🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 741 de 09-02-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 741 de 09-02-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA "RESOLUCIÓN NÚMERO 000741.

Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legalequse le confiere el Articulo 83 del Decreto 1742d e 2020 . (Régimen de Transición) y teniendo en cuenta los siguientes, . .

HECHOS.

Mediante radicado No. ESGTA2020000522 del 28 de octubre de 2020, la señora Blanca Cielito Cañón Cuervo, identificada con cédulad e ciudadanía No. 52.078.195, representante legal de la Agencia de Aduanas Profesional S.A.S Nivel 1 SIAP, con NIT 830.003.079-6, mandataria de la empresa Kyrovet Laboratories S.A, con NIT 800.193.656, presentó una “solicitud de resolución anticipada de. clasificación: arancelaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente "CANPLUSVIT", - La interesada adjuntó a la Solicitud copia electrónica de los siguientes documentos: ficha técnica en dos (2) páginas, certificado de análisis en dos (2) páginas, licencia de venta del producto expedida por el ICA en una (1) página, certificado de existencia y representación legal en catorce (páginas) y recibo de pago en una (1) página: e LT La solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mil pesos mícte; 6 439.0 00), con 1 recibo

| No. 898240895 del 27 de octubre de 2020, del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional oficio No. 100227342 . - 1629 del 4 de noviembre de 2020, radicado virtual No. 000S2020906797 del 5 de noviembre de 2020, esta Coordinación solicitó a la interesada dar respuesta entre otros, a los siguientes. - puntos: anexar el mandato, describir cómo se elabora el producto, especificar cuál es su contenido de humedad, e indicar las dosis y frecuencias recomendadas de administración.

Con: oficios Nos. 4002273421630 y 100227342. 1631 del 4: de noviembre de 2020, la - Coordinación del Servicio de Arancel solicitó a las Divisiones de Gestión Fiscalización Aduanera, de Gestión de Liquidación Aduanera y de Gestión Jurídicade las Direcciones - - Seccionales de aduanas de Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagenay Medellín y de las Direcciones Seccionalesde impuestos y Aduanas de Bucaramanga, Buenaventura, Cúcuta, Ipiales, Manizales, Pereira y santa Marta y a las Subdirecciones de Gestión de - Recursos Jurídicos y de Gestión de Representación Externa, respectivamente, información sobre la existencia de procesos en curso para la mercancía antes mencionada; de dichas dependencias no se ) reporta información sobre investigaciones relacionadas con este tipo denp roductá,) RESOLUCIÓN NÚMERO 000741 de 09 FEB 2021 HojaNo.2

Continuación de acto administrativo por medio del cual se expide una resolución

Anticipada de Clasificación Arancelaria Con escrito radicado virtual No. 000E2020919677 del 17 de diciembre de 2020, se atiende el requerimiento de información, sin renunciar al término restante para dar respuesta. La interesada indicó que se notifique a Blanca Cielito Cañón Cuervo en la Calle 25 G No. 100 — 26 en Bogotá D.C. : - FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. - Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto . Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. “Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla. General interpretativa 1: Ml “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los' Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas,

  • de acuerdo con las Reglas siguientes.” (..) l : Partida 23. 09: «Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales.”

Regla General interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de' subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se > aplican lasNotas de o Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” : o Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 298 a 304, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención delas solicitudes de Resolución Anticipada. : - Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - cos - 304 al 306, mediante la cual se reglamentan las s solicitudes de Resolución Anticipada. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - Según la: información suministrada - por la solicitante en - los radicados Nos. ESGTA2020000522 del 28 de octubre de 2020 y 000E2020919677 del 17 de diciembre de 2020, ta mercancía objeto de solicitud se describe como una solución de color café, de densidad 1,02 g/ml a 1,20 g/mi y pH ácido, que se administra a perros, gatos y aves como e Xx Continuación de acto administrativo por medio del cual ses e expide uu na 2 resolución o - Anticipada de Clasifi icación Arancelaria : fuente de vitaminas, aminoácidos y hierro, en casos de deficiencias de hierro por anemias en perros y gatos yen deficiencias dde vitaminas y aminoácidos ene las aves. Como componentes principales el producto contiene: -Sulfato ferroso como fuente de hierro

-Citrato de colina (fuente de vitamina B) -Inosito! (Vitamina Bh) -Nicotinamida (Vitamina B) -D-pantenol (Vitamina 85) o --Tlamina clorhidrato (Fuente de vitamina 81) -Riboflavina -5fosfato sódico (Fuente de vitamina B2) -Piridoxina clorhidrato (Fuente de vitamina B6)- -Ciancobalamina(Vitamina 312). Contiene además de lisina y metionina, que son aminoácidos; como excipientes se reporta agua, sacarosa, sorbitol, glicerina y ácido ascórbico, entre otros. Se obtiene por mezcla de sus componentes, en solución acuosa, en condiciones y proporciones determinadas. “Según se indica, se administra por vía oral! en dosis de 1:'ml por kg de peso en perros y gatos; en aves se dosifica agregando 20 ml por. litro de agua de bebida; se presenta en envases PET blancos de 50 ml, 120 ml y 240 ml... Co % Del análisis de la información anterior, se establece que la mercancía | corresponde arancelariamente. a una preparación alimenticia para consumo animal, comprendida en la |. : partida 23.09 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, en aplicación de la Regla General interpretativa 1 y por su condición de ser administrada a perros, gatos y también a |. aves, se clasifica en la subpartida 2309. 90. 90. 00 del Arancel. de Aduanas, según la Regla. o General| Interpretativa 6. : pe o En mérito de lo ahtériormente: expuesto. la jefe. (A) de la: Coordinación del Servicio de |.

Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, - | RESUELVE | ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar | la mercancía descrita en la. presente resolución, en la: subpartida 2309.90.90.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación utilizada en la: | - alimentación de perros, gatos y aves, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas - 1. y 6 del mencionado texto arancelario, contenido. en el Decreto 2153 de 2016 y sus mod ificaciones ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en e | sitio web de la DIAN, a la señora Blanca Cielito Cañón Cuervo, identificada con cédula de |. ciudadanía No. 52.078.195, representlaegnalt ed e la Agencia de Aduanas Profesional | -.S.A.S Nivel 1 SIAP, en la Calle 25 G No. 100 - 26 en Bogotá D., de conformidad con los | - Artículos 755, 756, 763 y 164 del Decreto 1165 de 22 019 y el artículo NN de la Resolución 0046 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO: Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual - deberá interponerse dentro de los diez' (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2014.)

RESOLUCIÓN NÚMERO 000741 de 09 FEB 2021 HojaNo.4 |.

Continuación de acto administrativo por medio del cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la - presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 09 FEB 2021

ES, NS AGASG AARAANO OS GARCÍA Jefe (A) de la Coerdimación Gel Servicio de Arancel Subdirección de Gestión Téchica Aduanera

Proyectó: Luis Alberto Camargo €

Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata

DAN === rra cimas Mel Central Bogotá, DC. Se certiticz que neos e) acto mstrativo f o pSu1bl.icea6 1c,e n pNidaan.o O e e E

AS E Ao. mA.

Consultar sobre este documento ...