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DIAN - Resolución 6981 de 07-09-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6981 de 07-09-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA % RESOLUCIÓN NÚMERO 006981 (07 SEP 2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA - DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA : -En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1. del artículo 2 de la. - Resolución 000070 de 2021 y teniendoen cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202100336 del 09 de julio de 2021, el señor Paul Alexis. - Matthieu Tenenbaum, identificado con cédula de extranjería 703.687, representante legal . de la empresa Renault Sociedad de Fabricación de Automotores S.A.S., con NIT - -860.025.792-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “REFUERZO FIJACION LARGUERO. Ñ El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato de solicitud . en dos (02) folio, descripción en un (01) folio, información técnica en un (01) folio, y comprobante de pago en un (01) folio. El solicitante pagó cuatrocientos cincuenta y cuatro mil quinientos pesos mícte. (6454. 500), : según transferencia del 06 de julio de 2021, de Bancolombia al banco de Bogotá. Según lo indicado en el formato de solicitud, se precisó que se notifique al señor Paul Alexis o

Matthieu Tenenbaum en la: dirección -—. de correo. electrónico : notificaciones.sofasaGrenault.com, FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su | anexo, , aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. . Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973.

Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. . Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por al cual se adopta el Arancel de Aduanas y - otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1. - RESOLUCIÓN NÚMERO 006081“ o7sep2029 PoaNo.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Peticiónd e Cualquier Interesado “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo : con las Reglas siguientes:” Partida 87.08: - "Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas 87.01 a 87. 05.' ” Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmentepor los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos . de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. ” . Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional, artículos 304 a 307, inediarite el cual se -dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas -- Nacionales, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a. petición de cualquier interesado. o. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - «Según la información aportada mediante radicados ESGTA202100336 del 09 de julio de Zo -2021, la mercancía objeto de solicitud de clasificación, arancelaria se describe como un el refuerzo que se coloca en el miembro estructural del lado trasero del vehículo, que cuenta «con las siguientes características: o Dimensiones: Largo 105 mm, ancho 60n mm, espesor 2 mm.

Composición: Acero. - Proceso de obtención o tecnología: Estampado. “Ubicación: Miembro estructural del lado trasero del vehículo. . - Función: Pieza con función estructural de refuerzo y unión de la fijación del larguero.

De acuerdo con lo anterior y según imágenes aportadas, arancelariamente el producto - corresponde a los demás partes de vehículos automóviles, que.en. aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la partida 87.08 de la Nomenclatura del:

  • Sistema Armonizado y en acorde con la Regla General interpretativa 6,. se, clasifica. en la : subpartida 8708.99.99.00 del Arancel de Aduanas. l - Finalmente, y teniendo en cuenta que, parae l caso ene particular,el servició de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a medio salario mínimo mensual legal vigente, el cual : debe ser acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir la suma de cuatrocientos cincuenta y cuatro mil m/cte. ($ 454.000); de acuerdo con transferencia 06 de julio de 2021. ' . de Bancolombia al banco de Bogotá, aportado para el trámite, se pagó la suma de - - cuatrocientos cincuenta y cuatro mil quinientos pesos m/cte. ($454.500), quedando un saldo a favor del solicitante por valor de quinientos pesos m/cte. ($ 500); el cual podrá utilizar parapresentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. .

o RESOLUCIÓN NÚMERO | 008981 a od 07 SEP 2021 Hoja No. 3 ml | . Continuación del acto administrativo por el cual see expide una resolución de Clasificación _ Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación - Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, | RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8708.99.99.00 del Arancel de Aduanas, como las demás partes de vehículos

  • automóviles, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionadotexto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera. electrónica, el contenido' de la: plésente a Resolución al señor Paul Alexis Matthieu Tenenbaum, identificado con cédula de extranjería 703.687, representante legal de la empresa Renault Sociedad de Fabricación de Automotores .S.A.S., a. la dirección de correo electrónico manifestadpao r el “interesado, notificaciones.sofasaQVrenault.com, de conformidad con lo establecido en. el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por-el artículo 137 del Decreto 360 de | '- 2021, y el artículo 319 de la Resolución -4 6 de 2019 modificado por el artículo 114 de la - | resolución 39 de 2021.. o EN A $ -De no ser posible la notifici cación en forma electrónica, el presente acto administrativo se | notificará por correo a la dirección extraída del Registro Único Tributario en la en la Carrera ' 49 $ 39 Sur - 100, en Envigado, Antioquia, información actualizada con fecha de 23 de junio : de 2021 y consultada el 30 de agosto de 2021, o de manera subsidiaria mediante aviso en -. el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo: | - - procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá -

  • interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidacdon lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, y los Artículos 14 y siguientes : - de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución :: - enel Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la ey 1A 437 de 2011 y el artículo 119: del la Ley 489 de 4996. : ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente aa cto administrativo, por | medio, de-la--Goordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección o trativa,a rla de grdinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica |... CASE A TEjAe aapdo..r. Aduañera para; competencia y publíquese en la página web de la DIAN. | í po | | Eh Pa Ue br lu ICo as D eír y pe a dpi efácio a ru 1n %s “osS EP 2021 ¡

FABIAN ALBERTO GARCÍA CASTAÑEDA |

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria, Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: Marcela Martínez Fajardo

Revisó: . Fidej Raul Minotta Benitez

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