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DIAN - Resolución 71 de 29-11-2016

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 71 de 29-11-2016
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2016

», <WY . E e y d Direcc de muesty Aoduasna s Nacionales RESOLUCIÓN NÚMERO 00007 1 ap (2.1 NOY 28 0) Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario — UVT aplicable para el año 2017 EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales, en especial de las consagradas en el Artículo 868 del Estatuto Tributario, y CONSIDERANDO: Que el artículo 868 del Estatuto Tributario establece la Unidad de Valor TributarioUVT, como la medida de valor que permite ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la cual se reajustará anualmente en la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para el periódo comprendido entre el primero 1? de octubre del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a este. Que de acuerdo con las certificaciones números: 92298 y 92299 del 25 de octubre de 2016, suscritas por el Coordinador del GIT Acceso Información Estadística de la Dirección de Difusión Mercadeo y Cultura Estadística del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE, la variación acumulada del índice dé precios al consumidor para ingresos medios, entre el 1% de octubre de 2015 y el 1? de octubre de 2016, fue de 7,08%. Que el inciso tercero del artículo 868 del Estatuto Tributario establece que le

corresponde al Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, publicar mediante Resolución antes del 1% de enero de cada año, el valor de la Unidad de Valor Tributario — UVT, aplicable para el año gravable siguiente. Que por lo anterior, se hace necesario establecer el valor de la Unidad de Valor Tributario — UVT, que regirá para el año gravable 2017. En mérito de lo expuesto, el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, RESUELVE ARTÍCULO 41. Valor de la Unidad de Valor Tributario - UVT. Fijase en treinta y un mil ochocientos cincuenta y nueve pesos ($31.859) el valor de la Unidad de Valor Tributario — UVT, que regirá durante el año 2017.

RESOLUCIÓN NÚMERO ) 0 0071 Hoja N 2 2 1 NOV 208

Continuaciónde la Resolución “Por la cual se fija el valor de la Unidad de Valor Tributario — UVT aplicable para el año 2017”. ARTICULO 2. Para efectos de convertir en valores absolutos las cifras y valores expresados en UVT; aplicables a las disposiciones relativas a los impuestos y obligaciones administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de que trata el artículo 868-1 del Estatuto Tributario, se multiplica el número de las Unidades de Valor Tributario UVT por el valor de la UVT y su resultado se aproxima de acuerdo con el procedimiento de aproximaciones de que trata el inciso sexto del artículo 868 del Estatuto Tributario. ARTICULO 3. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su

publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 2 1 HOY 2018 : y á ¿ ') Sosbimado ROJAS ARROYO Y e Director General Asi Proyectó: Pastor Hamlet Sierra Reyes — Jefe Coordinación de Estudios Económicos xx Revisó: Pedro Antonio Bejarano Silva — Subdirector de Gestión de Análisis Operacional Natasha Avendaño García — Directora de Gestión Organizacional Aprobó:; Liliana Andrea Forero Gómez - Directora de Gestión Jurídica 2

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