DIAN - Resolución 7184 de 15-09-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 7184 de 15-09-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
EA DAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 007184 (15 SEP 2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TECNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del Articulo 2 del Decreto 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202100292 del 15 de junio de 2021, el Sr. Raúl García Arias, identificado con cédula de ciudadanía 14.988.737, Representante Legal de la Agencia de Aduanas Aladuana S.A.S. Nivel 1, con NIT 830.010.905-4, mandatario de la Compañía Nacional de Chocolates S.A.S. Colombia, con NIT 811.036.030-9, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “LINEA DE PRODUCCION WAFER” El interesado adjuntó copia de los siguientes documentos: formato de solicitud en tres (3) folios, oficio con especificaciones del producto en diez (10) folios, mandato en nueve (9) folios, ficha sección Aalcance técnico en nueve (9) folios y comprobante de pago en un (1) folio. El solicitante pagó novecientos nueve mii pesos m/cte. ($909.000,00), con transacción bancaria del
10 junio de 2021, del Bancolombia. Mediante Requerimiento de Información Adicional oficio No. 100227342—1733 del 27 de julio de 2021, radicado No. 00052021907451 del 2 de agosto de 2021, esta Coordinación solicitó explicar en párrafos claros y en orden secuencial el proceso que realiza la línea, indicando como interactúan los diferentes componentes, detallar las características de la línea de producción wafer, adjuntar el diseño, presentar en un cuadro con el listado de los componentes de la línea de producción, características y forma de funcionamiento y por último anexar una imagen de la mercancía, indicando cada uno de los componentes con el respectivo nombre. El requerimiento fue atendido con escrito radicado No. 0O0E2021906024 del 19 de agosto de 2021, renunciando al tiempo restante para dar respuesta. La Dirección de Impuestos y Aduanas mediante resoluciones 040 y 043 del 10 y 18 de mayo de 2021 respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de competencia de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN. Por medio del formato de solicitud el interesado indicó que se notifique al Sr. Raul García Arias, en la Carrera 103 No. 25 B 86 piso 3, en Bogotá D.C.- Colombia. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
RESOLUCIÓN NÚMERO 007184 de 15 SEP 2021 HojaNo. 2
Continuación del acto administrativo por el cual por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice” Partida 84.17: “Hornos industriales o de laboratorio, incluidos los incineradores, que no sean eléctricos." Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 307 mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con ta atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cuatquier interesado. Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante la cual se reglamenta las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de particular o de cualquier interesado CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudan a partir de 9 de junio, fecha en la que empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al momento de suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años : Con la información allegada con escritos radicados Nos. ESGTA202100292 del 15 de junio de 2021 y 000E2021906024 del 19 de agosto de 2021, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y equipos destinados a producir galletas tipo wafer. El proceso de producción galletería wafer cuenta con el siguiente proceso: O
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Continuación del acto administrativo por el cual por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Ingresa al sistema preparación de masa la harina, azúcar, grasas, ingredientes menores, colorante, agua y en este equipo se mezclan todos los ingredientes por medio de una turbina de mezclado. El efecto de succión de la turbina provoca una intensa circulación de los componentes a mezclar, dejando una masa homogénea sin grumos. Desde aquí se bombea la masa hasta el horno que está conectado por medio de tubería, en el horno wafer se dosifica la masa a las planchas de horneo, las cuales tienen un movimiento continuo y son transportadas a través del interior del horno, dónde se encuentran los quemadores a gas natural, producto de la alta temperatura y él tiempo de exposición salen las obleas horneadas. Después de hornear las obleas, se transportan por medio de una banda hasta esta torre que enfría (Elevador enfriador DEV-Fox) a temperatura ambiente las hojas de wafer. Este proceso de enfriamiento pasivo es necesario para preparar las hojas para el proceso de cremado, en el sistema de preparación de crema es el encargado en producir a base de grasa sólida, azúcar, etc la crema que va a ser depositada en la hoja de wafer. Se produce en un tanque, se almacena en otro tanque pulmón para luego ser bombeada por medio de tubería hasta una tolva en la untadora de crema. Posteriormente en la untadora de crema y formadora de obleas llega la crema desde el sistema de producción de crema para ser untada sobre las obleas de wafer, mediante el método fílmico, con
unos rodillos controlados por frecuencia. Luego se arman los libros posicionando una oblea con crema sobre otra sin crema hasta formar la altura deseada de la galleta. Una vez los libros armados se transportan por medio de bandas hasta esta torre que su función es crear la cristalización de la crema que está dentro del sándwich y así dejar confirmado el libro correctamente. Por último, en el molino de reprocesos se tritura los sobrantes o desechos del horno para ser reprocesado y reincorporado en el proceso El conjunto está conformado por los siguientes componentes principales:
1. Uno (1) horno wafer automático SWAK FOX-75, características: número de planchas: 75, dimensión de cada plancha: 320 x 470 mm, quemadores: lineales, voltaje 440V, frecuencia:
80HZ, consumo de gas:73,4 m%h, potencia instalada: 657631 kcal/h, potencia eléctrica: 16kVA, material: acero inoxidable.
2. Una (1) mesa de enfriamiento DEV-FOX torre de enfriamiento de hoja wafer características material: acero inoxidable, sistema de control: Siemens, voltaje 440Vfrecuencia: G0HZ.
3. Una(1) aplicadora (untadora) de crema y formadora de obleas FSTM-FOX características: capacidad hasta 50 hojas/min, voltaje 440V, frecuencia: 60HZ, potencia eléctrica: 12,2kVA, cuenta con: MÓDULO ZONA DE ACUMULACIÓN y MÓDULO APLICADOR DE CREMA. capacidad máx. recipiente crema (L): 40; MODULO DE FORMACION DE BLOQUES CON
ESPIRAL apertura espiral (mm):10.
4. Una (1) torre enfriadora de bloques — KKV 182-FOX características: número de compartimientos: 182, voltaje 440V, frecuencia: 60HZ, potencia eléctrica: 4.5kVA enfriamiento de libros, cuenta con: UNIDAD DE REFRIGERACIÓN — REFRISAT capacidad: 24,000 kcal /h, potencia eléctrica: 27kVA, DESHUMIDIFICADOR MUNTER ML-420 capacidad: 420 mn, potencia eléctrica: 4,6kVA.
5. Una (1) unidad mezcladora de crema CAB 190 MZ-M características: largo (mm): 1800, ancho (mm): 1150, altura (mm): 1600, presión aire comprimido (bar): 6, conexión aire comprimido (BSP): Y”, conexión de agua para camisa del tanque. 6. (BSP): Y”, presión camisa de agua (bar): 1,5, presión de prueba (bar): 2, potencia instalada
(KW): 16,5, peso (kg): 1210, capacidad útil (L): 190, voltaje 440V, frecuencia: 60HZ, potencia eléctrica: 20kVA.
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Continuación del acto administrativo por el cual por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
7. Un (1) unidad tanque intermedio para crema CT 300W características: diámetro (mm): 800, altura (mm): 1900, peso neto (kg): 280, peso bruto de almacenamiento (kgf): 390, volumen
de almacenamiento (m43): 7, presión de aire comprimido (bar):6, conexión aire comprimido (BSP): %”, conexión de agua para camisa del tanque (BSP): Y”, presión camisa de agua (bar): 1,5, presión de prueba (bar): 2, potencia eléctrica: 3 kVA, capacidad útil (L): 300, voltaje 440V y frecuencia: 60HZ.
8. Dos (2) temperadoras de agua caliente y fría KWL 75 características: capacidad del tanque
(L): 35, rango ajuste temperatura: 5-50%C, voltaje 440V, frecuencia: 60HZ y potencia eléctrica: 10,5kVA.
9. Uno (1) turbo mezcladora de masa TMN-120 con alimentación de masa automática ATPFOX características: volumen recipiente para mezcla (L): 120 presión camisa de agua (bar): 0,5 potencia motor (kW): 5,5, voltaje 440V, frecuencia: G0HZ. 10.Un (1) triturador de desechos GUM 50 características: material porta cuchillas: acero inoxidable AIS! 420 de alta dureza, capacidad nominal del tanque (L):50, voltaje 440V y frecuencia: 60HZ. 11.Un (1) alimentador automático de masa ATP-FOX características: altura (mm): 1740, largo
(mm): 2010, ancho (mm): 1590, peso neto (kg) (ATP-FOX + TMN-120-FOX):350, peso bruto (kgf): 690, consumo nomina! de corriente (kW): 0,95, contenido (L): 250, capacidad útil (L): 120, tasa de flujo de masa: 1”, voltaje 440V, frecuencia: 60HZ y potencia eléctrica: 6,5kVA.
Capacidad de producción: aproximadamente 37,5 hojas de oblea por minuto, considerando un tiempo de cocción de 2 minutos.
El tiempo de cocción varía según la tecnología del producto utilizada (receta, calidad, grosor, grabado. De acuerdo con lo anterior, se concluye arancelariamente la mercancía corresponde a una combinación de máquinas y equipos que trabajan conjuntamente para el horneado y preparación de alimentos en este caso para gallería wafer, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.17 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XV!, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8417.20.10.00 del Arancel de Aduanas En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de ta Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8417.20.100.00 del Arancel de Aduanas, como un horno túnel para la producción de galletería wafer, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de diciembre de 2016 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, la Sr. Raúl Garcia Arias, identificado con cédula de ciudadanía No. 14.988.737,
Representante Legal de la Agencia de Aduanas Aladuana SAS Nivel 1 con NIT 830.010.905-4, mandatario de la Compañía Nacional de Chocolates SAS Colombia con NiT 811.036.030-9, en la Carrera 103 No. 25B 86 piso 3 de la ciudad de Bogotá D.C. - Colombia, de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021. ARTÍCULO TERCERO Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede EA
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Continuación del acto administrativo por el cual por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIÑÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 15 SEP 2021 ib
FABIÁN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyectó: Diana Marcela Garavito Arévalo
Revisó: — Fidei Raúl Minotta Benítez
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