DIAN - Resolución 8714 de 26-11-2020
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 8714 de 26-11-2020
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2020
lo an POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 8714 (26 NOV 2020) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a o Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL. DE LA SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA : En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la. Resolución 0041: ooo de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, A E: HECHOS Mediante formato radicados Nos. ESGTA202000311 de 24 de julio de 2020, la Sra. Claudia: Patricia Viana Montoya, identificada con cédula de ciudadanía No. 43.726.577, - representante legal de la Agencia de Aduanas ML S.A.S. Nivel 1, NIT. 900.081.359-1,- mandataria de la sociedad Compañía Colombiana de Cerámica S.A.S., NIT 860.002.536-5 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como "LINEA DE
MOLDEO POR INYECCIÓN DE GRIFERIA PLÁSTICA.
La interesada adjuntó los siguientes documentos: formato de solicitud de clasif cación. ñ arancelaria en tres (3) folios, listado de equipos en un (1) folios, pantallazo de radicado - SARP en un (1) folio, descripción y flujograma en (2) folios, comprobante dd e pago en un (1)
folio, mandato aduanero en cinco (5) folios. -La solicitante pagó ochocientos setenta y ocho mil pesos mcte. ($ 878.000), mediante trasferencia electrónica No. 89722 de 23 de julio de 2020 del Banco Bancolombia al Banco de Bogotá. Por medio del formato de solicitud, la interesada indicó que se notifique a Claudia Patricia. Viana Montoya en la dirección Calle 16 No. 41 — 210 Ed. La compañía, Oficina 404 en Medellín - Antioquía. y - FUNDAMENTOS DE DERECHO EN Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Ñ Acuerdo de Cartagena, aprobado. por Colombia mediante Ley ga de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. - Decreto 2153 de 2016 y sus modif icaciones, por el cual: se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. | Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partidas, . RESOLUCIÓN NÚMERO - 8714 de 26 NOV2020 HojaNo.2 o Continuación del acto administrativpoor el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Regla General Interpretativa 4: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas '
y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, - cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.77: - “Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas - materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. - Resolución 0046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos 313, 314 y 316, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria
a petición de cualquier interesado. o CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - De acuerdo con la información aportada mediante radicado No. ESGTA202000311 del 24 de julio de 2020, la mercancía objeto de estudio se describe como un conjunto de máquinas para la fabricación de artículos de grifería, componentes de válvula de torre y manija plástica, mediante moldeo por inyección de una materia plástica. Para la fabricación de estos artículos, primero se realiza el montaje del molde de inyección del producto requerido en la máquina inyectora y a continuación se alimenta la materia prima en estado sólido, la cual puede ser cualquier tipo de resina termoplástica según las necesidades. Allí la materia prima se inyecta mediante presión y temperatura al molde instalado, de donde se obtiene la forma del articulo requerido, el cual puede ser usado como artículo final o semi elaboradez) FESOLCIÓNNÓMERO aria “% 26 NOV2020 Hoja No. 3, Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación: Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Para realizar el proceso descrito en el párrafo anterior, además de la inyectora, de los : - moldes y la materia prima, se requieren equipos auxiliares para rí ealizar conjuntamente la función de inyección por moldeo, estos equipos son: E Banda transportadora de salida, se encarga de recoger la producción de la inyectora; atemperadores, son los encargados de mantener la temperatura de los moldes por medio . de agua; robot, se utiliza para extraer el producto del molde y llevarlo a la bandatransportadora; deshumidificador, reduce la humedad ambiental filtrando el aire de una habitación y depositando el agua resultante de la condensación en un depósito; controlador - de temperatura, encargado de controlar la temperatura de las cavidades de los moldes para el buen funcionamiento del proceso; cámara y sistema de seguridad, para reducir los - errores causados e€ n los procesos normales de Inyección. o Los equipos que hacen parte del proceso mencionado son , los siguientes: 4, Una 0) máquina inyectora “PRESS 23”, horizontal, de 250 ton, de 440 v, 60 Hz.
2. Una ((11 ) banda de extracción de producto, 220 v, 45 Hz.
3. Dos (2) atemperadores, 220 Y, 45 Hz. . 4.8 Un (1) robot de extracción, 220 V, 45 Hz.
5. Un (1) controlador de temperatura, conectado por medio de cables eléctricos al molde y la máquina inyectora.
6. Un (1) granulador 0) molino encargado de la recuperación del material sobrante del . proceso de inyección; 220 V, 45 Hz.
7. Un (1) deshumidificador de secado, 220 V, 45 Hz.
8. Seis (6) moldes de inyección que : dan forma. a la masa plástica, se montan e directamente en la máquina inyectora.
Del análisis de la información que precede, se establece que la mercancia corresponde a un conjunto de máquinas que trabajan conectadas entre sí para un proceso de inyección por moldeo de plástico que, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección
XVI y de la Regla General Interpretativa 1 queda comprendido en la partida 84. 77 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado; según la Regla General interpretativa 6 se clasifica. en la subpartida 8477. 10. 00. 00 del Arancel de Aduanas. .- : En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de o Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, l RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8477.10.00.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina para moldear por inyección materia plástica, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenida en el. Decreto 21 53 de 2016 y sus modificacione) ES RESOLUCIÓN NÚMERO g74q4 “e 28 yov2o20 Menos Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la Sra. Claudia Patricia Viana Montoya, identificada con cédula de ciudadanía No. 43.726.577, representante legal de la Agencia de Aduanas ML S.A.S. Nivel 1, en la Calle 16 No 41 - 210 Ed. La Compañía Of. 404 en Medellín - Antioquia, de '
conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019. - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165de 2016, y artículo reglamentario 319 de la Resolución 0046 de 2019, en el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y en el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirecciónde Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
26 NOV2020 AE MABÍA) TADO GARCÍA AÍ ER |J efe (A) a Servicio de Arancel
Subdirección de Gestión Técnica Aduanera
- Proyectó: Fidel Raúl Minoita Beniíéz:
. Revisó: Roque Amado Flór: : Cacrtinecideó n Roicadanee] a carl Bog DS. 28 Ele 200 $e certo uE: arameo, acto emuniscativ tus y : Due og0s an, L//4L/D OLICAL, E 3