DIAN - Resolución 698 de 22-02-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 698 de 22-02-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
Ho | o NJ a RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600098. (22 feb. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - o -— Enuso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3.1 del artículo 2 de la o Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes e - HECHOS “Mediante radicado No. 235410000001055 de 04 de agosto. de 2023, la Sra. SANDRA A MARCELA GÓMEZ GONZÁLEZ, identificada con cédula de. ciudadanía 1.094.904.338 - || presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “SOLUCION .DE | MANTENIMIENTO PHADIA” y comercialmente como - “PHADIA - MAINTENANCE | - SOLUTION SMALL CAT No. 10- -954601". o a o . La interesada adjuntó ¿a la solicitud los siguientes documentos: Ñ cha técnica ee n 1 dos 5 (2) folios y comprobante. de > pago | en un (1) folio. o o AS - La solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos mícte: ($ 594. 000 00 según E comprobante No. 10166241 1-4 de 01 de agosto de 2023 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA 82023000100165398000461 del o7 |
de septiembre. de 2023, este. Despacho solicitó a la usuaria indicar: sobre una base del 100% la composición de la “solución jabonosa” y del “antiespumante” y confirmar la funciónque cumple cada uno de sus componentes; realizar descripción física de cada componente, forma de presentación, color, olor, etc., entre otros. o A. : Mediante oficio No. 1001 653981947 del 2 de noviembre de 2024, esta Coordinación rr emitió a ala usuaria oficio recordatorio de vencimiento término perentorio para dar respuesta al RIA No 520230001001 65398000461 del 7 de septiembre de 202. e A La interesada - solicitó prórroga para dar... respuesta autorizada “com oficio - No. : S2023000100165398000640 del 15 de noviembre de 2023. Finalmente, la. peticionaria - responde mediante radio No. E2024000100165398000002 del 05 de enero de 2024, donde - confirma que el ' antiespumante” ya no será objeto de la solicitud, se presenta la respuesta en tres (3) folios. Por medio del formato de la. solicitud se indicó: que se notifique a la Sra. SANDRA A MARCELA GÓMEZ GÓNZALEZ, a la dirección electrónica manifestada por la interesada RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600098 de 22 feb. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación . Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado marcelad.oOhotmail.es ; o por correo en la dirección Calle 6B No.79 C-81 CON VILLA.
GALANTE TO 47 AP 193, en Bogotá, D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor. indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de diches partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” : Partida: 38.08 “Insecticidas, raticidas y demás antirroedores, fungicidas, herbicidas, inhibidores de. germinación y reguladores del crecimiento de las plantas, desinfectantes y productos similares, presentados en formas o en envases para la venta al por menor, o como. preparaciones o artículos tales como cintas, mechas y velas, azufradas, y papeles
- matamoscas.” : Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada
legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, -mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” : - Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306, por el que se dictan las disposiciones sobre las solicitudes de clasificación arancelaria. a petición de cualquier interesado. E - Resolució0n46 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria.
- apetición de cualquier interesado. :
- CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
RESOLUCIÓN NÚMERO 202400398de 0226 f0eb.0 200294 8Hoj a No. 3 o - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación - Arancelaria a Petición de ' Cualquier Interesado | Según | la información proporcionada con los radicados Nos. 23541000000001055 de 04 de agosto de 2023 y E2024000100165398000002 del 05 de enero de 2024 la mercancía objeto de clasificada arancelaria, denominada “solución _jabonosa” se describe como una . preparación blanca, de olor. neutro presentada en frasco Xx 23m, tiene la siguiente a composición.
Agua: 86 - 87% utilizada como solvente Hidróxido de sodio: 3.82 % utilizado para ajustar valor de pH
Alcohol: 2.5 - 2.9% fines de limpieza - Glícina: 0.5 - 0.67% utilizada con fines de limpieza. o - Compuestos de amonio cuaternario: 1 - <2.5% utilizado con ñ nes de limpieza o 2 Aminoetanol: 2.5 - <5% utilizado con fines de limpieza -.
Para su preparación, se vierte el contenido del producto en 1.500 mi de agua purificada y : se mezcla la cual se mantiene estable durante 3 días en condiciones de temperatura de 2 a 32 Cc. “La “solución se utiliza en la limpieza. de equipos dé laboratorio Phadia 200, utilizado en pruebas diagnósticas. Se presenta en la caja x 10 botellas. Vista la información aportada, se “encuentra que la preparación está constituida: por elementos activos que interactúan con bacterias y que comúnmente se utilizan en productos [| con fines desinfectantes; tal es el caso del amonio cuaternario donde su actividad ' hidrofóbica lo hace efectivo contra virus envueltos y esporas que no los contienen, estas - preparaciones son propicias para realizar la limpieza y desinfección de equipos como el - “PRADIA 200” mencionado por el peticionario. En virtud de lo anterior y de acuerdo con la información aportada, arancelariamente el “producto correspondea un desinfectante, presentado en envase para la venta al por menor - que en atención a la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la parta 38.08 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y en aplicación de la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 3808. 94. 19. 00 del Arancel del
Aduanas de Colombia. : - En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Ñ
Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
- RESUELVE.
IN ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía: descrita en la brésénte resolución en > la - subpartida 3808.94.19.00 del Arancel de Aduanas, como un desinfectante presentado en - envases para la venta al por menor, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas -1 y 6 del mencionado texto arancelario,. «£ontenidas. en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones... ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora SANDRA MARCELA GÓMEZ GÓNZALEZ identificada con cédulade ciudadanía .No.. 1.094,904,338,..a la. dirección electrónica informada en la solicitud marcelag. ga ñotmal.ee s: de conformidad. con lo establecido en el artículo 759 del Decreto RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600098 de 22 feb. 2024 Hoja No. 4 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación ' - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de 'a resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto admini strativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria en la Calle 6B No 79C81 CON VILLA GALANTE TO 47 AP 193 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformide+1 con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo. procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad can. lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes ce la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo: 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119. de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por. medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL pa ed A Coordinación de Notficacionós
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA Pa mE Mivel Central Bogotá D.C. 9 0 MAR 2004 cariifica e el Acio Ad inistrativo fue ¿ES Piaz. > yy En AF E