🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 879 de 15-02-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 879 de 15-02-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

lA ducción, POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 000879 | (15 FEB. 2021

Por la cual se expide. una Resolución de Clasificación Arancelaria a. Petición de Cualquier Interesado LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA o _ SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 83 del Decréto 1742 de 2020 (Régimen ded Transición), y teniendo en cuenta los siguientes, HECHOS Mediante radicado No. 000E2020918569 del 18 de noviembre de 2020, la señora. Gloria Eugenia Henao Jinete, identificada con cédula de ciudadanía No. 22.406.423, representante legal de la empresa C.l FarmacápsulSa.sA. , con NIT. 890.105.927-3,: presentó una solicitud de resolución de clasificación arancela apretiicaió n de cualquier. interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD: - . FUNCIONAL PARA LA MANUFACTURA DE CÁPSULAS DURAS DE GELATINA VACÍAS - PARA ENVASAR MEDICAMENTOS”. o La interesada adjuntó los siguientes documentos: documento escrito de solicitud en nueve (9) folios, copia de consignación bancaria en dos (2) folios, información técnica del producto: en ciento trece (113) folios y copia de Certificado de existencia de la Cámara de comercio de Barranquilla en nueve (8) folios. La solicitante pagó “ochocientos setenta y ocho mil pesos Mete. 7 878. 000), mediantecomprobantes. Nos. -20201105091930070000 del 05de "noviembre - de 2020 y - 202011 18091428070000 del 18 de noviembre de 2020 del Banco de Bogotá. Por medio de la solicitud, la interesada indicó que se notifique a la señora Gloria Eugenia Henao Jinete en la calle 79B No 7 18C0= 21 de Barranquilla - Atlántico. l FUNDAMENTOS DE DERECHO : Convenio del Sistema Armonizado de Designación. y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. “Acuerdo de Cartagena aprobado | por Colombia mediante Ley a de 1973. Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 21 53 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partidgg). | RESOLUCIÓN NÚMERO Qp9g7g “45 PER 2021 109" Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos ' de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”

Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina. o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, Órganos : transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capitulos 84 y 85, - el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.79: “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidosen otra parte de este Capítulo” - Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancíasen las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido - que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en. contrario.” SS | o e Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 307 mediante el cual se dictan. as disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. . | Resolución 0046 de 2019, de la Direcciónde Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos ' 313, 314 y 316, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO De acuerdo con la información suministrada con radicadNoo . 000E2020918569 del 11 de

noviembre de 2020, la mercancía objeto de solicitud de clasificación arancelaria se describe como máquinas, aparatos y dispositivos, utilizados en conjunto y de manera secuencial para realizar mediante el siguiente proceso la fabricación de cápsulas duras de gelatina, vacías y empleadas para envasar medicamentos: o La gelatina grado farmacéutico es mezclcona daguaa y otros líquidos compatibles empleados en el proceso como elemento sellante y de ser necesario se adicionan : colorantes, ya en estado líquido es vertida en la máquina formadora de cápsulas, las. mismas se forman por inmersión y retiro de los pines, formado una película sobre los mismos, luego dichas cápsulas son retiradas de los pines y llevados al proceso de Secada) resoLución úmeno 000879 ce1FEB ó20 21 Holas - Continuación del acto administrativo por el cual ss e expide una resolución de Clasifi icación : : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado El listado de equipos que se “utilizan para 2 realizar el proceso es els iguiente: Una 0 bomba de vacío, “motor 3 HP. Las bombas de vacío de anillo líquido son máquinas rotativas que suministran vacío para aplicaciones industriales, utilizan agua u.otros líquidos compatibles con tel proceso como elemento sellante y se emplean para producir vacío en la preparación de la solución. Dos (2) máquinas productoras de cápsulas duras de gelatina vacías para envasar. . medicamentos (MPCD), capacidad 70.000 cápsulas por hora, 1,700.000 cápsulas .

día. Componentes: “sección de inmersión, engrasadores, dos (2) automáticos o armados, sección mesa con platos perforados, eje principal, tablero de control. eléctrico, 2.800 barras de pines moldeados lados tapa y cuerpo, empujadores de: barras de espigas moldeadas, secadores, sistema hidráulico, sistema de control programable, sistema electrónico, sistema de lubricación de barras de espigas : moldeadas, motor principal trifásico de 220 voltios, 60 ciclos, 3 fases. Esta máquina recibe la descarga de la solución de gelatina en dos bandejas, una para fabricar las ' tapas y otra para los cuerpos, en estas bandejas se introducen los moldes o pines barras, en los cuales se forma una película de gelatina, para facilitar el posterior proceso de desmolde, se utilizan felpas para esparcir el lubricante en los moldes o - pines (Lecitina de girasol purificada). Dos (2) unidades manejadoras de aire (UMA SEC): unidad manejadora de: aire3 pára: | el secado de las cápsulas en la maquina productora de cápsulas AHU SEC 20.000 CFM, eficiencia de 35% a 85%, capacidad 14,5 TR. se requiere para retirar la humedad de la cápsula y controlar su espesor y medidas finales, especialmente en - porcentaje de humedad. Calentamiento del aire de proceso para secadores de las máquinas. Dos (2) unidades manejadoras de aire (UMA-ACO): unidad manejadordae aire para: - el acondicionamiento del pin o molde AHU SEC 4.300 CFM eficiencia de 35% a 85%, -

. capacidad. 8,0 TR. Se requiere para controlar la temperatura del molde previo a la. |. | inmersión para enfriar aire del proceso para zonas de domos y acondicionamientos. . Una. (1) unidad marejadará (UMA. Cuarto. de. Producción): Unidad Manejadora. de. aire acondicionamiento del cuarto de producción 8000 CFM eficiencia de 35% a 85%, - Capacidad 12,0 TR para el Control de la Temperatura y Humedad relativa del Cuarto: de Producción. Una 4(1 unidad manejadora de aire > (UMA Reposición) diiidaid manejadora de aire | para la reposición de aire del cuarto de producción AHU SEC 1.200 CFM, eficiencia | - de35%a 65%, capacidad 5,0 TR. Se requiere para obtener aire nuevo y calidad del aire mejorada, preenfriamiento de toma de aire exterior... Un (1) deshumidificador de aire, tamaño de la uñidad 1600 FV, flujo de aire minimo 10.000 CFM, 16990 m3/hora, flujo de aire máximo 20000 CFM, 33980 m3/hora, Sistema que utiliza un líquido absorbente (cloruro de litio) el cual retira la humedaddel medio, se utiliza para retirar el agua del medio ambiente que se ha evaporado del proceso de secado de la cápsula. . Una (( 1) bomba de condensado: flujo: máx. 1800 m3/h, altura máx. 140 m, velocidad E .. máx. 3600 rpm, material hierro fundido (OB, OC, 0E), hierro fundido esferoidal (1B) y acero inoxidable (4B), temperatura máx. 170 C dependiendo del seltado del eje y la

| ejecución | del material. (Agua saliente”) hasta 140 ch EQUIPO. rotativo ha)

RESOLUCIÓN NÚMERO 000879 de 15 FEB 2021 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación — Arancelaria a Petición de Cualquier interesado transforma la energía mecánica de un impulsor en energía cinética, y se utiliza para transportar en el agua que ha cambiado de fase (vapor a líquido) del punto de trabajoal tanque de almacenamiento para alimentar la caldera.

9. Un (1) enfriador de agua industrial: equipo enfriador de agua por condensación deaire, eficiencia de refrigeración 0.6269 kw/ton, con compresores semi-hermético tipo tornillo, capacidad de enfriamiento 206 toneladas, microprocesador de pantalla de cristal de líquido y teclado para manejar automáticamente todas las funciones del equipo. Este equipo suministra agua fría para todo el sistema de refrigeración de la planta y funciona mediante la compresión de un gas refrigerante y su circulación por un intercambiador de calor, el agua es entonces llevada a temperaturas cercanas a los 42%F. : o 10.Cuatro (4) bombas centrífugas: Equipo rotativo que transforma la energía mecánica de un impulsor en energía cinética. Se utiliza para transportar en el agua, ya sea. - caliente para l| as Unidades secadoras o fría para los sistemas de enfriamiento de aire. . o 11.Un (1) compresor de aire: compresor de aire/secadora y filtro integral, capacidad: | 345 CFM, características 220 V - 60HZ - 3PH. Este equipo suministra aire

comprimido a algunos de los sistemas de control de variables en el proceso. 12.Un (1) secador de aire, capacidad 450 CFM, características 220 V - BOHZ - 3PH. Un “secador de aire comprimido es una máquina que reduce significativamente el contenidod e humedad en el aire del ambiente. Se utiliza como complemento de ' compresor de aire para retirar la humedad del aire antes llevarlo al proceso. 13.Dos (2) ventiladores centrífugos. Estos ventiladores corresponden a equipos para dar secado adicional a las cápsulas, luego de salir de las MPCD. 14.Cuatro (4) máquinas de inspección automática. Equipo para detectar por medio de cámaras de vídeo desviaciones de calidad de un producto, se utiliza para detectar y: rechazar defectos visibles de la cápsula. De acuerdo con la anterior información, la mercancía corresponde arancelariamente a un conjunto de máquinas y aparatos cuya función es la manufactura de cápsulas duras y vacías de gelatina que se emplean para el envasado y dosificación de medicamentos; que acorde con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XV! y en aplicación de la Regla GeneralInterpretativa 1, se encuentra comprendida en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479. 89. 90.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, la jefe (A) de la Coordinación del Servicio de. - Arancel de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la

subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como las demás máquinas con función propia, para la manufactura de cápsulas duras y vacías de gelatina para el envasado y. dosificación de medicamentos, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 del 26 de diciembre de 2016 y sus modificaciones. RESOLUCIÓN Número 000879 de 15 FEB 2021 Hoja No.5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, a la señora Gloria Eugenia Henao Jinete, identificada con cédula de ciudadanía 22.406.423, representante legal de la empresa C.! Farmacápsulas S.A., en la calle 79 B No 78 C — 21 de Barranquilla - Atlántico, de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución : en el Diario Oficial, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por - medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página webde la DIAN

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 15 FEB 2021.

Subdirección de Gestión Tedch ica Aduanera

Proyectó: Leonardo Rico» Zi.

Revisó: - Roque Amado Flóre Tr ] : J ' ANE Ccortinación de Notifcaciones. | os A pr rregoratenaren er e RAS iva! Contra Bogotá, 0. C. Al =4 ñE b¿ee 0% Abd Se ceni 194 que: pub ca en ZA

: 54.6 NN

Consultar sobre este documento ...