DIAN - Resolución 8272 de 09-11-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 8272 de 09-11-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA -— RESOLUCIÓN NÚMERO - 8272 (09 NOV 2020) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria - - a Petición de Cualquier Interesado | - LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DEE LA pa SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011 o de 202 08 y teniendo €e n cuenta los siguientes, | HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202000474 del 30 deseptiembre de 2020, el. señor1 Nelson David Londoño Vélez, identificado con cédula de ciudadanía 71.398.558, en calidad de representante legal de la empresa LOGIUS S.A.S., con NIT 900.221.412-4, presentó una : solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “Ceniza de carbón”, El interesado adjuntó los siguientes documentos: formulario de solicitud. en un (01) folio, descripción de la mercancía en dos (02) folios, fi cha técnica en dos (02) folios y recibos de Ñ Pago en dos (02) folios. o l El solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mi pesos. mote > (5 439, 000). según comprobantes Nos. 25122287-1 del 11 de septiembre de 2020 y 97848720-4 del 29 de o septiembre de 2020 del banco de Bogotá. - Por medio del formato de solicitud; se indicó que see notifique al señor Nelson David Londoño e
Vélez, en la Carrera 23A N 7471 en Manizales, Caldas. . A o 2FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su: anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 648 de 2001. A Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley e" de 1973. Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual see aprobó | el Texto Único de: la Nomenclatura Común de los Países Miembros: del Acuérdo de o Cartagena. o ñ Decreto 2153 de 2016 y sus modifii caciones, , POr el Cual see adopta el Arancel de Aduanas y : M otras disposicione
RESOLUCIÓN NÚMERO 8272 de 09NOV2020 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1 “L os títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 3. a) del Capítulo 26 "las escorias, cenizas y residuos de los tipos utilizados en la industria para la extracción del metal o la fabricación de compuestos metálicos, excepto las cenizas y residuos procedentes de la incineración
de desechos y desperdicios municipales (partida 26.21);” Regla General Interpretativa 6 “La clasificaciónde mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional — Artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a peticiónde cualquier interesado. Resolución 046 de 2019, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 313 y 314, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO En la información allegada mediante radicado No. ESGTA202000474 del 30 de septiembre de 2020, el producto objeto de clasificación arancelaria se describe como un producto en - polvo o escamas de color gris negro, resultado de la quema del carbón en hornos de altas temperaturas, que presenta la siguiente composición: - - - Dióxido de silicio SiO2 63,27%. - Óxido de aluminio Al203 23,88%. o - Óxido de hierro Fe203 6,71%. - Otros: Óxido de potasio K20, óxido de calcio CaO, óxido de titanio TiO2, óxido de magnesio
M9gO, óxido de fósforo P20s, óxido de sodio Na20, óxido de azufre SO3, óxido de bario BaO, óxido de estroncio SrO, óxido de manganeso MnOz 5,46%. - Humedad: Máximo 3% . A - inqguemados: 6% - 12% MN 0% : o e - Uso: Se emplea como materia prima para la industria cementera De acuerdo con lo anterior, arancelariamente el producto corresponde a una ceniza de carbón, que en virtud de la Nota 3. a) del Capítulo 26 y la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 26.21 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 y 6 se clasifica por la subpartida 2621.90.00.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinaciódne l Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESOLUCIÓN NÚMERO. 8272 de 09NOV2020 HojaNo.3 Continuación del acto administrativo por el cual se > expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado E RESUELVE | ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la. subpartida 2621.90.00.00 del Arancel de Aduanas, como una ceniza resultado de la quema del carbón, que de acuerdo con la Nota 3. a) del Capítulo 26 y en aplicación de las Reglas
Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de diciembre de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el: sitio web de la DIAN, al Señor Nelson David Londoño Vélez, identificado con cédula de - Ñ ciudadanía 71.398.558, representante lega! de la sociedad LOGIUS S.A.S., la Carrera 23A N? 74-71 en Manizales, Caldas, de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y Artículo 319 de la Resolución Reglamentaria 0046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado. que contra el presente acto administrativo | procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual | deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 314de la |. | - Resolución 0046 de 201 9 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo UN 319 de la Resolución 0046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 y de la Ley 489 de 1998. o ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vezen firme, copia del presente acto administrativo, por |
medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos |. Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica | Aduanera para lo de ss u competencia y publíquese en la página web de la DIAN. l | NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE DN E : | 09 NOV 2020 o Ladaa ee7 77 “GARCÍA Jefe (a) de la orar del Sévicio de Arancel - — Subdirección de Gestión Técnica Aduanera
Proyectó: Marcela Martinez Fajardo Revisó: Fidel Minotta Benítez y de Hailandaras, Po Pogira) mo e.
[AAA ini Si 98 ENE cet A se dianas ze go SY