o É Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa1 : “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, -

ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de ' Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo ' con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: - “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables : eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85,e l conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice” o o o Partida 84.22: "Máquinas para lavar vajilla; máquinas y aparatos para limpiar o secar botellas o demás recipientes; máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, sacos (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y . continentes análogos; las demás máquinas y aparatos para empaquetar o envolver. mercancías : (incluidas las de envolver con película termorretráctil); máquinas y aparatos para gasear bebidas.” : Regla General Interpretativa 6: -. "La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis -mutandís, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del

mismo nivel, A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo - - disposición en contrario.” o o o O Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 307 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición : de cualquier interesado. o o o Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Ñ mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerdo con la información aportada con escritos radicados Nos. ESGTA202100323 del 30 de : - junio de 2021 y 000E2021905737 del 9 de agosto de 2021, la mercancía objeto de clasificación ' arancelaria se describe como un conjunto de máquinas y aparatos individualizados que se combinan - . para el ensacado de producto a granel, mediante el proceso descrito a continuación: : El proceso inicia cone l ingreso de material a granel desde la tolva de empaque (no incluidaen la. solicitud) hacia la pesadora automática. Ésta, pesa la cantidad de producto deseada y la libera en los sacos a travésde una transición de acero inoxidable. o O o RESOLUCIÓN NÚMERO 006960 de: 06 SEP 2021 pelo? Continuación del acto administrativo por el cual por la cual se > expide una Resoluciónde Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Seguidamente a la transición, el producto llena el saco que está sujeto por la máquina de empacado

con capacidad 1000 -1200 sacos por hora (16,7 - 20 sacos por minuto). Este saco es colocado por > - un operador en las mordazas de la empacadora semiautomática. Posteriormente, el saco abierto es cerrado mediante los tres (3) procesos de doblado, cosido e impresión, sobre una banda que lo transporta. Cada bolsa cosida es depositada en un nuevo . transportador mediante un pateador de sacos, desde donde pasan por una balanza que verifica elpeso y lo acepta o rechaza. Cada saco de producto, fertilizante, cosido, rotulado y pesado es transportado hacia una banda que permite dirigir el saco hacia paletizado automático (banda inclinada) o manual (banda curva). En caso de que el operador seleccione paletizado manual, el proceso del continúa con el transporte ' hacia una banda curva para paletizado manual. Finalmente, el proceso de empaque continua hacia paletizado automático. -

  • Los componentes son:

1. Un (1) ducto de conexión en acero inoxidable, con conexión brida y tornillo, dimensiones p 0,45 x 0,45 x 0,38 metros. | 2, Una (1) tolva de pesaje en acero inoxidable, que incluye transición de conexión, un (4) controlador de peso, un (1) sistema de control, un (1) soporte antivibración y tres (3) celdas - de pesaje, con conexión brida y tornillo, dimensiones 0,45 x 0,45 x 0,42 metros.

3. Una (1) pesadora de precisión con capacidad 1.200 pesos (sacos1)/hora, que incluye :

controlador de peso, sistema de control, soporte antivibración y tres (3) celdas de pesaje, - dimensiones 1,0 x 1,0 x 0,99 metros. - 4, Una (1) estructura soporte en acero al carbón pintado. Dimensiones 3, o X 3, Ox 6, 0 metros y peso de 2. 800 kilogramos. o 5.. Un (1) ducto de descarga inoxidable, con conexión brida y tomillo, dimensiones 0, 9x o, 9x 1,51 metros.

6. Una (1) empacadora (ensacadora) semiautomática en acero, con chute de llenado para : empaque de 25 kg y 50 kg, dispositivo de inicio de dos manos, actuadores neumáticos en acero inoxidable, gabinete de control, cables, bandejas porta cables, electrónica, PLO y HIM, Dimensiones 0,44 x 0,46 x 0,49 metros. o 7. Una (1) banda transportadora de cosido con tambor motriz, tambor de cola, unidad motriz ysistema de control de motor. (un (1) motorreductor). Dimensiones 5,6 x 0,32 x 0,18 metros. -

8. Un (1) equipo de doblado de empaque. Dimensiones 1,1 x 0,97 x 0,86 metros.

9. Una (1) máquina cosedora, con una (1) cortadora neumática, caja de switches, dados deenfriamiento de aguja y detector de hilo. Dimensiones 1,1 x 0,97 x 0,86 metros.

10. Un (1) pateador de sacos que incluye guarda de seguridad y fotocelda de detección del saco.

Dimensiones 0,52 x 0,48 x 1,3 metros. +41. Una (1) banda transportadora inclinada, incluye estructura soporte, parte eléctrica de control, : : un (1) tambor motriz, un (1) tambor de cola, unidad motriz y sistema de control de motor. (1 : motorreductor). Dimensiones 3,104 x 0,73 x ,08 metros.

12. Un (1) verificador de peso, incluye banda transportadora, sistema eléctrico y de control, luces ' de alarma. Dimensiones 1,2 x 0,99 x 1,7 metros. -

13. Una (1) rotuladora, incluye fotoceldas, unidad de control, reflector y una unidad impresora. - Dimensiones 0,67 x 0,62 x 0,95 metros. 14, Una (1) barida transportadora divisora, incluye estructura soporte, parte eléctrica de control, : tambor motriz, tambor de cola, unidad motriz y sistema de control de motor. (. - —motorreductor). Dimensiones 1,64 x 0,68 x 0,14 metros.

15. Una (1) banda transportadora curva de 90”, incluye estructura soporte y parte eléctrica de control, un (1) tambor motriz, un (1) tambor de cola, unidad motriz y sistema de contro! de : - motor. a motorreductor). Dimensiones 1,63 x 1,7 x 0,20 metros.

16. Un (1 gabinete ded control incluye cables, bandejas porta cables, electrónica, PLO y HMI.

RESOLUCIÓN NÚMERO 006960 o de 06 SEP 2021 | ' Boo No. 4. “Continuación del acto administrativo por el cual por la cual ses expide unaa Resolución :

de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado o En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que los equipos listados en los numerales 1 a .16, corresponden a una. combinación de máquinas y aparatos constituidas por elementos individualizados que trabajan conjuntamente para el ensacado de producto a granel (fertilizantes), que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y de acuerdo con lo dispuesto en la Nota 4 - de la Sección XVI, se encuentra comprendida en la partida 84.22 de la Nomenclatura del Sistema - Armonizado, y acorde con la Regla General interpretativa e se clasifica en la subpartida Ñ 8422.30. 10. 00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria : de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RES VUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Clasificar! la mercancía descrita en la presente resolución, enlalá siibpartida 8422.30.10.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina de ensacado vertical con capacidad de ' inferior o igual a 40 unidades por minuto, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación - de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el :. - Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Sr. Santiago Arango Arroyave, identificado con cédula de ciudadanía 9.104.108, :

  • representante lega! de la Agencia de Aduanas Hubemar S.A.S. Nivel 1, en la Calle 26 No. 96 J66 -
  • Oficina 212, Edificio Optimus, en Bogotá D.C., de conformidad con los artículos 763 y 764 del - Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, lia por el artículo114 de la Resolución 0039 de 2021. : ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019; reglamentado por el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. -. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el E Diario Oficial, de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, artículo 319 de . la Resolución 0046 de 2019, artículos 65 de la Ley 1437 de 2011 y 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez eh firme, copia del presente acto administrativo, por mediode la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la | Coordinación de Clasificación Arancelaria para lo de su competencia y publíquese en la página web '

de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE | Ro 06 SEP 2021. l FABIÁN AELBERTO GAR.CÍA Jefe (a): de la Coordinación de Clasificación Arancelaria: - Subdirección Técnica, Adyan ; yaY¡ aA N: Coordinación de Holifcaciones. dl EIC Nival Central Bogota, (34 C.

Revisó: - Fidel Raúl Minotta Benítez a vES 13 Die na | Se centtice. aus El anterio publicaaa et. 22190 Dé

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