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DIAN - Resolución 6980 de 07-09-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6980 de 07-09-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

DA siii POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA | RESOLUCIÓN NÚMERO 006980 o (07 SEP 2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIADE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - Enuso de las facultades legales que le confieree l numeral 3.3.1d.el artíc2u ldeola . Resolución 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS> Mediante radicado No. ESGTA202100342 del 09 de julio de 2021, el señor Paul Alexis | Matthieu Tenenbaum, identificado con cédula de extranjería 703.687, representante legal : de la empresa Renault Sociedad de Fabricación. de Automotores S.A.S., con NIT 860.025.792-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a peticiónde cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “PATA FIJACION SILLA. Ñ El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato de solicitud en un (1) folio, descripción en un (01) folio, información técnica en un (01) folio, y : comprobante de pago en un (1) folio. Ñ El solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cuatro mil quinientos pesos mícte. ($454, 500), : según transferencia del 06 de julio de 2021, de Bancolombia al banco de Sogotá. Según lo indicado en el formato de solicitud, se precisó que se notifique als señor Paul Alexis

  • Matthieu Tenenbaum en la Carrera 49 $ 39 Sur - 100, en Envigado —Antioquia.

o FUNDAMENTOS DE DERECHO.

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado. por Colombia mediante Ley ga de 1973. Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el: Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta: el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. - Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Ñ RESOLUCIÓN NÚMERO 006980 “% 07 SEP 2021 Hoja No: 2 a Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, .ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdocon las Reglas siguientes:” Partida 87.08: “Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87.05.” Regla General Interpretativa 6 | “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmentepor los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectosde esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 304 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, : Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a : petición de cualquier Interesado. : o o CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información aportada mediante radicados ESGTA202100342: del 09 de julio de 2021, la mercancía objeto de solicitud de clasificación, arancelaria se describe como un soporte que sostiene las bases del asiento de un vehículo, manteniendo fijado el marco dela silla, que se encuentra montado en los armazones de los asientos traseros, y que cuenta E con las siguientes características: - Composición: Acero. - — Dimensiones: Largo 90 mm, ancho 50r mm, espesor 1, 95 mm. - Proceso de obtención o tecnología: Estampado. - Ubicación: Armazón del asiento... - — Función: Pieza que da soporte de fijación y anclaje de los asientos a la carrocería - Uso: Para uso o exclusivo en vehículos . De acuerdo con » lo anterior, arancelariamente el producto corresponde a un accesorio de

uso exclusivo para vehículo automóvil, que en aplicación de la Regla General Interpretativa1 está comprendido en la partida 87.08 de la Nomenclaturade l Sistema Armonizado y en . acorde con la Regla General Interpretativa 6€, se clasifica en la subpartida €8 708. 29. 90.00 del Arancel de Aduanas: . : E c o : : Finalmente, y teniendo en cuenta que, para el caso en particular, al. servicio de clasificación - arancelaria tiene un valor equivalente a medio salario mínimo mensual lega! vigente, el cual - - debe ser acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir la suma de cuatrocientos : cincuenta y cuatro mil m/cte. ($ 454.000): de acuerdo con transferencia 06 de julio de 2021 _de Bancolombia al bancod e Bogotá, aportado para el trámite, se pagó la suma deRESOLUCIÓN NÚMERO 006980 de -07 SEP 2021 Hoja No. 3 e : Continuación del acto administrativo por el cual see expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - cuatrocientos cincuenta y cuatro mil quinientos pesos m/cte. ($454.500), quedando un saldo . a favor del solicitante por valor de quinientos pesos m/cte. ($ 500); el cual podrá utilizar para. presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. e En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Ciasiñ cación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la

subpartida 8708.29.90.00 del Arancel de Aduanas, como los demás accesorios de : carrocería de vehículos automóviles, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto: 2153 de 2016 y sus : modificaciones. | : : o : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o det manera subsidiaria mediante aviso en el - “sitio web de la DIAN, al señor Paul Alexis Matthigu Tenenbaum, identificado con cédula de .. extranjería 703.687, representante legal. de la empresa RENAULT SOCIEDAD DEFABRICACION DE AUTOMOTORES S:.A.S., en la Carrera 49 + 39 Sur - 100, en Envigado, - Antioquia, de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo --319 de la Resolución 0046 de 2019 modificado por: el artículo 114 de la Resolución 0039 - - de 2021. o Ñ ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo precede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá. interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con - lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, y los a 74 y siguientes A - de la Ley 1437 de 2011, ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en “firme, la publicación de la presente resolución Hr en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo :

  • 319 de la Resolución 0048 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119

IM de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por l medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección - - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web « de la DIAN. l NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE o. -07 SEP: 2021. ea NalCo ordinación de Aoicaiones. rei dior Str, ros bai ¿ups Cant tal Bogota,

D. S. | Proyecto: Marcela Martínez Fajardo po Revisó: . Fidel Raul Minotta Benitez ¿ES he Géruñor que SAMBA5 ) ssppneetyos | liceo. eLiz1ano pia eE. A MELIA

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