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DIAN - Resolución 845 de 12-02-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 845 de 12-02-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA. o RESOLUCIÓNw númeo 000845 (12 FEB 2021) Por la cual se > expide una , Resolución de Clasifici cación Arancelaria a: Petición de Cualquier interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA o SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 83 del Decreto 1742 de 2020 NN (Régimen de Transición) y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante. radicados Nos. ESGTA202000582 y OO0E2020919227 del 04 de diciembre de. : 2020, la señora Blanca Cielito Cañón Cuervo, identificada con cédula de ciudadanía No. 52.078.195, representante legal de la Agencia de Aduanas Profesional S.A.S., con NIT 830.003.079-6, mandataria de la empresa Cartón de Colombia S.A., con NIT 890.300.406- - 3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier : interesado, para la mercancía denominada técnicamente y comercialmente como “UNIDAD

FUNCIONAL SISTEMA INTEGRADO DE EVAPORACIÓN : DE LICOR NEGRO 1

TRATAMIENTO DE CONDENSADOS”. E La interesada adjuntó los siguientes documentos: formato de Solicitud en veinte (20) folios, e - copia de consignación bancaria en un (1) folio, información técnica del producto. en: veintiséis (26) folios y mandato €e n diez (1 0) folios. o

-La solicitante pagó ochocientos setenta. y ocho mil pesos. Mete. (s 878. 000), mediante comprobante 868492623 del 03 de diciembre de 2020 del Banco de Bogotá. Por medio de ta solicitud, la interesada indicó que se notifique la señora Blanca Cielito Cañón Cuervo en la calle 256G No 10026 de Bogotá D.C. o EuNcIMENTOS DE DERECHO o Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su - anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. A. : Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley e? de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se > aprobó e€ l Texto : - Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. | Decreto 21 53 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se > adopta el Arancel de Aduanas y : zo otras disposiciones, : Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto dae RESOLUCIÓN NÚMERO 000845 o de 12 FEB 2021 HojNoa. 2 A Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación “Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textosde las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los

textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XV “Cuando una máquina o una combinación de máquinas. estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, Órganos -: transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para. realizar conjuntamente unafunción netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.19: “Aparatos, dispositivos o equipos de laboratorio, aunque se calienten eléctricamente - (excepto los hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, - pasteurización, baño de vapor de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, excepto los aparatos domésticos; calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de acumulación, excepto los eléctricos.”. Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está - determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas desubpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, - también se aplican las Notas de Sección. y de Capítulo, salvo disposición en ' contrano.” - Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 307, mediante los cuales se

regula la expedición de las resoluciones de clasificación arancelaria a petición de particular. - Resolución 0046 de 2019, de la Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesArtículos313, 314 y 316, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO . - De acuerdo con la información suministrada en los radicados Nos. ESGTA202000582 y - -000E2020919227 del 04 de diciembre de 2020, la mercancía objeto de solicitud declasificación arancelaria se describe como máquinas, aparatos y dispositivos, utilizadosen conjunto y de manera secuencial para realizar mediante el siguiente proceso la evaporación y tratamiento de los condensados del denominado licor negro que es el agua residual proveniente del tratamiento de pulpa de papel. El sistema de evaporadores y concentradores evaporan el agua presente en el licor negro por medio de la aplicación de vapor de agua de baja presión generado en la caldera, RESOLUCIÓN NÚMERO Snte a de 12 FEB 2021 - HojalNo, 3 Ea Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasin icación : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado separando l| os sólidos de la fase vapor y mediante el sistema. de tratamiento de | . condensados el: agua evaporada se convierte en condensados para ser tratados, estos son de tres tipos: uno rico en metanol y otros volátiles que son tratados para obtener metanol . hasta del 80 %; otro rico en trementina (compuesto volátil resinoso del pino y del eucalipto) y un tercero que consiste. en condensado de agua.

Para obtener la condensación de los vapores se emplea un sistema: de enfriamiento de contacto indirecto, que está compuesto de varios intercambiadores de calor los cuales : operan con agua industrial fría. l Para generar el calor para la generación del vapor. se emplea un sistema incinerador, que quema algunos subproductos de la línea de evaporación. Consiste en un incinerador, un - . - enfriador por contacto directo y un “scrubber” para lavar los gases de combustión y retirar el azufre residual. También es necesario contar con un sistema que consta de varios tanques de almacenamiento de licor negro y condensado. : Para la realización del anterior proceso se relacionan los siguientes aparatos €0 máquinas: 4, Un (01) concentrador LEC, concentrador. de «circulación forzada utilizado para : concentrar el licor de 38 % a 52 % de sólidos.

2. Cuatro (04) evaporadores de película descendente 3.. Un (01) incinerador 4. — Una (01) columna de “stripping” 5. - Una (01) columna de metano! --6. Un (01) condensador de superficie. 7. — Un (01) “scrubber GNC” diluidos

8. Dos (02) torres de enfriamiento . .

9. Un (01) calentador de licor negro. E 10... Un (01) condensador de reflujo columna de stripping”.

11. Un (01) condensador trim columna de “stripping” - 12. — Un (01) condensador reflujo columna metanol

13. Un (01) condensador metanol

14. Un (01) intercambiador condensado columna ' «stripping” "mo ÓN 15. - Un (01) intercambiador condensado columna metanol

16. - Dos (02) condensador sistema vacío evaporadores AN

17. Un (01) Intercambiador soda “scrubber” GNC diluidos o 18. - Un (01) decantador de trementina o o

19. Un (01) ventilador GNC diluidos - - -20. Un (01) ventilador forzado incinerador

21. Un (01) ventilador inducido Incinerador 22... Un (01) “scrubber” incinerador

23. Un (01) enfriador contacto directo 24, Un (01) tanque flash condensado limpio - - 25. - Un (01) tanque flash condensado A 26... Un (01) tanque flash condensado B ..

27. Un (01) tanque flash condensado C

28. Un (01) decantador red oil -29.. Dos (02) eyector sistema vacío evaporadores30. Un (01) eyector tanque de sello - - 31... Un (01) recipiente reflujo stripping”. -32.. Un (01) filtro fibra condensado C33... Tres (03) tanque licor negro

34. Un (01) sumidero desperdicios ll icoor p

RESOLUCIÓN NÚMERO 000845 de 12 FEB 2021 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 35... Tres (03) tanques almacenamiento condensados

36. Un (01) tanque de sello

37. Un (01) tanque metanol

38. Un (01) tanque trementina 39.. Un (01) tanque recolector condensados tanque trementina

40. Dos (02) piscinas de agua

41. Dos (02) bomba flash tank licor negro concentrado a tanque de caldera recuperación

42. Un (01) bomba recirculación LEC

43. Cuatro (04) bomba transferencia evaporador 44, Cuatro (04) bomba recirculación evaporador

45. Dos (02) bomba transferencia tanque licor débil a línea alimentación - 46. Dos (02) bomba transferencia tanque licor débil pino a tanque licor débil

47. Dos (02) bomba transferencia de tanque licor recuperado a tanque licor débil

48. Un (01) bomba transferencia sumidero desperdicios a tanque licor negro recuperado

49. Un (01) bomba condensados limpios a atemperador

50. Un (01) bomba transferencia condensado limpio 51. — Un (01) bomba transferencia condensado Á a tanque

52. Un (01) bomba transferencia condensado B a tanque 53. — Un (01) bomba transferencia condensado C a tanque 54. — Un (01) bomba transferencia condensado tratado 55. — Un (01) bomba reflujo columna de evaporación - :

56. Un (01) bomba transferencia condensado C de área de metanol a “columna - evaporación

57. Dos (02) bomba transferencia metanol

58. Dos (02) bomba transferencia tanque condensado Aa planta

59. Dos (02) bomba transferencia tanque condensado B a planta

60. Dos (02) bomba transferencia tanque condensado C a columna evaporación

61. Un (01) bomba transferencia condensado tanque de sello

62. Un (01) bomba transferencia condensado C a decantador trementina

63. Un (01) bomba transferencia condesando de decantador a tanque condensado c

64. Un (01) bomba recirculación soda scrubber GNC diluidos

65... Un (01) bomba transferencia soda a scrubber GNC diluidos

66. Cuatro (04) bomba condensadores sistema evaporación

67. Un (01) bomba transferencia licor blanco al scrubber incinerador

68. Un (01) bomba recirculación licor blanco scrubber incinerador :

69. Un (01) sistema de control distribuido (DCS)

70. Un (01) juego de instrumentación de campo

71. Setenta (70) válvulas de control

72. Dos (02) transformadores

73. Tres (03) centro de control de motores 74. — Siete (07) celdas eléctricas

75. Treinta y cinco (35) Motores eléctricos 76. — Nueve (09) tableros eléctricos De acuerdo con la anterior información, los aparatos y máquinas arriba mencionadostrabajan conjuntamente en el tratamiento térmico: de una mezcla líquida residual proveniente de la fabricación de pulpa de papel, empleando procesos unitarios deevaporación y condensación para la separación de los sólidos, y la separación acuosade metano! y trementina y su posterior tratamiento de concentración.

La mercancía corresponde arancelariamente a un conjunto de máquinas y aparatos cuyafunción es el tratamiento de sustancias liquidas con componentes volátiles empleando procesos combinados de :intercambio térmicos de evaporación y condensación, la - RESOLUCIÓN NÚMERO 000845 de 12 FEB 2021 HojaNo. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado generación del calor respectivo y el tratamiento de las aguas de enfriamiento; que acorde

-con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XV! y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, se encuentra comprendida en la partida 84.19 de la Nomenclatura del - Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8419.89,99.90 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la jefe (A) de la Coordinación del. Servicio de

  • Arancel de la Subdirecciónde Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descritaen la presente resolución en la. - subpartida 8419,89.99.90 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas para tratamiento térmico de materias, mediante la combinación de operacionesde evaporación, condensación y enfriamiento, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016 y sus modificaciones, ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la señora Blanca Cielito Cañón Cuervo, identificada con cédula de ciudadanía 52.078.195, representante lega! de la Agencia de Aduanas Profesional S.A.S,

en la calle 25 G No 100 - 26 de Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual - deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicaciónde la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 - y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por «medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos ' Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de.su competencia y publiquess en€ la página web de la DIAN DIAN Soreicrttacas pm — Nes Central Bogotá, "NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE |

A IS 42 FEB 2021

Se ceruhos qye ea n te 12 ) aQcteo l2e0 I4nisst aol e bicadoen iO, a. s 1 Ls a AP se (A) de la Coordinación deServicio de ArancelSubdirección de Gestión Técnica Aduanera

Proyectó: Leonardo Rico sw !

Revisó: Roque Amado Fióre, o

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