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DIAN - Resolución 8938 de 07-12-2020

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 8938 de 07-12-2020
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2020

7 PORUNA COLOMBIA MÁS HONESTA (07 DIC 2020) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación: “Arancelaria: can .a Petición de Cualquier Interesado -LA JEFE 1 DE LAA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DEE LA o SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA 0011 E En uso:o de las facultades legales que le conf ere. el Artículo 42 de le Resolución de 2008 y teniendo en cuenta los siguientes, a HECHOS Mediante tadicado. No. . ESGTAZO2000482 del 02 de octubre de 2 2020, els señore Augusto Herrera Torres, identificado con cédula de ciudadaní 264:260,.enrepresentante legal de la empresa - IMPORTACIONES TEXCOL S.A.S., , pres ntó. una solicitud de resolución de clasifici cación “arancelaria a2 etición A El solicitante pagó. cuatrocientos treinta y nueve. mil pesos. dle (8 439. sl según comprobante No. 98251 7292 del 02 de octubre de 2020 del banco de Bogotá.

Mediante oficio No.: 100227342-1541 del 22. de. octubre y radicado virtual No. j0 de0 t0 al2 l0 a2 da0 .9 0 y6 3 t3 é4 c nid ce al m e2 n3 t e.d e co oc mtu ob re s e d ee l a2 b0 o2 r0 a, ee ls t pa r. oC do uo cr td oi ,n a ec si pó en c ifiso cl ai rc it só i a ll

a s us fiu ba rr ai so tei xn td ii lc ea sr :. > una. cinta de carda y. si son. ¡insertadas en el tejido. de punto de fondo. El. con es ritos radic; dos Nos. "Augusto | Por medio del formato de solicitud, se > indicó que se. notifiiq ue: a. Señor Jiimer, Herrera Torres, en la Carrera 17 No. 9 - 66 piso 3 en Bogotá D.C.: : | cancíasy su IM Convenio del Sister ma Armon anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de: Acuerdo de Cartagena, aprobado, por Colombia mediante Ley EN de mo - RESOLUCIÓN NÚMERO 8938 de O7DIC 2020 HojaNo.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado : Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto Unico de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de: : Cartagena, Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1 | o | “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” ñ

Partida 60.01 “Terciopelo, felpa (incluidos los tejidos. de punto «de pelo largo») y lejos co on bucles, de punto.” Regla General interpretativa 6 | - “La clasificación de mercancías enn las subpartidas ded una mismaa partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A' efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional = Artículos 303 a'306, mediante el cual se. dictan las disposiciones relacionadas con la atención de: las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado.

Resolución: 046 de 2019, de la Dirección de Impuestos y Aduanas' Nacionales - Artículos : 313 y 314, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : .

CONSIDERACIONES DEL DESPACHOEn la información allegada mediante radicado No. ESGTA202000482 del 02 de octubre de 2020 y radicados virtuales Nos. 000£2020015887 del 10 de noviembre de 2020 y. 000E2020918342 del 11 de noviembre “de 2020, el producto objeto de “clasificación arancelaria se describe como un textil, con pelos superficiales, procedente de una cinta de carda, cortado a una altura entre 0,6 y O, 7 cm por cada cara, que presenta la siguiente composición: o :

  • Construcción: Urdimbre. - Acabado por color: Estampado. - Ancho: 1,4, 1,60, 2,00 y 2,20 mts. - Longitud: Entre 33, 35, 48 mts lineales. - Composición: Tejido base 100% poliéster de filamentos sin texturar; tejido felpa (pelo), 100% poliéster fibras discontinuas. - - Presentación: Rollos y bultos - Uso: Contección de mantas para el hogar.

RESOLUCIÓN | 8988. de 07 EDS mm Hoja Continuacdiel óanct o administrativo por el cual seo expide una resolución de Clas ficación | Elf proceso de producción iinn icia“conn la mezcla de los hilos de poliéster en forma ali ¡homogénea ara. ser llevado a. pat Dt plana donde se mezclan: a áspera correspondiente al teji o de punt denom mado tejido base. - Paso seguido, se pasa por varios hornos a alta temperatura la cual hace que;¡el pelo aumente su tamaño. y grosor, sin. añadir peso a. la tela, para. continuar con el proceso delavado y secado a alta. mperatura: la tela pasa por un grúpo de cilindros metálicas (carda), para convertir | la tela felpa mediante el proceso denominado ratinado, donde cada cepillo giran a diferentes velocidades, calculando que los mismos: tiren de las fibras que hay. en las caras: para distríbuirias unife te en ) en una Finalmente, la tela la medida longitud uniforme, par requerida, en las. pla al lavado y secado nu De acuerdo-con lo. anterior, arancelariamente el producto corresponde a a unh i tejido de punto,

  • de felpa de pelo largo, que en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 60.01 de la. Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa. 6E se clasifici ca.p or laa subpartida 6001. 10.00.00 del Arancel de |

Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, ta Jefe (A) dela Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, | resueLve | ARTÍCULO. PRIMERO. Clasificar la. mercancía descrita: en la presente resolución, en la -subpartida 6001.10.00. 00 del Arancel de Aduanas, como un tejido de punto, de felpa de pelo largo; que en: aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del menciónado texto arancelario, contenido en el Decreto 2153 de diciembre de 2016 y sus modifiosc aciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la DIAN, al Señor Jilmer Augusto Herrera Torres, identificado con cédula de ciudadanía: 4.264.260, representante legal de la sociedad IMPORTACIONES “TEXCOL -S.A.S., en la Carrera 47 No.9 - 66 piso 3 en Bogotá D.C., de conformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de: 2019 y: Artículo 319 de la Resolución Reglamentaria 0046 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar ral interesado que contra el presente acto administrativo

procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidadcon lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 314 de la Resolución 0046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, ARTÍCULO CUARTO. “Ordenar una vez en firme; la publicación: de la presente rre esolución o 3e 1n 9 el deDi a lr ai o R eO sf oi lci ua cl i; ónd e 0c 0o 4n 6f or dem id 2a 01d 9 , co en l Ae sl tiA cr ut lí oc ul 6o 5 3 d0 e5 lad el L eD ye c 1r 4e 3t 7o : d1 e.1 6 25 0 1d 1e y2 e0 l1 9, A rte íl cA ur lt oí c 1u 1l 9o de la Ley 44 89 dOe RESOLUCIÓN NÚMERO — g93g de 07DIC 2020 HojaNo.4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide. una resolución de Clasificación : Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado. ARTÍCULO QUINTO. Remitir uu na. vez en finr me, “copia del presente acto administrativo; por: medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos: Físicos a ta Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica

Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. : NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE | 07 DIC 202077 o MARÍA TRÁMDO A GARCÍA. - Jefe (a) de la oorámación a rvicio de Arancel Subdirección de Gestión Té hica Aduanera Ml

Proyectó: Marcela Martinez Fajardo

Revisó: Fidel Minotta Benitez born de Nociones |

Nivel Santral Bogotá, DO; EY pill Se ceftifics qu € artents acto Feyirimalivo fus > «| pubiicaos en 12/42/0 OFICIAL, EDI c/9N] pu s187,, E 779

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