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DIAN - Resolución 7741 de 13-10-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 7741 de 13-10-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 7741 13 de Octubre de 2020

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a - Petición de Cualquier interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL - DELA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERAEn uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 00 $ de 2008 y teniendo en n cuenta los siguientes, EN HECHOS. O Mediante radicado No, ESGTA202000329 del 10 de agosto de 2020, el señor Luis Enrique Pardo : Caicedo, identificado con cédula de ciudadanía 94.552.266, representante legal de la Agencia de: Aduanas Cargo Aduana Ltda., con NIT. 800.240.972-5, actuando como mandatario de la empresa . American Logistics Brokers S. A. S., con NIT. 830.105.520-1, presentó una solicitud de resolución declasificación arancelaria a petición. de cualquier interesado para la mercancía denomina: ica y comercialmente como1 0 “TERMÓMETRO INFRARROJO SIN CONTACTO”. o en cinco (05) folios, comprobante de consignación bancaria en un (01) folio, información tés ni diecisiete (17) folios y copla de mandato en tres (03) folios. El solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mil pesos Mete. ($439. 000), con comprobante No. : 98057171-2 del 05 de agosto. de 2020, del Banco de Bogotá. -Por medio del formato de solicitud, el interesado. indicó. que se > notifique a la Sra. Jel ) Paola

: Rodríguez €e n la Calle 25 e No 102 - 34 de Bogotá D, Cc. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o “Acuerdo de Cartagena ápróbado por Colombia mediante Ley ga de 1973. : Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó: el Texto. único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena (NANDINA). : Decreto 2153 de 2016 y sus : modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones, o. o O O Para el caso en estudio se considerará las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General interpretativa t “Los titulos de las Secciones, de los Capitulos o de los Subcapítulos solo tienen. un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y. de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas aartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes) : RESOLUCIÓN NÚMERO 7741 . de 13 de Octubre de 2020 Hoja No. 2 Continuaci ón del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Nota 1.m) de la Sección XVI “4.ÉE sta Sección no comprende: (.,) s artículos del Capítulo 90;” (...) m) lo Partida 90.2 5: símetros, areómetros, pesalíquidos e' instrumentos flotantes similares, termómetros,

Smetros, barómetros, higrómetros y sicrómetros, aunque sean registradores, incluso binados entre sí.” ral Interpretativa 6: Regla Gene “Lac Jasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada lega mente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mute atis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - Subf artidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sect ción y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” E o Decreto 11 55 de 2016 del Gobierno Nacional - artículos 303 a:306, mediante los cuales se dictan las disposi siones con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de ' cualquier in teresado, Ñ : o Ñ Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Direcdec Iimpóuesnto s y Aduanas Nacionales Artículos 313 y 314, mediante la cual se reglamentan las solicitudedse clasificación : arancelaria a petición de cualquier interesado. : : : e CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerda con la información suminiscton rraaddicaad o ESGTA202000329 del 10 de agosto de 2020, la me rcancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un paquete que contiene . un termóm etro infrarrojo multifuncional referencia PC868, un manual del usuario y una bolsa de tornillos. El paquete tiene las siguientes dimensiones (argo x ancho x alto): 17,30 x 12,30 x 6,50 cm con Ñ . peso total de 0,2000 kg, mientras que el termómetro individualmente presenta (largo x ancho x

alto): 14,90 x 9,50 x 4,50 cm y peso de 0,1400 kg. o _Característ cas del producto: Mul tiusos: puede medir la temperatura del cuerpo humano, de la piel, de superficies de líqu idos, cereales, etc. O NS % o Rár ido y preciso: medición precisa de temperatura en 1 segundo, desviación de medición de! nasta + /- 0,2 grados C. - .

Sin contacto: distancia de medición de 3 a 5 em, sin contacto para prevenir infeccionescruz adas. e Ret roiluminación: 3 colores para advertir altas temperaturas.

32,0 242,90. Rar 1go de temperatura: de O a 100C para mediciones en la superficie, de par a mediciones en el cuerpo humano, de 32,0 - 45,0 C para mediciones en animales. nte de alimentación:2 x pila AAA (no incluida) - Fue , se utiliza para determinarla temperatura en seres humanos, animales y superficies sinEl producte necesidad de entrar en contacto con los mismos; mostrando resultados precisos en 1 segundo. RESOLUCIÓN NÚMERO — 7744 de t3deOctubrede2020 HojaNo.3 | Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación: _ Arancelaria a Petición de Cualquier interesado .De acuerdo con lo anterior, arancelariamente el producto corresponde aun termómetro e Etrónico - de infrarrojos; para medir rangos de temperatura de O a 100 C, de uso en humanos, animales o 0 superficies, el cual en virtud de la Nota 1. m) de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General

Interpretativa 1 está comprendido en la partida 90,25 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y de acuerdo con la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 9025.19. 11 9. 00 del Arancel de Aduanas. E En mérito de lo anteriormente expuesto, la jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel dela : Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, : o 2 o E

RESUELVE 2

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 9025.19.19.00 del Arancel de Aduanas, como un termómetro electrónico multiusos, acorde con la - Nota 1. m) de la Sección XVI y en aplicación de las de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web. de la DIAN, a la señora Jeimy Paola Rodríguez, identificada con cédula de ciudadanía e -. 1.073.674.931, representante legal de la empresa American Logistics Brokers S.A.S., en Ta Calle 25 C No 102 - 34 de Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y Artículo 319 de la Resolución Reglamentaria 0048 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá -

interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo | establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presenta resolución en el o Diario Oficial, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el' artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la2 Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 - de la Ley 489 de 1998... A ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio. - de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la. Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lode su ¡ competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE - o | LA Ñ 13 de Octubre de 2020. 2

A VE MARÍAS ARRTADO GARCÍA Jefe (A) Coordinación del Sérvitio de Arancel 0 Subdirección de Gestión Técnica Aduanera ' Proyectó: Leonardo Rico O OS Cv vicio A . Revisó: Roque Amado Flórez o : 16 2 o 0 EN E | sein de oiacr: WSHR - Poode rtorne rBimini na Cante Bo 20.0. 2 ij ENE 2

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