DIAN - Resolución 6964 de 06-09-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6964 de 06-09-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
2 LAnPOR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 006964. (06 SEP 2021).
Por ta cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a« Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (a). DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del Artículo 2 de la Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202100354 del 12 de julio de 2021, el Sr. Mario Martínez Blandón, identificado con cédula de ciudadanía No. 19.057.694, representante legal de la || sociedad Llantas El Dorado Ltda, con NIT 830.125.163-0, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancíadenominada técnicamente como “NEUMÁTICO RADIAL OFF THE ROAD y: comercialmente como "LLANTA RADIAL PARA USO EN VOLQUETAS FUERA DE
CARRETERA”.
A El interesado adjuntó con la solicitud copia de los Siguientes documentos: formato de «solicitud de clasificación FT-OA-2054 en tres (3) folios, ficha técnica en tres (3) folios, Resolución DIAN 001482 del 8 de marzo de 2021 en diez (10) folios, y sopia del. comprobante de pago en un (1) folio. La solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 454. 000) según
comprobante de pago No. 1008048985 del 6 de julio de 2021 del Banco de Bogotá. Con Requerimiento de Información Adicional No. 1002273421726 del 26 de julio de 2021, | - radicado No. 000S2021907412 del 27 de julio de 2021, esta Coordinación solicitó al usuario ' adjuntar la ficha técnica del producto a clasificar en español, y explicar cada uno de los ítems a los que hace referencia el catálogo (brochure) especialmente la indicación de los índicesde velocidad; describir y especificar el uso para el que está destinada la mercancía, señalando si el uso es exclusivo para fuera de carretera y aportar ficha técnica que contenga las características exactas del tipo de vehículo al que está destinada la mercancía objeto de la solicitud. Se recibe respuesta conescrito radicado No. ' 000E2021906042 del 20 de agosto de 2021, en el que no renuncian al termino restante otorgado. O En el formato de solicitud, el interesado indicó que se notifique al Sr. Mario Martinez Blandón, en la Calle 24F No. 99-48, en Bogotá D. C. RESOLUCIÓN NÚMERO 006964 de 06SEP2021 HojaNo.2 = - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificaciónd e Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. o
Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto Ñ único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor : indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasy de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 40.11: - "Neumáticos (llantas neumáticas) nuevde ocausch o.” Regla General Interpretativa 6: «La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararsesubpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de : Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Ñ EN Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 306-, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación -. arancelaria a petición de cualquier interesado. - Resolució0n46 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales, mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado... : : - CONSIDERACIONEDSEL DESPACHO De acuerdo con la información aportada con radicados Nos. ESGTA202100354 del 12 de julio de 2021 y 000E2021906042 del 20 de agosto de 2021, la mercancía objetó de clasificación arancelaria se describe como una llanta recomendada por el fabricante : exclusivamente para uso fuera de carretera en áreas con alta presencia de piedras, rocas. y escombro, para uso agresivo, utilizadas en volquetas y maquinaria de construcción parael transporte de material y escombro especificamente en zonas de obras de construcción o de infraestructura como apertura de vías o movimiento de material.
ÉS RESOLUCIÓN NÚMERO 006964 de 06 SEP 2021 - Hoja No, 3
Continuación del acto administrativo por. el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a: Petición de Cualquier Interesado o Es una llanta con alta resistencia a los cortes y abrasión ee n condiciones fuera de carretera para terrenos difíciles, alto nivel de tracción en barro y lodo. El diseño del labrado secaracteriza por tener una banda de rodado más ancha y bloques (tacos) grandes que evitan la fetención de piedras. Estas llantas no soportan altas velocidades como las exigidas para vías de pavimento terminado o carreteras en buen estado, debido a la composición densa del caucho que tiende a recalentarse produciendo un desgaste muy rápido del labrado. Igualmente, por la disposición del labrado con tacos anchos no se recomienda su uso en
carreteras terminadas o sobre pavimento ya que los tacos no se desgastan de forma pareja produciendo vibraciones excesivas en el vehículo, por lo que se recomiendan para uso a velocidades relativamente bajas debido a las características de las volquetas y maquinaría de construcción que las utilizan y a las condiciones extremas fuera de carretera propias delas zonas de trabajo. l l
Características:
- Fabricante > Xingyuan Tire Group Co. Ltd — Annaite/Amberstone — Referencia: 11.00 R20 == Diámetro interno: 50.8 cm.
Número lonas: 18 | = Capacidad de carga 152/149 — . equivalente a« una.c arga máxima de 3. 550o kg e en. montaje sencillo y a 3.250 kg en montaje dual ES =- Código de velocidad máxima J-— 100 km/hora — Tipo de construcción: radíal - Labrado: bloques anchos - - . — Función: ejes de tracción e - — Aplicación: off the road, - fuera de carretera -—- 80% fuera de carretera -- 20% dentro o - de carretera con límite de velocidad : - Uso y aplicación: volquetas que se desplazan en zonas de construcción; “canteras y - minas. Exclusivo en terrenos irregulares fuera de carretera. - Composición de materiales: caucho natural 40.33 %; caucho sintético 5.00 %; negro de humo: 22.49 %; acero 25.30 %; aceleradores, antiozonantes, relleno, fibras: 6.88.
%. De acuerdo con , la información aportada por la solicitante esta llanta neumática está
destinada para ser utilizada en volquetas y maquinaria de construcción. Este tipo de vehículos incluye: volquetas para transporte de materiales de construcción como arena, Jadrillos, escombros. Ñ En la nomenclatura del Sistema Armonizado las llantas neumáticas nuevas de caucho se clasifican en la partida 40.11, dentro de la cual hay una subpartida específica para los. neumáticos “De los tipos utilizados en autobuses o camiones” y otra para los neumáticos - “De los tipos utilizados en vehículos y máquinas para la construcción, minería O : mantenimiento industrial”. : - Del análisis de la información, se establece que la mercancía objeto de estudio corresponde a un neumático (llanta neumática) nuevo de caucho, de los tipos usados en vehículos y máquinas para la construcción, minería o mantenimiento industrial, que en aplicación de la - Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la partida 40.11 de la Nomenclatura - del Sistema Armonizado y en acorde con la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 4011.80.00. 90. Dra : o RESOLUCIÓN NÚMERO 006964 de - 06 SEP 2021 HojaNo.4 Continuación del acto administrativpoor el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado En méritode lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinaciónde Clasificación Arancelaria de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasifla imecrcaanrcí a descrita én la presente resolución, en la :
subpartida 4011.80.00.90 del Arancel de Aduanas, como un neumático huevo, fabricado en ' | “caucho, de los tipos utilizados en vehículos y máquinas para la construcción, minería o “mantenimiento industrial, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 delmencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en elsitio web de la DIAN, al Sr. Mario Martínez Blandén, identificado con cédula de ciudadanía No.'19.057.694, representante legal de la sociedad Llantas El Dorado Ltda, en la Calle 24 F No. 99-48, en Bogotá D.C., de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 : de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, modificado por el artículo 114 de : la Resolución 0039 de 2021. A .> | ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, deacuerdo con lo establecideon el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019; reglamentado por el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019, el cual deberá interponerse dentro de los _ diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos -74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ÓN : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución
-en el Diario Oficial, de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019, . - artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, artículos 65 de la Ley 1437 de 2011 y 119 de : la Ley 489 de 1998... | | o | | | - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por. medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección . Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica ' Aduanera para lo de su competencia y publíqueseen la págiwneb ad e la DIAN. —- <. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQY UCEÚMSPLEAS E | o - 06 SEP 2021. - FABIÁN ALBERTO GARCÍA CASTAÑEDA, - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria. - Subdirección Técnica Aduanera | | AN DIA di Coordidne aNoctiifóicnac iones
Revisó: Fidel Raúl Minotta Benitez na A Bogotá, DC. | O BDIC a 2600 An] o |1 S eí pa ce Lr zbt o que ee sl anteñi fiE el p Eu oy Tlst rr oa at ai vo f Au LEA| : MAL: