DIAN - Resolución 6963 de 06-09-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6963 de 06-09-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 006963 ( (06 SEP 2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a: Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA EN SUBDIRECCIÓN DE TÉCNICA ADUANERA : En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del Artículo 2 de la Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, ¿HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202100343 del 9 de julio de 2021, el Sr. Mathieu Tenenbaum, identificado con cédula de extranjería No. 703.687, representante legal de la : sociedad Renault Sociedad de Fabricación de Automotores S.A.S., con NIT 860.025.7923, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “VARILLA FIJACIÓN ASIENTO”. E o | El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato de solicitud. de clasificación FT-OA-2054 en dos (2) folios, catálogo de ta mercancía en unn m folio, y copia del comprobante de pago e« n un (1) folio. : El solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cuatro mil quinientos pesos m/cte ($ 454. 500) según comprobante de transferencia del 7 dee julio de 2021 del Bancolombia al Banco de | Bogotá. Enel formato de solicitud, el interesado indicó q« ue see notifique al Sr. Mathieu Tenembaun,
en la Carrera 49 No. 39 Sur — 100, en Envigado, Antioquia. 0. l FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual s« e aprobó el Texto - único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. - Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y - otras disposiciones. l Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa L. “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor - indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos. de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” RESOLUCIÓN NÚMERO 006963 - de 06 SEP 2021 HojNao. 2... Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado | Partida 87.08: “Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05.” Regla General Interpretativa Bo “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada
legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, -. mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse : subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” - | Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 306-, mediante el cual se - dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación - - arancelaria a petición de cualquier interesado. A o o Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas - Nacionales, mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria | a petición de cualquier interesado. : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO ' - De acuerdo con la información aportada con radicado No. ESGTA202100343 del 9 de julio de 2021, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como una pieza de uso exclusivo en vehículos, cuya función es la de sostener y fijar las sillas traseras y elcinturón de seguridad, fabricada en acero ADT 3, dimensiones de 350 mm y espesor de 6 mm y que es obtenida por proceso de troquelado. e Del análisis de la información y fotografía aportada, se establece que la mercancía objeto “de estudio corresponde a una varilla de acero que se utiliza en la fijación de sillas traseras y cinturón de seguridad, de uso exclusivo en vehículos, queen aplicación de la Regla : General Interpretativa 1 está comprendido en la partida 87.08 de la Nomenclatura del.
Sistema Armonizado y en acorde con la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en lasubpartida 8708.99.99.00. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Ñ Arancelaria de la Subdirección de Técnica Aduanera, a - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8708.99.99.00 del Arancel de Aduanas, como una varilla de fijación de sillas. - traseras y cinturón de seguridad, de uso exclusivo en vehículos, en aplicación de las Reglas : Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2018 y sus modificaciones. o o ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el - sitio web de la DIAN, al Sr. Mathieu Tenenbaum, identificado con cédula de extranjería No. 703.687, representante legal de la. sociedad Renault Sociedad de Fabricación de “Automotores S.A.S, en la: Carrera 49 No. 39 Sur - 100, en Envigado, Antioquia, de . conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021.
_ RESOLUCIÓN NÚMERO 006963 de 06SEP 2021 Hoja No.3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo o procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, de acuerdo con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019; reglamentado por -el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resoluciónen el Diario Oficial, de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, artículos 65 de la Ley 11 437 de 2011 y 119 de . la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones : de la SubdirecciónAdministrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para l| o de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE | 06 SEP 2021 - FABIÁN ss GARCLÍA a
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Ad uanera Revisó: . Fidel Raúl Minottá Benítez Se pce on eit , que 2£e 0 na eme eno 0 ! quo ¡ E 20 jala pa 12