DIAN - Resolución 89 de 28-03-2014
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 89 de 28-03-2014
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2014
RESOLUCIÓN NÚMERO 000089 ( ) 28 MARZO 2014
Por la cual se adiciona la Resolución 0005 del 2 de enero de 2003 y se dictan otras disposiciones EL DIRECTOR GENERAL DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 12 del artículo 6 del Decreto 4048 de 2008, del Decreto 2685 de 1999, sus modificaciones y adiciones CONSIDERANDO Que la Resolución 0005 del 2 de enero de 2003, establece los códigos de las modalidades aduaneras en el régimen de importación. Que con la expedición del Decreto 074 del 23 de enero de 2013, se estableció el arancel mixto para los Capítulos 61, 62, 63 y 64 del arancel de aduanas. Que el Decreto 456 del 28 de febrero de 2014, derogó el Decreto 074 de 2013, y crea tarifas diferenciales de arancel mixto para las mercancías que se clasifican por los capítulos 61, 62, 63 y 64 del arancel de aduanas. Que en aras de presentar la declaración de importación de las mercancías clasificables por los capítulos 61, 62, 63, 64 del arancel de aduanas, conforme a lo señalado en el Decreto 456 del 28 de febrero del 2014, se hace necesario establecer los códigos de modalidad para la importación ordinaria con pago de tributos aduaneros de mercancías, que se encuentran sometidas al arancel mixto de que trata el Decreto 456 de 2014. Que se da cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437
de 2011 sobre la publicación de los proyectos de Actos Administrativos que regulan la normatividad aduanera. RESUELVE ARTICULO 1. Adiciónese el artículo 1 de la Resolución 0005 del 2 de enero de 2003, IMPORTACIÓN ORDINARIA - CÓDIGOS DE OPERACIÓN, los siguientes códigos de modalidad:
RESOLUCIÓN NÚMERO 000089 de 28 MARZO 2014 Hoja No. 2
Continuación de la Resolución “Por la cual se adiciona la Resolución 0005 del 2 de enero de 2003 y se dictan otras disposiciones.” ___________________________________________________________________________
IMPORTACIÓN ORDINARIA
IMPORTACIÓN ORDINARIA CON PAGO DE
LOS TRIBUTOS A QUE HUBIERE LUGAR C1 C2 C3 C4 C5 OBS Importación ordinaria de mercancías C181 C281 C381 - C581 B7 clasificables por los capítulos 61, 62, 63 y subpartida 64.06.10.00.00, del arancel de aduanas, sujetas a una tarifa diferencial de gravamen arancelario por la liquidación de arancel mixto, cuando el precio FOB declarado sea menor o igual a diez 10 dólares de los Estados Unidos de América por kilo bruto, con una tarifa de arancel mixto específico de cinco 5 dólares de los Estados Unidos de América, y tarifa de impuesto sobre las ventas general
IMPORTACIÓN ORDINARIA CON PAGO DE
LOS TRIBUTOS A QUE HUBIERE LUGAR C1 C2 C3 C4 C5 OBS Importación ordinaria de mercancías C182 C282 C382 - C582 B7 clasificables por los capítulos 61, 62, 63, y subpartida 64.06.10.00.00, del arancel de
aduanas, sujetas a una tarifa diferencial de gravamen arancelario por la liquidación de arancel mixto, cuando el precio FOB declarado sea mayor a diez 10 dólares de los Estados Unidos de América por kilo bruto, con una tarifa de arancel mixto específico de tres 3 dólares de los Estados Unidos de América, y tarifa de impuesto sobre las ventas general
IMPORTACIÓN ORDINARIA CON PAGO DE
LOS TRIBUTOS A QUE HUBIERE LUGAR C1 C2 C3 C4 C5 OBS Importación ordinaria de mercancías, C183 C283 C383 - C583 B7 clasificables por los capítulos 61, 62, 63 y subpartida 64.06.10.00.00 del arancel de aduanas, sujetas a una tarifa diferencial de gravamen arancelario por la liquidación de arancel mixto, con una tarifa de arancel mixto específico de cinco 5 dólares de los Estados Unidos de América, que incluye mercancía de los incisos 1 y 2 del artículo primero del Decreto 456 de 2014, y tarifa de impuesto sobre las ventas general
RESOLUCIÓN NÚMERO 000089 de 28 MARZO 2014 Hoja No. 3
Continuación de la Resolución “Por la cual se adiciona la Resolución 0005 del 2 de enero de 2003 y se dictan otras disposiciones.” ___________________________________________________________________________
IMPORTACIÓN ORDINARIA CON PAGO DE
LOS TRIBUTOS A QUE HUBIERE LUGAR C1 C2 C3 C4 C5 OBS Importación ordinaria de mercancías C184 C284 C384 - C584 B7 clasificables por el capítulo 64 del arancel de aduanas, sujetas a una tarifa diferencial de
gravamen arancelario por la liquidación de arancel mixto, cuando el precio FOB declarado por par sea menor o igual a siete 7 dólares de los Estados Unidos de América, con una tarifa de arancel mixto específico de cinco 5 dólares de los Estados Unidos de América, y tarifa de impuesto sobre las ventas general
IMPORTACIÓN ORDINARIA CON PAGO DE
LOS TRIBUTOS A QUE HUBIERE LUGAR C1 C2 C3 C4 C5 OBS Importación ordinaria de mercancías C185 C285 C385 - C585 B7 clasificables por el capítulo 64 del arancel de aduanas, sujetas a una tarifa diferencial de gravamen arancelario, por la liquidación de arancel mixto, cuando el precio FOB declarado por par sea mayor a siete 7 dólares de los Estados Unidos de América, con una tarifa de arancel mixto específico de uno punto setenta y cinco 1.75 dólares de los Estados Unidos de América, y tarifa de impuesto sobre las ventas general
IMPORTACIÓN ORDINARIA CON PAGO DE
LOS TRIBUTOS A QUE HUBIERE LUGAR C1 C2 C3 C4 C5 OBS Importación ordinaria de mercancías C186 C286 C386 - C586 B7 clasificables por el capítulo 64 del arancel de aduanas, sujetas a una tarifa diferencial de gravamen arancelario por la liquidación de arancel mixto, con una tarifa de arancel mixto específico de cinco 5 dólares de los Estados Unidos de América, que incluye mercancía de los incisos 1 y 2 del artículo segundo del Decreto 456 de 2014 y tarifa de impuesto sobre las ventas general ARTICULO 2. La observación aplicable a los códigos de modalidad que se crea en
la presente Resolución será: OBS: Gravamen arancelario Impuesto sobre las ventas B7 : Mixto 16%
RESOLUCIÓN NÚMERO 000089 de 28 MARZO 2014 Hoja No. 4
Continuación de la Resolución “Por la cual se adiciona la Resolución 0005 del 2 de enero de 2003 y se dictan otras disposiciones.” ___________________________________________________________________________ ARTÍCULO 3. Para la aplicación de los códigos de modalidad señalados en la presente resolución, se podrá presentar mercancía amparada en un mismo documento de transporte en diferentes declaraciones de importación con la misma subpartida arancelaria, para cada arancel específico a pagar. ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los
JUAN RICARDO ORTEGA LOPEZ
Director General