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DIAN - Resolución 8816 de 21-10-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 8816 de 21-10-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

| POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 008816 (21 0CT 2021 ) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria - a Petición de Cualquier Interesado | EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales quel e confiere el numeral 3.3.1 del Artículo2 de la Resolución 000070 de 2021, y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS - Mediante radicado Nos. ESGTA202100263 del 20 de mayod e 2021 y 000E2021903530. del 24 de mayo de 2021, el Sr. Sebastián Fajardo Osorio, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.197.801, representante legal de la Agencia de Aduanas Move Cargo S.A. Nivel 1 con NIT 800.248.322-4, mandataria de la sociedad Banco Davivienda S.A. con NIT 860.034.313-7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA PARA SECADO DE CAFÉ”. o - El interesado adjuntó los siguientes documentos: solicitud con descripción y características de la mercancía en seis (6) folios, catálogos de los componentes de la mercancía en seis (6) folios, copia de consignación bancaria en un (1) folio, plano en un (1) folio, lista de componentes de la mercancía en un nm) folio, mandato en doce (12) folios.

El solicitante pagó novecientos nueve mil pesos mí/cte. ($909. 000), con comprobante No. 89525013-2 del 12 de mayo de 2021 del Banco de Bogotá. Con Requerimiento de información Adicional No. 100227342 —- 1515 del 30 de junio de 2021 . radicado No. 000S2021906409 del 1 de julio de 2021, esta Coordinación solicitó al usuario. aclarar cuáles elementos (cilindros o tambores) conforman la secadora rotativa y cómo se calientan, indicar desde qué punto(s) y cómo se efectúa el control del proceso, adjuntar un plano de la planta con el nombre claro de los componentes. Se recibe respuesta con escrito radicado No. 000E2021906224 del 30 de agosto d« e 2021, en seis5 (6) folios, renunciando al término restante para responder. La Dirección de Impuestos y Ad uanas mediante resoluciones 040 y 043 del 10 y 18 de mayo de 2021 respectivamente, ordenó la suspensión de los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de “competencia de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales — DIAN.

RESOLUCIÓN NÚMERO 008816 de 210CT2021 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Por medio del formato de solicitud, el solicitante indicó que se notifique a Sebastián Fajardo Osorio en la Carrera 102 A No. 25 H - 45, Oficina 201, Bogotá D.C. - Colombia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973: Decisión 812 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Comúnde los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Aranceld e Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Notas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sino son contrarias a los textos ge dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina O una combinación de máquinas estén constituidas por elementos - individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 y 85, el conjunto se clasifica en la partida . correspondiente a la función que realice.” l Partida 84.19: “Aparatos, dispositivos o equipos de laboratorio, aunque se calienten eléctricamente

(excepto los hornos y demás aparatos de la partida 85.14), para el tratamiento de materias mediante operaciones que impliquen un cambio de temperatura, tales como calentamiento, cocción, torrefacción, destilación, rectificación, esterilización, pasteurización, baño de vapor. - de agua, secado, evaporación, vaporización, condensación o enfriamiento, excepto los - .. aparatos domésticos; calentadores de agua de calentamiento instantáneo o de . acumulación, excepto los eléctricos.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional - artículos 304 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. RESOLUCIÓN NÚMERO - 008816 de 21 OCT 2021 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Resoluciones 046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Los términos de expedición de este acto administrativo se reanudan a partir del 9 de junio,

fecha en la que empezarán a correr nuevamente, teniendo en cuenta los días que al. momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años, En la información suministrada con radicados Nos. ESGTA202100263 del 20 de mayo de. 2021, 000E2021903530 del 24 de mayo de 2021 y 000E2021906224 del 30 de agosto de 2021, la mercancía se describe como un sistema conformado por varios aparatos interconectados entre sí que trabajan conjuntamente para secar café pergamino, mediante - el siguiente proceso: El café húmedo o presecado se alimenta mediante un elevador a una tolva que cuenta con un sistema de aireación. - Desde la tolva el café pasa al cilindro de una 1 secadora, donde permanece por horas hasta que el grano llega a la humedad requerida. El calor de la secadora ess generado al quemar cascarilla sobrante de café en el horno (suministrado con un sistema de alimentación); el aire caliente limpio se lleva al cilindro, : con ayuda de un ventilador. La temperatura se controla constantemente con ayuda de un termómetro con sistema de control de secado (ECSP”. Finalmente, el café baja a un depósito de descargue y enfriamiento. La capacidad de producción es de 15 mi.

Componentes: o

1. Un (1) elevador tubular con correa de 7”, altura 12,60 m; cuenta con tolvas de entrada, freno, registro tipo cremallera, tubería para carga y descarga y motor eléctrico de 2 HP. - Eunción: elevar el café.

2. Un (1) depósito aireado en acero carbono, incluye 2 ventiladores, tubería y dos (2)

motores eléctricos de 3 HP cada uno. Función: alimentar la secadora de café.

3. Una (1) secadora de cilindro rotativo, en acero carbono, con horno tubular doble con. saca chispas y alimentador mecánico de cascarilla con termostato (1,0 HP), ventilador (12,5 HP) y tres (3) motores eléctricos, controlador de secado (“CSP”) y tres (3) sensores de temperatura. Función: secar el café pergamino.

4. Una (1) tolva metálica en acero carbono, para descarga del café seco, dimensiones: 5, 30 mx 3, 00 mx 4 ¡00 mr , con registro tipo cremallera. Función: descarga del café.

Considerando lo anterior, se tiene que los aparatos relacionados en los ítems 1 a 4, conforman un conjunto de aparatos que se utiliza para secar café pergamino, comprendido arancelariamente en la partida 84.19 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, deacuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1; y se clasifica en la subpartida 8419.31.00.00 del Arancel de Aduanas, conforme a la Regla General Interpretativa 6.

RESOLUCIÓN NÚMERO 008816 de 24 OCT 2021 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cuals e expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado “En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación '

Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8419.31.00.00 del Arancel de Aduanas, como un secador para productos agrícolas, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el . sitio web de la DIAN, al Sr. Sebastián Fajardo Osorio, identificado con cédula de ciudadanía “No. 80.197.801, representante legal de la sociedad Agencia de Aduanas Move Cargo S.A. Nivel. 1, en la Carrera 102 A No. 25 H - 45 (Oficina 201), Bogotá D.C. - Colombia, de conformidad con los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 0039 de 2021. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficialde lapresente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 - de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por . medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección de Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

A:P UBLÍQUESE Y CÚMPLASE | 21 OCT 2021

FABIÁN ALBERTO GARoCÍA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyectó: Eddie Fernando Gutiérrez Ramírez

Revisó: Claudia Alejandra Jurado Zapata , 6 DIAN Basicas |

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