DIAN - Resolución 786 de 11-02-2021
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 786 de 11-02-2021
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2021
“POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA 00 - RESOLUCIÓN NÚMERO : 000786. 011 FEB 2021
Por la cual se expide una Resoldue Cclaisifóicanció n Arancelaria : - a Petición de Cualquier Interesado o LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL. - DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere al Artículo 83 del Decreto 1742 de2 2020 (Régimen « de Transición) y teniendo en cuenta los. siguientes, “Mediante radicado. ESGTAZ02000390 « del 31 de agosto. de 2020, el sr. Rafael ¿Julián Bellloo Moya. identificado con cédula de ciudadanía 80.895.934, presentó una solicitud de resolución. de . clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía 2 denominada técnica y comercialmente como “Masterbatch uv código 17 03736-B e. o e mel o El interesado adjuntó a la solicitud: formulario en un (1) folio, información técnica de la mercancía en un (1) folio, y copia del comprobante d« e pago en un (M folio. : o El solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mil pesos mícte. (s 439.9 .000), segúinn comprobante No. 986593532 del 08 de agosto de 2020 del Banco de Bogotá. - Mediante Requerimiento: de Información Adicional" No. -1002273421401, “radicado. virtual. -00082020905576 del 06 de octubre de 2020, esta Coordinación solicitó al usuario manifestar su ..
- consentimiento de levantar. el carácter conti dencial de ta información, Y ampliar la información técnica de la mercancía. : ed Con escrito radicado 000E2020919235 del 04 de diciembre de 2020, el peticionario Solicita pp rórroga : "para dar respuesta al requerimiento referido, la cual se concede con el oficio 1002273421880 . radicado 00082020907934 del 09 de diciembre de 2020. Por medio del escrito radicado virtual
000E2020919868 del 24 de diciembre de 2020:en cuatro (4) folios se recibe respuesta al requerimiento de información, renunciando al término restante. : : Según el formato de solicitud, se indicó que. se > notifique al sr. Rafael Julián Bello Moya ee n» la Calle | 11 No. 1 A95 Interior. 1 Apartamento 204, en el municipio de Chía = Cundinamarca. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado" de Designación. y Codifi cación de Mercancias. y su anexo, o aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. : Ñ A Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobó ee l Texto úú nico de la Nomenelatura Común de los Países. Miembros del Acuerdo de Cartagena. a | Decreto 2153 de 2016 y sus modif caciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras : disposicionega,) o RESOLUCIÓN NÚMERO | 000786 de 247 FEB 2021 Hoja No. 2Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación . Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas Notas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: "Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, . ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas deSección o de Capítulo y, sino son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con . las Reglas siguientes;” Partida 38.12: “Aceleradores de vulcanización preparados; plastificantes compuestos para caucho o plástico, no expresados ni comprendidos en otra parte; preparaciones antioxidantes y demás estabilizantes compuestos para caucho o plástico.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente - porlos textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, A efectos . de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional!— Artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las - disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de Cualquier interesado. Resolución 0046 de 2019, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 313 y
314, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. . CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - En la información allegada mediante radicados ESGTA202000390 del 31 de agosto de 2020 y 000E2020919866 del 24 de diciembre de 2020, ta mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como un producto de aspecto físico sólido en forma de “pellets”, que presenta las siguientes características: e "Se compone mayoritariamente de polietileno lineal de baja densidad (0,92) que actúa como base y un aditivo sintético del tipo aminas impedidas — “hals”, como ingrediente activo que “protege las cadenas poliméricas del polietileno lineal de 'baja densidad de la degradación . y perdida ' de propiedades oco asionadas por el rompimiento de las cadenas debido a la radiación Uv”, : El producto se obtiene por un proceso de extrusión donde ambos materiales se funden hasta obtener una mezcla homogénea, que luego se corta en trozos “pellets”. Se presenta comercialmente en bolsas de 25 kilogramos, y se utiliza como materia prima en el soplado de películas de polietileno, para evitar su degradación ocasionada por la radiación ultra - violeta, actuando como un estabilizante durante la exposición de la película plástica a la luz solar, | De acuérdo con lo anterior, al analizar la composición química del producto se observa que está preparado a base de polietileno (homopolímero) de baja densidad y una sustancia con función - amina, donde, el material plástico interviene únicamente como soporte del aditivo (amina impedida)
. para facilitar su inserción durante el proceso de elaboración de > películas plásticas, para que éste propicie la resistencia de la película frente a la radiación “UV”, - Por consiguiente, el producto se emplea como un estabilizante compuesto que interviene en contra el daño y perdida de propiedades del plástico ante la fotoxidación, y se encuentra enmarcado en el Capitulo 38 de la Nomenclatura Arancelaria.
. RESOLUCIÓN NÚMERO 000786. A de 411 FEB 2021 - Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación e Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Acorde a lo antes indicado, arancelariamente el producto, se encuentra comprendido en la partida 38.12 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1, y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 3812.39.90.00 del Arancel de Aduanas. - En mérito de lo anteriormente expuesto, la jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida -3812.39.90.00 del Arancel de Aduanas, como un estabilizante compuesto para plástico, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de diciembre de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web .
de la DIAN, al Sr. Rafael Julián Bello Moya identificado con cédula de ciudadanía 80.895.934, en la Calle 11 No. 1 A - 95 Interior 1 Apartamento 204, en el municipio de Chía — Cundinamarca, de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y Artículo 319 de la Resolución Reglamentaria 0046 de 2019. 8 - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de. Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el. Diario Oficial, de conformidad con el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 319 de la: Resolución 0046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. : € o o O ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a. la. Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de
su competencia y publíquese en la página web de la DIAN, o : NOTIFÍQUESE, PUBLÍQY UCEÚMSPLEASE | 11 FEB 2021
mm” GRESfi GARCÍA
MARÍA T
” .. Jefe (A) de la-Goord Subdirección de Gestión TécHica Aduanera P Rr eo vy ie sc ót : ó: CR li ac ua dr id ao AH le er jr ae nr da r a Da Jz ua r ado Zapata . . E 1 A A o o o o o DIA Coordinde aNoctificaóciónne + IA £fentral Bogotá, DC. 1, 30 ABRO Se ceruncz que es anteno: poto adiremistestivo fue f pubiicaedn ¡o NA¿Eo pE AT+ PELEA N A , 51.6614_p09. 42 Im