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DIAN - Resolución 72 de 03-07-2015

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 72 de 03-07-2015
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2015

Day o De L . uña e de terpunstos y Ausnas A RESOLUCIÓN NÚMERO 90007 2 ( ) 9 3 JUL 2015 Por la cual se adiciona la Resolución 4240 de 2000 EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confieren el numeral 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008 y en el artículo 369 del Decreto 2685 de 1999 sus adiciones y modificaciones, CONSIDERANDO Que dentro del marco de las políticas de control que debe ejercer la entidad, se requiere establecer procedimientos claros y unificados que permitan alcanzar los objetivos de facilitación y orientación en las operaciones de comercio exterior. Que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 330 de la Resolución 4240 de 2000 se hace | necesario reglamentar el arribo de la carga en varios medios de trasporte en la modalidad || de Tránsito Aduanero, cuando se presenten condiciones especiales, alteración del orden | público o desastres naturales. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8? de la Ley 1437 de 2011, el proyecto de Resolución fue publicado en la página web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en fecha 18 de marzo de 2015. RESUELVE ARTICULO 1: Adiciónese los parágrafos 1 y 2 al artículo 330 de la Resolución 4240 de e | 2000, así: Parágrafo 1. En casos excepcionales, el Director Seccional de la aduana de destino, ||

podrá autorizar la finalización parcial y en forma manual del régimen de tránsito | aduanero para la mercancía que se haya movilizado en varios vehículos, y algunos de || ellos se encuentren pendientes por llegar, por la ocurrencia de hechos notorios, || situaciones que alteren el orden público, o desastres naturales, que afecten las | operaciones de tránsito aduanero. Para tal efecto, el depósito habilitado o el usuario operador de zona franca, diligenciará | las planillas de recepción parcialmente y en trámite alternativo, para los medios de | transporte que vayan llegando a destino. Una vez realizada la planilla de recepción, el declarante solicitará el manifiesto manual en la Dirección Seccional con jurisdicción en la aduana de destino; con el propósito de || presentar en la misma forma las correspondientes declaraciones de importación por la | mercancía efectivamente recibida. |

0000 RESOLUCIÓN NÚMERO Y 1É de 0 3 JUL 208 Hoja No. x Continuación de la Resolución por medio de la cual se adiciona la Resolución 4240 de 2000. Para la nacionalización parcial de estas mercancías, se deberá anotar al dorso de los documentos soportes, el número y fecha de cada una de las declaraciones de importación en las cuales se han hecho valer, tal como lo consagra el parágrafo primero del artículo 121 del Decreto 2685 de 1999. La actuación de qué trata el presente parágrafo deberá informarse por escrito a la Aduana de partida dentro del término de cinco (5) días hábiles siguientes a la llegada del último vehículo. Así, mismo esta actuación deberá registrarse en el sistema informático aduanero, a efectos de cancelar el tránsito en el sistema. Parágrafo 2: Sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo anterior, el depósito habilitado o el usuario operador de zona franca realizará el control sobre la finalización del régimen, debiendo enviar el respectivo reporte a la aduana de partida. Igualmente, el depósito llevará a cabo la revisión del término de almacenamiento e informará a la aduana de destino cuando sea del caso. ARTÍCULO 2": Vigencia. La presente Resolución rige a partir del 8 de julio de 2015 previa a su publicación y deroga las normas que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., 0 3 JUL 2015 SA O Direétor Genera

DIAN: Coordinación de Notificaciones.

Proyectó: María Elena Botero Mejía pcnn spam asomo — Nivel Central Bogotá, D.C.

Asesora Dirección de Gestión de Aduanas o Revisó : Maria Leonisa Ortiz Bolivar — (y 13 JUL 205 Subdirectora de Gestión de Comercio Exteriór Aprobó: Claudia Maria Gaviria Vásquez Se certifica que el anterior acto administrativo fue Directora de Gestión de Aduang$ Dalila Astrid Hernández Corzo Directora de Gestión Jurídica / l

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