🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 7946 de 29-11-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 7946 de 29-11-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

RESOLUCIÓN NÚMERO 2021322571701007946

( )

29 DE NOVIEMBRE DE 2021

Por la cual se reconocen los gastos de legalización definitiva de la caja menor de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, LA DIRECTORA SECCIONAL DE IMPUESTOS BOGOTA En uso de las facultades legales y en especial las dispuestas la Resolución 000082 del 26 de agosto de 2021 y, CONSIDERANDO Que mediante Resolución 000278 del 19 de enero de 2021, se constituyó la Caja Menor para la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, con el CDP No. 2221 del 13 de enero de 2021. Que de conformidad con el numeral del artículo 2.8.5.13. del Decreto 1068 de 20151, en la legalización de los gastos para efectos del reembolso, se exigirá el cumplimiento de los requisitos que a continuación se indican: (...) 5. Que se haya expedido la resolución de reconocimiento del gasto, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 110 del Estatuto Orgánico del Presupuesto. Que la legalización definitiva de las cajas menores, constituidas durante la vigencia fiscal, se debe realizar antes del 29 de diciembre, fecha en la cual se deberá reintegrar el sado sobrante y el respectivo cuentadante responderá por el incumplimiento de su legalización oportuna y del manejo del dinero que se encuentre a su cargo, sin perjuicio de las demás acciones legales a que hubiese lugar. Que todas las operaciones que se realicen a través de la caja menor deben ser

registradas por el responsable de la caja menor en el SIIF Nación, incluyendo procesos relacionados con la apertura, ejecución, reembolso y legalización para el cierre de la caja menor (Art. 2.8.5.12 del D.1068/2015). Que se hace necesario realizar el reconocimiento de gastos de legalización definitiva de la caja menor No. 121 de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá. Que en consecuencia este Despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Reconocer los gastos para la legalización definitiva de la caja menor de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, Cierre Presupuestal SIIF No. 121 de la vigencia 2021.

ARTICULO SEGUNDO: Legalizar el cierre definitivo de la caja menor de la Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá, por SESENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS PESOS CON SESENTA CENTAVOS M/CTE ($69.900,60). 1 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público

RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 2 2021322571701007946 29 DE NOVIEMBRE DE 2021

Continuación: Por la cual se reconocen los gastos de legalización definitiva de la caja menor de la Dirección

Seccional de Impuestos de Bogotá

SECCION 1310

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL

DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES PROGRAMACION DEL PRESUPUESTO GASTOS GENERALES CONSTITUCION CAUSADO SALDO PASTA O PULPA, PAPEL Y PRODUCTOS DE PAPEL; IMPRESOS Y ARTÍCULOS

RELACIONADOS 700,000 69.900,60 630.099,40

OTROS BIENES TRANSPORTABLES N.C.P 200,000 - 200,000

SERVICIOS DE MANTENIMIENTO, REPARACIÓN E INSTALACIÓN (EXCEPTO CONSTRUCCIÓN) 200,000 - 200,000

OTROS SERVICIOS DE FABRICACION, EDICIÓN, IMPRESIÓN Y

REPRODUCCION, SERVICIOS DE RECUPERACION DE 800,000 - 800,000

MATERIALES TASAS Y DERECHOS ADMINISTRATIVOS 1,100,000 - 1,100,000

TOTAL 3,000,000 69.900,60 2.930.099,40

RESUMEN LEGALIZACION REEMBOLSO

VALOR EGRESOS CIERRE PRESUPUESTAL 69.900,60

VALOR DE LOS REINTEGROS CIERRE PRESUPUESTALVALOR NETO CIERRE PRESUPUESTAL 69.900,60

Responsable: Leidy Marcela Roncancio Martínez

C.C. No. 1.022.322.538

Valor correspondiente a deducciones: $0 Valor correspondiente a sobrantes: $2 930.099,40

Total: $2 930.099,40

ARTICULO TERCERO: Por intermedio del GIT de Documentación PUBLICAR la presente resolución en la página web de la DIAN, en cumplimiento del artículo 8, numeral 4 de la Ley 1437 de 2011.

ARTICULO CUARTO: Por intermedio del GIT de Documentación PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial, en cumplimiento del artículo 119 de la Ley 489 de 1998 y artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 15 de la Ley 2080 de 2021.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en la ciudad de Bogotá D.C, a los

PATRICIA GONZALEZ VASCO

Directora Seccional de Impuestos de Bogotá Proyectó: Leidy Marcela Roncancio Martínez Cuentadante caja menor

Reviso: Rossy Liliana Ascencio Pachon

Jefe División Administrativa y Financiera (A)

Consultar sobre este documento ...