DIAN - Resolución 7779 de 24-07-2009
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 7779 de 24-07-2009
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2009
RESOLUCIÓN NÚMERO 007779 DE 24 Julio 2009
Por la cual se fijan precios indicativos para manufacturas de plástico y otros productos sintéticos y se deroga la Resolución 03499 del 03 de abril de 2009 LA SUBDIRECTORA DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En ejercicio de sus facultades legales y en especial las establecidas en el artículo 28 del Decreto 4048 de 22 de octubre de 2008. RESUELVE ARTÍCULO 1. – Fijar en términos FOB los siguientes precios indicativos para manufacturas de plástico y otros productos sintéticos, originarios de cualquier país, salvo de aquellos con los cuales Colombia haya suscrito Acuerdos de Libre Comercio. Periodo MarzoJunio. SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN PRECIO FOB ARANCELARIA USD/TN. 3924.10.90.00 Las demás vajillas y demás artículos para el servicio de mesa 2299 o de cocina, de plástico. 3924.90.00.00 Demás artículos de uso doméstico y artículos de higiene o 2299 tocador, de plástico. 5407.20.00.00 Tejidos de hilados de filamentos sintéticos fabricados con tiras 2299 o formas similares. 5607.41.00.00 Cordeles para atar o engavillar, de polietileno. 2387 5607.41.00.00 Cordeles para atar o engavillar de polipropileno. 2299 5607.49.00.00 Demás cordeles, cuerdas y cordajes de polietileno, estén o no 2387 trenzados, incluso impregnados, recubiertos, revestidos o
enfundados con caucho o plástico. 5607.49.00.00 Demás cordeles, cuerdas y cordajes de polipropileno, estén o 2299 no trenzados, incluso impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con caucho o plástico. SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN PRECIO FOB ARANCELARIA USD/TN. 6305.33.20.00 Demás sacos (bolsas) y talegas, de tiras o formas similares, 2299 para envasar de polipropileno. 9401.80.00.00 Demás asientos incluso los transformables en cama (excepto 2299 los de la partida 94.02). 9403.70.00.00 Muebles de plástico. 2299 Artículo 2. Las medidas previstas en el numeral 1.20 del artículo 502 y en el artículo 502-1 del Decreto 2685 de 1999 se aplicarán a mercancías procedentes de Zonas de Régimen Aduanero Especial, amparadas con Facturas de Nacionalización expedidas con posterioridad a la publicación de esta Resolución. Artículo 3. La descripción registrada para los diferentes productos en este acto administrativo es la que define la mercancía a controlar. Las partidas o subpartidas no tienen carácter vinculante. Articulo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 03499 del 03 de abril de 2009.
PUBLÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a
DIANA CAROLINA DIAZ RODRIGUEZ
Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera