DIAN - Resolución 88 de 17-12-2019
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 88 de 17-12-2019
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2019
RESOLUCIÓN NÚMERO 000088 17 DIC 2019
( ) DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES Por medio de la cual se efectúa una Delegación en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, el artículo 9o de la Ley 489 de 1998 y el artículo 49 del Decreto número 4048 del 22 de octubre de 2008, y CONSIDERANDO: Que el Decreto 3568 de 2011 modificado por el Decreto 1894 de 2015 tiene como objeto establecer y regular el Operador Económico Autorizado en Colombia, con el fin de contribuir a mejorar la seguridad en la cadena de suministro internacional y la facilitación del comercio constituyéndose en una herramienta para la seguridad en la cadena logística, alcanzar mejores niveles de competitividad en las empresas y, por esta vía, en el futuro fortalecer los lazos comerciales con terceros países a través de Acuerdos de Reconocimiento Mutuo. Que conforme al Tratado de Libre Comercio entre la República de Costa Rica y la República de Colombia, el cual establece en el artículo 4.6, numeral 3) que “las Partes promoverán las negociaciones para alcanzar un acuerdo de reconocimiento mutuo de los programas de Operador Económico Autorizado” se firmó entre los dos países el “Plan de trabajo conjunto entre la Dirección General de Aduanas de la República de Costa Rica y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de la República de Colombia tendiente al reconocimiento mutuo de sus respectivos programas de
Operador Económico Autorizado” en Los Cabos, México el 18 de abril de 2018. Que en desarrollo del Plan de trabajo Conjunto, se cumplieron las cuatro etapas previstas por parte de los países, concluyendo con el documento del arreglo, el cual surtió proceso de revisión y aprobación por parte de la Dirección de Gestión Jurídica. Que de común acuerdo con la República de Costa Rica, se decide firmar el documento del arreglo en la ciudad de San José, Costa Rica, el 19 de diciembre de 2019 y en la cual participará como delegada la Directora de Gestión de Aduanas. Que el artículo 3º. del Decreto número 4048 de 2008, establece lo siguiente:
RESOLUCIÓN NÚMERO 000088 DE 17 DIC 2019 Hoja No. 2
Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se efectúa una Delegación en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales” _____________________________________________________________________________________________ “Funciones generales. Corresponde a la DIAN ejercer las siguientes funciones: (…)
13. Participar en los procesos de celebración de acuerdos internacionales en materia de control tributario, aduanero y cambiario y los relacionados con el comercio internacional en los mismos aspectos; (…)” Que el artículo 9º. de la Ley 489 de 1998, establece lo siguiente: “… Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los
niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley”. Que el artículo 49º. del Decreto número 4048 de 2008, establece lo siguiente: “Delegación de Funciones. Las funciones del Director General podrán ser delegadas en el Director de Gestión de Recursos y Administración Económica, en el Director de Gestión Organizacional, en el Director Gestión Jurídica, en el Director de Gestión de Ingresos, en el Director de Gestión Servicio de Aduanas, en el Director de Gestión de Fiscalización, y/o en el empleado público de la DIAN que mediante resolución designe para el efecto el Director General, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales”. Que, en atención a lo anterior, resulta necesario delegar en la Directora de Gestión de Aduanas de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, la facultad de firmar el documento “ARREGLO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA y LA DIRECCIÓN
DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
TENDIENTE AL RECONOCIMIENTO MUTUO DE SUS RESPECTIVOS
PROGRAMAS DE OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO”.
En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1o. DELEGAR en la Directora de Gestión de Aduanas de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), doctora Ingrid Magnolia Díaz Rincón, identificada con la C.C. 52.046.833, la facultad de firmar el documento
“ARREGLO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS DE LA REPÚBLICA
DE COSTA RICA y LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCION DE
IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
TENDIENTE AL RECONOCIMIENTO MUTUO DE SUS RESPECTIVOS PROGRAMAS DE OPERADOR ECONÓMICO AUTORIZADO”, en la ciudad de San José, Costa Rica, el 19 de diciembre de 2019. ARTÍCULO 2o. COMUNICAR a través de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos, el contenido de la presente resolución a la funcionaria doctora INGRID MAGNOLIA DÍAZ RINCÓN, identificada con la C.C. #
RESOLUCIÓN NÚMERO 000088 DE 17 DIC 2019 Hoja No. 3
Continuación de la Resolución “Por medio de la cual se efectúa una Delegación en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales” _____________________________________________________________________________________________ 52.046.833, en su calidad de Directora de Gestión de Aduanas de la U.A.E. DIAN. ARTÍCULO 3o. ENVIAR copia de la presente resolución al Despacho de la Dirección General, Dirección de Gestión de Aduanas y al Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicado en la calle 10 # 5-51 Palacio San Carlos de la ciudad de Bogotá. ARTÍCULO 4o. PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial. ARTICULO 5o. VIGENCIA: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., a los 17 DIC 2019
FIRMADA EN ORIGINAL
JOSÉ ANDRÉS ROMERO TARAZONA
Director General
Aprobó: Liliana Andrea Forero Gomez
Directora de Gestión Jurídica
Aprobó: Ingrid Magnolia Diaz Rincón
Directora de Gestión de Aduanas
Revisó: Luz Dary Murcia Reyes
Jefe Coordinación del Operador Económico Autorizado
Proyectó: Nelson León Mejia Arcila
Inspector IV en OCE Y OEA