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DIAN - Resolución 7348 de 06-10-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 7348 de 06-10-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

: POR UNA COLOMBIA más HONESTA EN . o 007348

Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL. SERVICIO DE ARANCEL. DE La o SUBIRECCIÓN: DE GESTIÓN TT ÉCNICA ADUANERA . a] En uso de, lneaf acultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011. de 2008 y teniendo en cuenta los Alguientes.- HECHOS. Co Mediante radicado No. - ESGTA2020000154 del 15 de mayo de 2020, las señora, Leidy . Esperanza Guacaneme Nuñez, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.905.716, representante legal de la Agencia deAduanas Internacional S.A.S Nivel 2, con NIT. 830.131.279-0, mandataria de la empresa Importadora -Mafelam - Limitada, con NIT -901.097.041-7, presentó una solicitud de resolución anticipada de clasificación arancelaria para la. mercancía denominada técnica. y. comercialmente ¿LÍNEA : PRODUCTIVA, o MÁQUINAS. PARA LA FABRICACIÓN DE TAPABOCAS”. - La interesada adjuntó El la solicitud copía de los. siguientes documentos: «presentación del producto con descripción, características Principales y planos, mandato aduanero y recibo : de pago. 1 La solicitante pago un millón cuarenta: y. cuatro mil quinientos ochenta y seis pesos. . mícte. o (5 1044, 586), con recibo de pago 9631 1 186-6 14 de mayo de 2020 del Banco de Bogotá.

Mediante oficio No. 100227342 - - - 905 del 3 de agosto. de 2020, tadicado virtual No. Ab - 00082020903750 del 4 de agosto de 2020, esta Coordinación solicitó a la interesada dar respuesta a los siguientes puntos: entregar una lista que contenga las máquinas que hacen parte del conjunto, hacer una descripción secuencial de un ciclo de operación delconjunto y presentar un diagrama de bloques que ¡lustre fas operaciones, entre. otros. Con oficios. Nos. 100227342-906. y 100227342-907 del 3 de agosto de 2020, la Coordinación del Servicio de Arancel solicitó a las Divisiones de Gestión de FiscalizaciónAduanera, de Gestión de Liquidación Aduanera y de Gestión Jurídica de las Direcciones Seccionales de Aduanas de Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena y. Medellín y de las “Direcciones Seccionales de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga, Buenaventura, NN “Cúcuta, Ipiales; Manizales, Pereira y Santa Marta y a las Subdirecciones de Gestión de Ho Recursos Jurídicos y de: “Gestión de Representación: Externa, respectivamente, $ información sobre la existencia de procesos en curso para. la «mercancía antes | mencionada; a la fecha no se reporta información sobre investigaciones relacionadas con este tipo <d ee product RESOLUCIÓN NÚMERO 007348 de 060CT 2020 HojaNo.2 Continuación de acto administrativo por medio del cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Con escrito radicado No. 0002020916556 del 1 de octubre de 2020, se atiende el

requerimiento de información, sin renunciar al término otorgado para dar respuesta. La interesada indicó que se notifique al Representante del mandante, por lo que el acto de notificación se hará a Jaime Felipe Acevedo Rojas, Representante legal de importadora : Mafelam Limitada, en la Calle 43 No. 36 — 95 en Barranquilla, Atlántico, dirección declarada como domicilio en el Registro Único Tributario (RUT). FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designy aCcodiifiócacnió n de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 3 de 1973, Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de : Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanasy otras disposiciones. o o 0% 3% l o Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: | o | “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo fienen un valor . indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” (...) Nota 4 Sección XV! - "Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos .

individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, : cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en fa partida correspondiente a la función que realice,” . o A - Partida 84.79: "Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra" parte de este Capítulo.” - Regla General interpretativa 6: - “La clasificación de mercancías en las subpartidasde una misma partida está determinada - legalmente por los textos de estes subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse '“subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de - Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” - OS o Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 298 a 304 y 307, mediante los. cuales se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de - Resolución Anticipada y de unidades funcionales, . ( eco NÚMERO i 0 o 7 3 44 8 06 ocr 2 —Hojal No. 3 “Continuación de acto administrativo por medio del cual se expido una resolución - Anticipada de Clasificación Arancelaria Resolución 0046 de:2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 304 al 306 y 316, mediante los cuales se: reglamentan: las solicitudes de Resolución Ñ Anticipada y de unidades funcionales. ES E :

CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con radicados Nos. ESGTA20200001 54 del 1 5 de. mayo de 2020 y 000E2020916556 del 1 de octubre de 2020, la mercancía objeto de. solicitud se describe como una serie de aparatos dispuestos en un arreglo que tienecomo. fin. producir .tapabocas de tres capas de forma rectangular con: tres pliegues : «frontales, para ser. usados. por personas, de acuerdo con: el siguiente proceso: e Desde un alimentador se. dispone de los rollos de textil que formarán los tapabocas, de -los alambres que conformarán:el puente nasal y de las bandas elásticas que permiten su .. sujeción a las orejas, materiales que ingresan por la parte alimentadora dela deseada de ' llegues + a , través. de un rodillo y: se corta la mascarilla a la rola requerida; una vez - cortadas, las mascarillas pasan por una plataforma de salto que las lleva a una delas dos máquinas soldadoras. de las bandas elásticas que fijan los sujetadores elásticos mediante «soldadura ultrasónica, obteniéndose así los tapabocas listos para. su uso. ee o Esta unidad puede producir tapabocas de: tela no tejida, de tela lisa, de gasa, iapabocás Ñ de carbón activo, de doble línea nasal y de cuatro capas, -entre otros; sus dimensionesson 5.400 de largo x 3.500mm. de ancho x 1. 880 mm de alto y utiliza energía eléctrica de z voltaje 220V ACE a 50 - $0 Hz y potencia de, 8, 5 KW OS E a

Los materiales que el alimentador dispensa a la máquina de preformado : son: un rollo de E tela de 200.mm, dos. rollos. de tela de 175 mm, un rollo de alambre de 3 mm y bandas. elásticas de 3 mm, el: tamaño. del tapabocas producido es: 17,5 cm x 9,5 cm y la «producción. es de 60 a 70 piezas por minuto; el sistema cuenta con un. PLC, control: de pantalla táctil y un transportador principal de velocidad ajustable, además de sistemas de detección de errores, conteo de producción, rectificación de entrada y control de forma - remota de. solución de problemas tt écnicos. ES A o “Listado de componenrtes: | Yo Un 0) alimentador que entrega los materiales - Una (1) máquina de preformado de la mascarilla - Dos (2) máquinas de soldadura de bandas elásticas (zquierda y derecha) -De acuerdo con la descripción y lista de equipos aportados, se concluye que la mercancía objeto de estudio consiste en un conjunto de aparatos que trabajan conjuntamente en la. confección de tapabocas de distintos materiales, función que por no estar explicitamente descrita en la nomenclatura, arancelariamente corresponde clasificarse como máquinas y DE aparatos con función propia, no. expresados ni comprendidos en otra parte del. Capítulo |: 84, en la partida 84.79. de la. Nomenclatura del: Sistema: Armonizado, de acuerdo con la Regla General Interpretativa 1 y en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI; y de conformidad con de la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida

8479. 89, 90. 00 del Arancel de Aduanas. o E o Teniendo en cuenta que el servicio de clasificación arancelaria de una unidad funcional tiene un valor equivalente a un salario mínimo mensual legal vigente a la fecha de presentación de la solicitud, aproximado a _múltiplo ds mil más. cercano, es, decir,

RESOLUCIÓN NÚMERO 007348. de 0 5 OCT 2020 Hoja No. 4

Continuación de acto administrativpoor medio del cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria - ochocientos setenta y ocho mil pesos m/cte. ($ 878.000), queda un saldoa favor por valor de ciento sesenta y seis mil quinientos ochenta y seis pesos m/cte. ($ 166.586), el cual podrá utilizar para presentar una nueva solicitud o solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, la jefe (A) de la Coordinación del Servicio de ' Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la | subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como las demás máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte del Capítulo, “de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del Sistema Armonizado, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. - : ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al señor Jaime Felipe Acevedo Rojas, identificado con cédula de

ciudadanía No. 1'140.837.081, representante legal de Importadora Mafelam Limitada, en la Calle 43 No. 36 — 95 en Barranquilla, Atlántico, de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 7684 del Decreto 1185 de 2019 y el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO: Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 0048 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme,la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución - 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. o | o | Ñ ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. | | | (6 á ES Ñ o

| Conrdinación de Notificaciones. A OCT 2920 rol DO o NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE la : t : , : Se certifica q € eiantenio¡ acto aarmnisirativo fue. 1. —— FAPAO OELCIAL GON + A HURTADO GARCÍA BABA 77 Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel | Subdirección de Gestión Técnica Aduanera

Proyectó: Luis Alberto Camargo €

Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata

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