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DIAN - Resolución 8565 de 20-11-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 8565 de 20-11-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

POR UNA COLOMBMÁSI A HONESTA

RESOLUCIÓN NÚMERO 8565

Por laa cual: se expide: una Resolución de Clasif cación y Arancelaria a Petición de Cualquier lIr nteresado - .

LA A JEFE - (8) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA SUBDIRECCIÓN E DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA | de la em pre sa Pr ocaps € , EC DA IT. 890.106 , pri sentó. una olotad ds resolución ' de clasificación arancelaria a petición. de “cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “VITAMINA C MICROGRÁNULOS” y comercialmente como “CITROVIT L.S. CAP CAJA x 30 UND CIAL”. Ml o La interesada adjuntó los siguientes documentos: formulario de solicitud de clasificación l arancelaria, hoja de especificación técnica, reporte analítico, fotografía y registros de pago. La solicitante. pagó cua rocientos. treinta yy nueve - mil pesos.m i te (5430. 000), mediantó. transferencias ele con: Nos. 36497674 del 15 de mayo de 2020 y 36794904 del Mediante oficio. No. 100227342-0949 del. 107 de. agosto de >2 020. radicado dual. | 00082020903869 del 11 de agosto de. 2020, la Coordinación del Servicio de Arancel. || sta. ientes. puntos: Jeporar. la.O se ilustre cómo. se obtiene. el producto. y espec car en “qué ( : componentes activos en el organismo, “entre otros. Con escrito radicado virtl y -000E2020916712 del 5 de octubre. de 2020, la interesada da respuesta al requerimiento.

de: información, in inciar. al término restante otorgado pala dar respeta. E ; Por medió del formato de “solicitud, la Moreno. ROmSto en la Calle 80 No. 78 B- -201 deo BarranquillAa RESOLUCIÓN NÚMERO 8565 de 20NOV2020 HojaNo.2 Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación . Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de : Cartagena (NANDINA). : Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerará las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: - “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de lo.ss Subcapítulos solo tienen un - . valor indicativo, ya que la clasifi icación está determinada legalmente por los textos de : las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 1.a) del Capítulo 30: “1. Este Capítulo no comprende:

  • a) los alimentos dietéticos, alimentos enriquecidos, alimentos para diabéticos, - complementos alimenticios, - bebidas tónicas y el agua mineral (Sección IV), o excepto las preparaciones nutritivas para administración por vía intravenosa; "e y) “Partida 21. 06: “Preparaciones alimenticias no expresadas ni comprendidas en otra parte.” Regla General Interpretativa 6: - “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está - determinada legalmente por los textos de estas subpartidas' y de las Notas de - subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien “entendidoque solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, -. también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo ¿disposición e« n : contrario.” : : | Decreto 1165 de 2016 del Gobierno Nacional - artículos 303 a 206, mediante los cuales “se dictan las disposiciones con la atención de las solicitudes de tlasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. o Resolución: 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas | Nacionales, Artículos 313 y 314, mediante los cuáles se reglamentan las solicitudes de - : clasificación arancelaria a petición de cualquier interesadas, o

RESOLUCIÓN. NÚMERO - 8665 a o - _20NOY 2020 Hoja No. 3 “Continuación de la resolución por la cualss e expido una resolución de Clasificación ee | il Interesado a o CONSIDERACIONES DEL DESPACHODe acuerdo con la a suministrada con. los. radicados. Nos» . ESOTA A

tapa color naranja, “de forma oval, contendiendo microgránulos doc olorb lanco producto se presenta en cajas por 30 cápsulas. o a Cada cápsula tie 0: compuestos. pal talco; la cu er sodio y colorantes. El producto se indein cestaado s carentes o deficitaric de vitamina c en personas, de: manera que-la dieta normal no la suministra en suficiente cantidad por condiciones específicas de salud; se administra por vía oral, de una a dos cápsulas cada 12 horas por un período de 30 días, en adultos. a y En aplicación de la Re: la General Inte pretativa 4 de la , Nomenclatura Arancelaria y de: “acuerdo con lo establécido: 'en la: Nota1. a) del: Capítulo: 30 de dicho texto, las preparaciones nutritivas arancelariamente están excluidas de dicho Capítulo, excepto las de administración por vía intravenosa. - o De acuerdo con. lo anterior, el producto corresponde a una preparación alimenticia | establecida como un suplemento alimentario, que en virtud de la Nota 1. a) del Capítulo 30 y en aplicación de la: Regla: General Interpretativa 1, está comprendido en la partida: - 21.06 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y de acuerdo con la Regla General Interpretativa 6, se olasifi ica en la 'subpartida 2106. 90. 74. 00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente. expuesto, la jefe: (A) de la Coordinación del Servicio de o Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, o

RESUELVE.

ARTÍCULO. PRIMERO: Clasificar la mercancía descrita en la preserite resolución, en la

subpartida 2106.90. 74.00 del Arancel de Aduanas, como un suplemento alimenticio a base de vitamina C, de acuerdo con la Nota 1. a) del Capítulo 30 y en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido e€ n el" Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante . aviso en el sitio web de la DIAN, a la señora Grethel Ruth Moreno Romero, identificada con cédula. de ciudadanía 32. 689.958, representante: legal de la empresa Procaps. S.A., en la Calle 80. No 78 B201 de Barranquilla - Atlántico, de conformidad con los Artículos 755, 756, 763: y 764 del Decreto 1 1 65 de 2019. y Artículo 318 de la Resolución > Reglamentaria 0046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar. a la interesada que contra el presente. acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica ' Aduanera, el cual deberá. interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad. con lo establecido en el artículo. 305 del Decreto 1165 de. Continuación de la resolución por la cual se expide una resolución de Clasificación o Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado... 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la

Ley 1437 de 2011. o O ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución ““e dn e e 2l 01D 9i ,a rio el aOf ri tc íi ca ul l, o 3de 1 9c o dn e f lo a r Rm ei sod la ucod cn i ónl o e 0s 0t 4a 6b le dec id 2o 0 19e ,n e el l a art ríc tul ío c3 60 5u 5 lded o el l a De Lec yr et 1o 4 371 16 d5 e | 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. A | ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de “Notificaciones de la Subdirección de Gestión deRecursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíqueesn el a página wedbe la DIAN.

- NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Pi 20 NOV 2020

MARÍA Ad: Jefe (A) Coordinación der ce

  • Subdirección de Gestión Técnica Aduanera

Proyectó: Luis Alberto Camargo |

Revisó: Claudia Alejandra Jurado Coordiden Naoticfzizcióonens. | etrantralogo 0.C. 4

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