DIAN - Resolución 8044 de 26-10-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 8044 de 26-10-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA o - RESOLUCIÓN NÚMERO | 8044 26 poO ctubre de 2020
Por la cual se expido una Resolución de Clasificación Arancelariaa Petición de: Cualquier: Interesado N LA JEFE ay DE LAA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA NS En uso de las facultades legales gue le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0014 de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, o : HECHOSMediante radicado No. ESGTA202000294 del 16: de julio: de 2020, el Sr. Carlos Alberto: Esquerra. Ovalle, identificado con cédula de ciudadanía No. 16.645.042, representante legal de la empresa. Importadora el Gran Tornillo S.A., con NIT 890.319.535-9, presentó:una solicitudde resolución declasifi icación. arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica mo “CADENA DE ORUGA EUBRICADAS SIN: ZAPATAS PARA. Ya ÚNICO El interesado dj los ¿siguientes dod cumentos: “fofimilario dee solicitud: en unoo: l) folio, descripción de la mercancía en tres (3) folios, catálogo en cuatro (4) folios, ficha técnica: “Titan-1TM” en cuatro - (4) folios, ficha técnica "CASE IH” en un (1) folio, soporte de pago en dos. (2) folios, Ftografía máquina “CASE me en un (1 folio y fotografía delp roducto en unt( 1) folio.
- El solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mil ciento cincueñta: pesos mete s 439. 150), según. comprobantes Nos, 76070160-5.5 del 14 dele julio. de 2020 El 99410885O del 16 dee julio de 42 020 del. : Banco de Bogotá.
Por medio del formato de solicitud el interesado indicó €q ue s« e notifique al: señor Carlo Loro Esguerra Ovalle en la Carrera 5 24-45, Cali — Valle del Cauca, Colombia. - FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio. del Sistema Armonizado de Designación y: Codif cación de Mercancias y su anexo, - aprobado. por Co ERE A E Acuerdo de Cartagena, aprobado. por Colom ia mediante Ley8a s de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediarite la cuál se aprobó el Texto único : de la Nomenclatura Común. de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. E : ) de 2016 y ssiu s: mo ficaciones, por al cual! se> adopta el Arancel de, Aduanas aca e disposiciones, - Para el caso en estudio se aaa e tina redado cie E “Los títulos de las Secciones, de los Capitulos o de los Subcapítulos solo tienen un2 valoorr indicativo, determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas dey sino son C ntrarias: a lOs: textos: de dichas partidas yy Notas, di acuerdo con las Reglass guientes” SS E AS 0%
| Nota legal 2b) Sección xv : “2, No se considerann partos O accesorios de material det ransport, aunque ss eann identífoables como . taleas, RESOLUCIÓN NÚMERO 8044 de 26de Octubre de 2020 Hoja No.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado (...) b) las partes y accesorios de uso ) general, tal como se definen en la Nota 2 de la Sección XV, de metal común ¡[Sección xv, nia los artíulos similares de plástico ( Capítulo 39);” Nota legal 2 a) sección xv “2. En la Nomenclatura, sé consideran partes y accesorios de uso general: : a) los artículos de las partidas 73. 07, 73.12, 73. 1 5, 73.17 6 73, 18, así como los artículos similares de los demás metales comunes,” 73. 15 Cadenas y sus partes, de fundición, hierro 0.acero. : Regla General interpretativa 6: “La -c lasificación de “mercancias en. las" subpartidas : de una. misma partida está determinada legalmente por los textos de estas: subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del: mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en€ contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional —- artículos 303: a 306 mediante los cuales se > dictan
las disposiciones relacionadas con la atención de las soli citudes de clasificación arancelaria a. petición de cualquier interesado. : Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de ta Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y - Artículos 313 y 314, los cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerdo con la información suministrada con radicado No. ESGTA202000294 del 16 de julio de 2020, la mercancía objeto de solicitud de clasificación arancelaria se describe como un mecanismo . compuesto por eslabón, pasador y buje, sellos y anillo, el cual mediante el movimiento de los eslabones hace que una maquina tipo cosechadora se desplace; el cual funciona de la siguiente manera: Una bomba hidráulica alimenta varios componentes, entre ellos, dos motores hidráulicos para marcha (uno para cadena derecha y otro para cadena izquierda), cada. motor hidráulico gira y : acciona un reductor mando final, al que se le acopla un aro de sprocket de 29 dientes, Ñ Ai girar el reductor mando final, solidariamente gira el aro sprocket; cada diente del aro sprocket se . acopla al buje de la cadena, transmitiendo fuerza; la fuerza aplicada a cada buje, la recibesolidariamente el pasador de cadena; los extremos de los pasadores se encuentran unidos a los. eslabones (derecho e izquierdo), generando movimiento lineal; el movimiento de los eslabones - hace que la cosechadora :s e desplace. o - La mercancía está constituida por 48 secciones conformadas por un eslabón derécho, un eslabón
izquierdo, un juego de pasador yy buje, un juego de sellos y un anillo separador. El producto se presenta con sus respectivos eslabones de acero, fabricados por forja, bujes y : pasadores producidos por mecanizado, ensamble y tratamiento térmico; y se utilizan en máquinas - ' autopropulsadas tipo oruga, pará permitir su desplazamiento, que en aplicación de la Regla General _Interpretativa 1 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado se clasifica en la partida 73, 15; yen. aplicación de > las disposiciones establecidas en la Regla General Interpretativa 6 se debe clasificar - RESOLUCIÓN NÚMERO 8044 de 26de Octubre de 2020 HojNoa. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolA ución de Clasif cación An 0 - Arancelariaa Petición de Cualquier Interesado 3 en la subpartida arancelaria 7315.12.00.00 del Arancel de Aduanas como las demás cadenas de. eslabón articuladoy sus partes ON o o E Finalmente, y teniendo en cuenta que para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a medio salario mínimo mensual legal vigente, el cual debe ser acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir la suma de cuatrocientos treinta y nueve mil pesos m/cte ($439.000); de acuerdo con el comprobantes de transacción Nos. 76070160-8 del 14 de julio de 2020 y 99410885-0 del 16 de julio de 2020 del Banco de Bogotá, aportado para el trámite, pagó la suma de cuatrocientos treinta y nueve mil ciento cincuenta pesos m/cte ($ 39.150),
quedando un saldo a favor del solicitante por valor de ciento cincuenta pesos mí/cte ($ 150); podrá utilizar para presentar una nueva solicituod ,en su defecto solicitar la devolución. | En mérito de lo anteriormente expuesto, la jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel c - Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, o : A RESUELVE— ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descritaen la presente resolución, en la su bpartida 7315.12.00.00 del Arancel de Aduanas como las demás cadenasde eslabón articulado y sus partes en concordancia con las Notas legales 2b) Sección XVII, 2 a) sección XV y en aplicaciódne las - Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto2153 de 2016. - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web - - de la DIAN, al Sr. Carlos Alberto Esguerra Ovalle, identificado con cédula de ciudadaníNao.
- 46.645.042, representante legal de la empresa Importadora el Gran Tornillo S.A., en la Carrera 5 24-45, Cali — Vallede l Cauca, Colombia, de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 delDecreto 1165 de 2019y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019. : E ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesadquoe contra el presente acto administrativo órocede : recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá -
interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación del presente acto administrativo, de conformidacódn lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1185de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. a o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidacdon el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la R 1es 9ol 9uc 8ión . 0046 de 2 o019 ,e l artícul o o65 de la Ley 143 | 7 de 201A1 y el artículo 119 de la Ley 489 de | - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativop,ar medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de |. su competencia y publíguese en la página web de la DIAN... e y Co Wor id eidne fBaM oa gtc oi tef áii ,c aóc Di non .ne Cs . tN OTrIFÍao QUlESE , PUB LÍQY UCEUMSPLEAS E : 0
Se certihos abe eranteno: acto admmist MARÍA FRAGA K£BÓ GARCÍA | PUMETE => Te (a) as lá Coordinación der Sgrvdie cArianoce lJ) Subdirección de Gestión Técnica Aduanera
Proyectó: Hector Arturo Garay Lea!
Revisó: Fidel Rául Minotta Benitez