DIAN - Resolución 8554 de 20-11-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 8554 de 20-11-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
N A L UD]
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA
RESOLUCIÓN NÚMERO 8554 (20 NOV-2020) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier interesado LA JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE. LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 0011 : de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes. . 8 HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202000261 del 3 de julio de 2020, la Sra. Grethel Ruth Moreno - - Romero, identificada con cédula de ciudadanía No, 32.689.958, representante legal de la sociedad Procaps S.A. con NIT. 890.106.527-5, presentó . una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnicamente como “TABLETAS DE LEVOFLOXACINA 500” y comercialmente como “LEVOCINA 500 MG CAJA Xx 10
e TAB CIAL”.
La interesada adjuntó. a , la solicitud los siguientes documentos: f cha técnica en tres 6) folios, : fotografía en un (1) folio, copias de las transferencias bancarias en dos (2) folios, reporte aaln alítico “en dos (2) follos. : La solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mil pesos mícte. (5439. 000), con transferencias
bancarias No. 36497538 del 15 de mayo y 36794904 del 26 de junio de 2020 del Banco Davivienda al Banco de Bogotá. E Mediante oficio No. 100227342 — 945 del. 10 de agosto de 2020 radicado No. 000S2020903866 del : 11 de agosto de 2020, esta Coordinación solicitó a la usuaria explicar el proceso de obtención del | -- producto, indicar el porcentaje en peso y la función de cada uno de los componentes, precisar el | ' destino del producto y como actúa en el organismo, adjuntar copia del inserto que acompaña la comercialización e imagen del empaque, anexar los comprobantes de pago. Se recibe respuesta con escrito radicado No. 000E2020916734 del 5 de octubre de 2020 en trece (13) folios, sin renunciar al término restante para responder el requerimiento de información. - Por medio del formato de solicitud, la solicitante indicó. que se notifique a Grethel Ruth Moreno : Romero en la Calle 80 No. 188 201, Barranquilla, Atlántico - Colombia. : E: e o FUNDAMENTOS DE DERECHO o Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codifii cación de Mercancias Y su anexo, Ñ aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o o : : - Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley ga de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Textoo único. de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartago :
RESOLUCIÓN NÚMERO. 8554. de 20 NOV 2020 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras : disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapíitulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de - - Sección o de Capítulo y. si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 30.04: “Medicamentos (excepto los productos de las partidas 30. 02, 30.05 630.06) constituidos por productos mezclados o sin mezclar, preparados para usos terapéuticos o profilácticos, dosificados (incluidos los destinados a ser administrados por vía transdérmica) o acondicionados para la venta al por menor.” : Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente “por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las . Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos ' de esta Regla, tambión se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las
disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas NacionalesArtículos 313 y 314, ' mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO En la información « e imágenes suministradas con radicados: Nos. ESGTA202000261 del 3 de julio de 2020 y 000E2020916734 del 5 de octubre de 2020, la mercancía se describe como una tableta con núcleo de color blanco a ligeramente azul, recubierta, de forma capsular, ranurada e en uno de sus lados. ' Los componentes de la tableta son: levofloxacina clorhidrato (equivalente a 500 mg de levofloxacina base); excipientes: dióxido de silicio coloidal, “almidón de maíz, celulosa microcristalina, croscarmelosa sódica tipo A, estearato de magnesio, lactosa monohidrato, polivinilpirrolidona K-30, . aicoho! etílico USP; cubierta: alcohol etílico, opadry blanco (hidroxipropilmetilcelulosa / dióxido de . titanio / agua), verde No. 3 FD8.C. - El producto es un antibiótico de amplio espectro, indicado para el tratamiento de infecciones del tracto respiratorio superior e inferior, incluyendo sinusitis, exacerbación aguda de bronquitis crónica : y neumonías “adquiridas; infecciones de la piel y sus estructuras como: impétigo, abscesos, :
furunculosis, celulitis y erisipelas; infecciones del tracto urinario incluyendo pielonefritis aguda; y en : el tratamiento de osteomielitis, en seres humanos. La dosis usual en pacientes con función renalnormal es de 500 mg cada 24 horas; está contraindicado en el embarazo, lactancia, niños y : adolescentes menores de 18 años. Se presenta comercialmente en caja Xx 10 Unidades o RESOLUCIÓN NÚMERO 8554 de o 20 NOV 2020 Hoja 6/3" E Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Analizada la anterior información, se concluye que la mercancía consiste en un medicamento de uso terapéutico, dosificado y acondicionado para su utilización directa, que contiene antibióticos (levofloxacina), para uso humano; comprendido arancelariamente en la partida 30.04 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con la Regla General interpretativa 1 del Sistema Armonizado; y se clasifica en la subpartida 3004.20.19.00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla General Interpretativa 6. : bl En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de E: la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, RESUELVE | ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida -3004.20.19.00 del Arancel de Aduanas, como un medicamento, para Uso terapéutico, dosificado, — acondicionado para la venta al por menor, que contiene antibióticos para uso humano, de acuerdo
con las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el . Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. 3% E : “ ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la Sra. Grethel Ruth Moreno Romero, identificada con cédula de ciudadanía No. : 32.689.958, representante legal de la sociedad Procaps S.A., en la Calle 80 No. 78B 201, Barranquilla, Atlántico - Colombia, de conformidad con los artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019. - ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede -. recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá . interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011... o o ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme,l a publicación en el Diario Oficial de la o presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artícu119l ode la Ley 489 de 1998. o o o e ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio
de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la: Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo desu competencia y publíquese en la página web de la DIAN. - E > NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE o ' o o 20 NOV 2020 . . 4 ” 1) A LA EL > Jefe (A) de la Coordinación qeSemicio de Arancel - Subdirección de Gestión Técnica Aduanera Pr: oyectó:: Eddie Fernandoo Gutiér: rez: Ra. mirez : >. . : : o aN :U Ape .: s Coordinac Ci eó ntn s ald e BoN co ot li áf ,c ac pio ene s,
Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata aq E ¿po ASES!
Se certifica que el antóno; acto semnistrativo lua e publicado en PUBLICADO EN DIARIO OLICIALE | EDICIÓN No. 51:51! PA6, 228 a DEE]