DIAN - Resolución 814 de 05-02-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 814 de 05-02-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
Hal : : : . Drección de Impuestos y Añuenás Nadiorales 0 5 FEB 2020 ( ) Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria.
LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL.
DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA.
En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo42 de la Resolución 0011 de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, -. - HECHOS Mediante radicado No. ESGTA2019005de6l 82 5 de noviembre de 2019, el Sr. Jaime Eduardo Gómez Gómez, identificadcoon cédula de ciudadanía 19.347.916, representante legal de la || sociedad CPNS SAS con NIT 900.497.538-8, presentó una solicitud de resolución anticipada de - : cl Da Us Lif Ci Ec aci Dó En La Er Ca Hnc Ee la Ari Ra T Ep Sa Ar Na ALla ” me y rc ca onn cí ela nod me bn ro em in ca od mea r cic ao ln "el A Rn Eo Qm Ub Ir Pe E
té Oc ni Dc Uo LC“ EA RE DEQ UI LP EE
C HEO -: ARTESANAL REPOSTERÍA”.El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: carta de presentaciódne la solicitud en un (1) folio, ficha técnica del producto en tres (3) folios y copia || de la consignación bancaria en un (1) folio. _El solicitante pagó cuatrocientos catorce mil cincuenta y ocho pesos m/cte ($414.058) según
comprobante 20191121100816070000 del 21 de noviembre de 2019 del Banco de Bogotá... Mediante oficios Nos. 1002273421 774 y 1002273421775 del 09 de diciembrede 2019, se. consultó a las Subdirecciones de Gestión de Recursos Jurídicos, Gestión de Representación Externa y Divisiones de Gestión Jurídica de todo el país y a las Divisiones de Gestiónde . - Fiscalización Aduanera y Gestión de Liquidación Aduanera de todo el país, respectivamente, si tenían conocimiento de la existencia de procesos en curso para la mercancía objeto de la solicitudde clasificación arancelaria; no encontrándose información sobre investigaciones relacionadas con .. este tipode producto. - - Por medio del formato de solicitud,e l interesado indicó que se notifique al Sr. Jaime Eduardo 0 Gómez Gómez en el kilómetro 5 Vía Cajicá — Tabio, Cajicá —- Cundinamarca. FUNDAMENTOS DE DERECHO Conveniode l Sistema Armonizado de Designación y Codificaciónde Mercancias y su anexo, | aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. “ Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual aprobóe l Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena (NANDINA). Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 29a 830 4, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas. o o E “Decreto 2153 de 2016 y sus modificacionespo,r el cual se adoptael Arancel de Aduanas y otras Ci
disposiciones.
RESOLUCIÓN NÚMERO 000814 05 FEB 2020 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria Para el caso en estudiose consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sino son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 19.01: “Extracto de malta; preparaciones alimenticias de harina, grañones, sémola, almidón, fécula O extracto de malta, que no contenga cacao o con un contenido de cacao inferior al 40 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte; preparaciones alimenticias de productos de las partidas 04.01 a 04.04 que no contengan cacao O con un contenido de cacao inferior al 5 % en peso calculado sobre una base totalmente desgrasada, no expresadas ni comprendidas en otra parte.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo
disposición en contrario.” o Ñ OS Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 304 a 312, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Acorde con la información aportada con radicado No. ESGTA201900568 del 25 de noviembre de 2019, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una preparación alimenticia a base de leche, con la siguiente composición cualitativa-cuantitativa: - Leche entera fluida de vaca: 52.0% - Azúcar blanca: 47.0% - — Micro ingredientes: carragenina, concentrado de proteína de leche, bicarbonato de sodio, - sorbato de potasio, antiespumante, glicerina, fosfato, lactasa: 1.05% El proceso de producción inicia con la recepción de la materia prima y la aplicación de los controles de calidad a las mismas, siguiendo la verificaciódne que todos los ingredientes y empaques concuerden con las materias primas requeridas. Posteriormente se recoge la leche en un silo aforado, asegurándose que esté liberada por el departamento de control de calidad, se adicionan los restantes ingredientes en el orden establecido por el cono de mezcla. Se agita la mezcla para garantizar la disolución de los ingredientes, para luego ser liberadade acuerdo con los parámetros establecidos y pasar a una slapa de pasteurización a temperaturas entre 75 C y 85 C, con el fin de bajar la carga microbiana e la mezcla. o A continuación, se envía la mezcla un intercambiador de placas a una temperatura de 38 —- 40 €
y se recepciona en el tanque de maduración. Continúa el proceso con la adición manual de la lactasa e hidrólisis de la mezcla (en esta etapa manualmente se controla el tiempo y temperatura para garantizar el proceso). El proceso prosigue con la evaporación de la mezcla donde se verifica la concentración del _ - RESOLUCIÓN NÚMERO | 000814 de 0 5 FEB 2020 Hoja Noa Continuación del acto administrativo por el cual: se expide una Reso olución Anticipada deClasificación Arancelaria o producto y se valida si se obtuvo una mezcla homo producto con el cierre de las válvulas de vapor, a temperatura hasta los 56"C — 60C. Seguidamente A la zona de empaque y finalmente se conecta el manual, no sin antes verificar que tuberías y conexi General Interpretativa 1 de la N base de leche entera, sin , cl aa cam oe ,r ca qn uc e ía e n a ac pl la is ci af cic ia ór n c do er r le a sp Ro en gd le a - d1 e9 l. 01 A, r any c ec lo nf deo r Ame d uaa nal sa . Regla Ge no em re an l cl Ia nt tu err pa r etd ae tl i vaS is 6 te sem a claA sr ifm io cn a iz ea n do la ss ue b pc al ra ts ii dfi ac a 19e 0n 1.l 9a 0.p 2a 0r .t 0id 0a . - lE an Sum bér di it ro e ccde i ónlo a den te Gr ei so tr im óe nn te T éce nx ip cu ae s At do u, anl ea raJe ,f e (A) de la Coordin Aación del Servicio de o A rancel o de
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la s Ru eb gp la ar st id Ga e ne1 r9 a0 l1 e. s9 0. In2 t0 e. r0 p0 r etad tel i vaA sr a 1n ce y l 6 dd ee l SA id su ta en ma as , Armc oo nm io zadd oul ,c e cod ne t enle ic dh oe , ene n el a Dp el ci rca ec ti oó n 21d 5e 3 l da es Ñ 2016 y sus modificaciones. : o ' 3% wA eR bT Í dC eU L laO DIS ANE ,G U aN l D sO e. ño r No Jt ai if mi ec ar E dp uo ar r dc oo rr Ge óo meo zd e Góm ma en ze ,r a is du ebs ni td iia fr ii ca adcm ooe n d ia cn édt ue l a av di es o cie un dae dl ansi íti ao . 20C1 a9 1j. 9i3 c 4 á,7 y . 9 eC1 l u6 n a, r d ti ír n ce ua lp m or a e rs 3ce 1a 1n ,t a dn et d ee l a cl o Re n eg fa sl o o r lm ude ci id óala nd so 0cc 0oi n 4 e 6d la o dsd e a 2C r 0tP í 1N c 9uS .l os SA 7S 5,
5 , en 7 A 56,el K 76i 3l óm ye t 7r 6o 4 5 d elV ía D ecCa rj ei tc oá 11T 6a 5b io d E, e N 0% ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presactoe adnmintistreati vo procede -. recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá ei sn tt ae br lp eo cn ie dr os e en de en l tr ao r tícd ue l o lo 2s 9 8 di de ez l ( D1 e0 c) r etd oí as 1 1s 8i 5g u di ee nt 2e 0s 19a ,e s lu arn to ít ci ulf oi ca 3c 0ió 6n , de de l a c Ro en sf oo lr um cii ód na d 00c 4o 6n dl eo2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011... o e ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente : resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 0046 de 2019, - €l artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio. de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión ndd e Recursos S FísiFcísi os alla a >
Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de - su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. e o :
- NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DMIdGD 0.5 FEB 2020 o ¡STO HUBTADO GARCÍA. 0% Jefe (A) de la Coordinación del| Servicio de Arancel. % Subdirección de Gestión Técni Aduanera. y onrrniaa o | CA : ll Coordinaciónde Kollicacionos.|
ba inmi Mil Central Gegota, D.C.
Proyecetctóot: ó: : Fa FabEbiiáá n Alberto o GarcGarcía ía CaCassttaaññeeddaa fp A Secertifii ca qusee eel. lantenor acto semlnsi strativfoue - Revisó: Claudia AlejaJunraddo rZaapat a | publicadoe n RIS. OMHDOAL a 34, 427, PAG» Lic...