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DIAN - Resolución 8164 de 08-10-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 8164 de 08-10-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

DIAN, POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 008164 (08 OCT 2021) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria” : - a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA - DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1. del artículo 2 de la Resolución : - 000070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado 000E2021903651 del 28 de mayo de 2021, el Señor Luis Ricardo López Sánchez identificado con cédula de ciudadanía No. 79.343.753, apoderado de la sociedad Extractora El Pajuil - Central Del Casanare S.A.S ZOMAC, con Nit. 901.271, 583-2, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancia denominada técnica y comercialmente como “PLANTA DE COGENERACIÓN DE ENERGÍA.” Ñ El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud en + dos (2) - folios, descripción de la mercancía en dos (2) folios, información técnica en doce (12) folios, catalogo en sesenta y siete (67) folios, diagrama de procesos en un (1) folio, cámara de comercio en tres (3) folios, listado de equipos en cuatro (4) folios, poder en tres (3) folios, y copia del comprobante de pago en un (1) folios, El solicitante pagó novecientos nieve mil pesos m/cte. ($ 909.000), según transferencia con No. de |

autorización 15343292 del 15 de abril de 2021, del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de información Adicional c« on oficio No. -1002273421539 del 2 de julio de 2021, radicado virtual 000S2021907172 del 21 de julio de 2021, esta Coordinación informó al interesado que dentro de la solicitud de clasificación se encontraron siete (7) sistemas - - independientes, por lo cual solicitó seleccionar la mercancía que deseaba fuera clasificada, con el fin de continuar el trámite de lá solicitud 000E2021903651 del 28 de mayo de 2021. Con escrito “radicado No. 000E2021909056 del 23 de septiembre de 2021, se atiende el requerimiento deinformación en doce (12) folios, solicitando expedir la clasificación arancelaria como unidad . funcional únicamente para la “PLANTA DE COGENERACIÓN DE ENERGÍA”, remitiendo información técnica relacionada, sin renunciar al término restante para dar respuesta. La Dirección de Impuestos y Aduanas mediante resoluciones 040 y 043 del 10 y 18 de mayo” de 2021 respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y - actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de competencia de la UAE Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN.

Por: medio del formato de solicitud, el interesado indicó que se notifique. al señor Luis Ricardo López

  • Sánchez, en Calle 98 $ 2264, oficina 910, en Bogotá D. e.

RESOLUCIÓN NÚMERO 008164 de 080CT 2021 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado o bb DE DERECHO | Convenio del Sistema Armonizado de Designación : y Codiífi cación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante el cual se aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. - Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: - Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, . “ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y N| otas, de acuerdo ' con las Reglas siguientes.” : Nota 4 de la Sección xvi: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas “estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para. realizar conjuntamente una función netamente definida, : comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida

correspondiente a la función r que realice.” Texto de Partida 85.02: “Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos.” Regla General interpretativa 6: - “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida ostá determinada legalmente : por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así cómo, mutatis mutandis, por las' - Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. » Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional —- Artículos 298 a 307, mediante el cual sé dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes anticipadas de clasificaciónarancelaria. o o . Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante la cual se reglamentan la expedición de resoluciones anticipadas de clasificación - arancelaria. > ConRIBEnACIONES DEL. DESPACHO | Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudan a partir del 9 de j junio, - fecha en la que empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al. - momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años. , s o RESOLUCIÓN NÚMERO 008164 de 080CT2021 HojaNo.3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado En la información suministrada mediante radicados 000E2021903651 del 28 de mayo de 2021 y 000E2021909056 del 23 de septiembre de 2021, la mercancía objeto de solicitud de clasificación: arancelaria se describe como un conjunto de máquinas que trabajan de manera combinada paragenerar energía eléctrica de corriente alterna a partir de una fuente primaria, empleando como - combustible biomasa, producida por una plata ee xtractora de aceite de palma, mediante el siguienteproceso: La combustión inicia con la alimentación de la biomasa a la caldera, con un transportador de alimentación de combustible y la alimentación de aire primario con el ventilador de tiro forzado, al -- mismo tiempo el ventilador de aire secundario introduce aire en la caldera para completar el proceso de combustión y asegurar la eficiencia, los gases producto de la combustión son extraídos mediante el ventilador de tiro. : o El vapor. de alta presión 'sobrecalentado producido en la caldera, es alimentado por el grupo electrógeno de corriente alterna conformado por una turbina y un trasformador, el primero de ellos - transforma la energía térmica del vapor en energía mecánica a través de la expansión del vapor, para posteriormente transrniticlo al alternador, el cual se encarga de transformarla en energía eléctrica. Finamente, respecto de los gases de combustión de la caldera, son conducidos por el ventilador de tiro inducido, donde pasan por un sistema de limpieza antes de ser dispuestos en la atmósfera mediante un sistema de multi ciclones incluido en la caldera que filtra los gases y posteriormente _ un precipitador electrostático para la remoción de ceniza de los gases de. combustión,

El precipitador electrostático remueve > partículas suspendidas : en un flujo de gas haciendo uso del campo electrostático, esté imparte carga negativa a las particulas de cenizas que atraviesan el - campo generado por los electrodos de descarga, para luego ser atraídas hacia las placas colectoras -aterrizadas eléctricamente, donde la remoción de las particulas adheridas a las placas colectoras se realiza con un sistema de golpeo. que precipita la ceniza hacia la tolva inferior colectora... | Componentes:

1. Una (01) caldera para la generación de. vapor, capacidad 18 toneladas vapor/h, presión de «trabajo 31 bar (G), temperatura de trabajo 320 C, parámetros eléctricos: alimentación eléctricos en tres fases, voltaje 440 V/60 Hz, la caldera se encuentra compuesta por dos (2) bombas de alimentación de agua, un (1) ventilador de tiro forzado inducido, un (1) desaireador térmico, un - (1) economizador, un (1) precalentador de aire, un PLC y sistema, Un (0 sistema multiclones, una (1) parrilla reciprocante. -2. Un (1) precipitador electrostático (filtro), para la ran de los gases provenientes de la . - - combustión de la caldera, capacidad 75.000 Am'/h, temperatura de trabajo 250 C, tamaño partícula entrada 0,4 g/Nm3, tamaño partícula salida menor o igual a 50 mg/ Nm? parámetros eléctricos alimentación de motores eléctricos en tres fases, voltaje 440 V/G0 Hz.

3. Un a) grupo electrógeno de corriente alterna, compuesto por una (1) turbina de vapor de

capacidad 950 kW, voltaje 440 V/60 Hz, un (1) alternador, unn (1) gobernador UG28, un (1) set de accesorios de tubería. En virtud de lo expuesto, la mercancía arántelariamente corresponde « a un grupoo electrógeno de corriente alterna, que se encuentra comprendido en la partida 85.02 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, en atención a la Nota 4 de la Sección XVI, de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1, y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8502. 39.10. 00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasifi cación Arancelaria - de ta Sutelirscción Técnica Aduanera, RESOLUCIÓN NÚMERO | 008164 de 080CT2021 HojaNo.4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado -- RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Reconocer personería jurídicaal señor Luis Ricardo López Sánchez. identificado con cédula de ciudadanía No. 79.343.753, y tarjeta profesional No. 50.260 del C. S. d,: conforme al poder otorgado y para los efectos en él consagrados. - ARTÍCULO SEGUNDO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, salvo la excepción mencionada en los Considerandos del Despacho, en la subpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, como los demás grupos electrógenos para generación de corriente alterna, de

acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y - 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. - ARTÍCULO TERCERO. Notificar por correo a la dirección informada por el solicitante señor Luis Ricardo López Sánchez identificado con cédula de ciudadanía No. 79.343.753, Abogado Apoderado - de la sociedad EXTRACTORA EL PAJUIL CENTRAL DEL CASANARE S.A.S ZOMAC, con Nit. . -901.271.583-2, en la Calle 98 22-64, oficina 910,e n Bogotá D.C., o de manera subsidiaria - - mediante aviso en el sitio web de la DIAN, de conformidad con los artículos 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y artículo 311 o 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 14tto 1 14 de la resolución 39 de 2021 respectivamente. : ARTÍCULO CUARTO. Informar al interesado que contra el présente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de -. los diez (10) días siguientes a su notificación, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 305 del - Decreto 1165 de 2019, reglamentado por el Artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019,. de conformidad con lo establecido en los Artículos 74 y siguientes. de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO QUINTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el

Diario Oficial, de conformidad con el articulo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la - Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO SEXTO. Remitir una vez en firme, copia del ipresente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificacionedse la Subdirección Administrativa a la - Coordinaciónde Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese €e n la página web de la DIAN. | |

08. OCT 2021

'NOTIFÍQ ESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

FABIÁN A —G ARCrÍA c

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria. Subdirección Técnica Aduanera | -Proyectó: Marcela Martínez Fajardo

Revisó: Fidel Raul Minotta Benitez D1] , AN Coordinación de Notificaciones, - meiRa Kencom rt Br ES ie! Centr2al6 BogD oI táC , p2 S0 .2 1

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